¿Cómo tramitar un Visado de Estudiante en España?

¿Cómo tramitar un Visado de Estudiante en España?

Es una Autorización que habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

Este visado de estudiante es una buena opción para aquellas personas que están interesadas en venir a España para continuar sus estudios,  se pide desde el país de origen y tiene una validez de 90 días, dentro de este plazo deberás viajar a España y solicitar tu Tarjeta de Identidad de extranjero  para esto deberás estar empadronado y aportar una serie de documentos en la Comisaria de Policía.

La duración de la estancia de estudiante estará condicionada siempre a la duración de los estudios, podrá ser renovada anualmente y cuando cumplas tres años en España con estancia continuada podrás solicitar la residencia y trabajo por cuenta propia o cuenta ajena.

 

¿Qué requisitos debes cumplir?

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazarle en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
    • Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM,  salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
    • Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar  y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas , salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • En el supuesto de estudiantes menores de edad que no vengan acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos, con constancia del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.
  • Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.En el caso de que la duración de la estancia supere los seis meses, se requerirá:
  • Cuando se trate de mayores de edad penal, carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

¿Que documentación debes aportar?

  • Impreso de solicitud de visado nacional, en modelo oficial, por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero o su representante legal en caso de ser menor de edad. Dicho impreso puede obtenerse en www.maec.es
  • Pasaporte completo y en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, con vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia.
  • Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia.
  • En el supuesto de estudiantes menores de edad, autorización de padres o tutores en la que conste el centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.
  • Documentación acreditativa de disponer de seguro médico.
  • Documentación acreditativa de estar admitido en un centro de enseñanza.
  • Si la duración de la estancia supera los seis meses:
    • Certificado médico.
    • Si es mayor de edad penal, certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años.

Puedes consultar los siguientes Link:

 

Puedes rellenar el siguiente formulario y hacer una consulta gratuita:

 

 

Comentarios

  1. Mauro dice:

    Hola que tal! una consulta.
    He presentado toda mi documentación en tiempo y forma, pero han pasado mas de 7 meses y no recibo notificación ni siquiera en la plataforma/ sede electrónica de extranjería, es esto normal dada la situación vivida en los últimos meses? la verdad me preocupa mucho mi situación actual, gracias!

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Mauro,

      Entiendo tu preocupación. En el procedimiento en materia de visados, el plazo máximo para notificar las resoluciones sobre las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha en que la solicitud haya sido presentada en forma en la Oficina Consular competente para su tramitación. Transcurrido el plazo para resolver las solicitudes, de conformidad con lo establecido en el punto anterior, éstas podrán entenderse desestimada por silencio administrativo. Puedes agendar una cita para que podamos conocer tu caso con mayor detalle y brindarle una orientacion mas personalizada.

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
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      Un saludo,
      Machelin

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