El tiempo de estancia de estudiante Computa: ¿Para la Nacionalidad? ¿Para la Tarjeta de Larga duración?

El tiempo de estancia de estudiante Computa: ¿Para la Nacionalidad? ¿Para la Tarjeta de Larga duración?

Actualmente nos estamos encontrando con muchas personas que quieren solicitar su Nacionalidad española y han venido a España con visa de estudiante.

Les aclaro lo siguiente:

Para la nacionalidad española la Ley es clara y solo toma la cuenta el periodo de residencia continuada en España, es decir:

Si usted fue estudiante, y vivió en España bajo condición de estancia, los tres años que duro en España para poder solicitar la residencia no contará para la Nacionalidad Española. Estancia no es lo mismo que residencia.

 

En cambio, para la Tarjeta de larga duración si computa.

La tarjeta residencia de larga duración es una autorización de residencia de larga duración que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.

El tiempo de permanencia en situación de estancia por estudios, movilidad de alumnos o prácticas no laborales, se computará en un 50% de la duración total de los mismos, siempre que, en el momento de la solicitud de la autorización de residencia de larga duración, el extranjero se encuentre en situación de residencia en España.

 

Nuestra Abogada te lo explica:

 

 

Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario https://www.machelindiaz.com/cita-abogado-online/, las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida, puedes llamarnos de forma gratuita al teléfono +34 910 601 978, 608 807 336 y solicitar una cita con nuestra abogada,

Para las personas en el extranjero, podemos agendar una consulta online vía SKYPE, puedes solicitar tu cita previa al correo consulta@machelindiaz.com.

 

Si deseas mas información sobre la Visa de Estudiante consulta:

ESTANCIA ESTUDIANTES: TRÁMITES A REALIZAR DESPUÉS DE SU ENTRADA EN ESPAÑA.

¿Vienes a estudiar en España?

¿Estas estudiando y quieres trabajar en España?

 

Comentarios

  1. Yosef dice:

    Hola abogada,
    Me gustaría que me contesten a una duda que tengo.
    Soy estudiante y llevo desde 2012 bajo una estancia por estudios de forma continua y en febrero de 2022 completo mi carera universitaria y obtendré el título correspondiente.
    Mi duda es: si al cambiar de estancia por estudios a una residencia de búsqueda de empleo y durante su vigencia tengo derecho a solicitar la tarjeta de residencia larga duración UE al tener 5 años equivalentes al periodo del 2012 al 2022 + 1 año por ser residente para búsqueda de empleo ?

    Muchas gracias
    Un saludo

  2. Carla Hidalgo dice:

    Buen día, mi nombre es Carla Hidalgo, y mi pregunta es la siguiente: Mi hijo de 21 años y de nacionalidad mexicana es el tercer año estudiando en España, en la UEV con (visa de estudiante que se renueva cada año)
    Todavía le faltan 3 años para terminar sus estudios superiores, ¿ Podria sacar un permiso para trabajar mientras estudia?? O Tarjeta de Residencia de larga duración?
    Gracias!

    • Hache dice:

      Hola. Buenas tardes:
      Tengo una pregunta.
      El titulo de este tema se refiere al computarse 50% de la estancia por estudios a la hora de solicitar residencia larga duración. Pero veo que en los comentarios ustedes confirman que este tiempo de estancia se computará para residencia de larga duración UE. Además en las hojas informativas de ministerio interior he visto que para residencia larga duración UE, el 50 % de estancia se computará y sobre larga duración de España no menciona nada. Me gustaría que ustedes aclaren MI duda que al final, estancia se computará para larga duración de España o solo para larga duración UE.

  3. caballero dice:

    Buenos dias señores,

    Tengo dudas si presento o no la nacionalidad Española, llevo residente desde 05/06/2014 hasta fecha de hoy (7 años de residencia),actualmente con residencia larga duracion UE, me han computado 2años y medio de estancia de estudios para acceder a Larga duracion UE, tengo anterioridad de estancia de estudios desde 09/06/2009 hasta 04/06/2014 don 5 años mas o menos de estudiante, es estancia y residencia continuada en España, si presento la solicitud me lo van a conceder o me lo van a denegar? cual es el porcentaje de concesión y de denegación?

    Muchisimas gracias

    Un saludo

  4. Miguel dice:

    Buenas,

    Soy europeo y me gustaria solicitar la nacionalidad española. Según lo puedo hacer al cabo de 2 años (paises iberoamericanos) pero tengo NIE de estudiante de 2 años, eso sería un problema el hecho d ser estudiante aunque tenga residencia legal y continuada en Barcelona?

    Gracias y un saludo,
    Miguel

  5. Alejandro dice:

    Buenos dias Machelin, mi caso es el siguiente

    Estudié en españa desde el 2010 al 2016, con visado de estudiante, luego regrese a mi pais, y desde alli solicité un visado de residencia no lucrativa, llevo 4 años de residente y quiero solicitar la tarjeta de residencia de larga duración UE. Tengo para demostrar solvencia económica y cuento con un seguro de sanidad, no tengo antecedentes penales ni policiales, (por mi residencia no lucrativa, no he podido trabajar, solo residir).

    De acuerdo a lo anterior, puedo solicitar la larga duración computando mis años de estudios? o tengo que esperar que se cumplan los 5 años.

    gracias por su respuesta

    • Yasmine dice:

      Hola alejandro, la abogada no te a respondido. Yo e tenido el mismo problema, voy a intentar responderte.
      Estudiaste en españa con el visado de estudios del 2010 al 2016, para obtener la residencia a larga duracion el tiempo pasado con la residencia de estudios cueta en 50%. Lo que have 3 años de 5 para obtener la tarjeta de residencia a larga duración. Pero usted regreso a su país despues de terminar los años de estudios. Si usted quito el terreno español por mas de 12 messes los años pasados por visado de estudios se vuelven invalidos. Pero usted lleva 4 años con la residencia no lucrativa. Usted tendra que esperar un año mas para solicitar la residencia española.

  6. Fati dice:

    Hola, tengo residencia española y llevo aquí en España 6 años venimos una familia , y estoy estudiando aquí desde 3 de la eso y quiero hacer una carrera pero me hace falta nacionalidad y no sé si es posible conseguirlo sin esperar esos 4 años que me hace falta para cumplir los 10

  7. Mohamed dice:

    Hola, llevo más de 3 años estudiando en la UGR, y ahora tengo residencia temporal no lucrativa inicial titular de estancia por estudios superiores que cesa para búsqueda de empleo.

    ¿Puedo hacer la solicitud ahora el arraigo social o solo para aquellas personas que se encuentran en situación irregular en España?

    En el caso de que también se incluyan las personas que hayan vivido al menos tres años en situación regular, como mi caso, ¿los años del permiso de estancia por estudios (casi cuatro años) se cuentan a la mitad para el cálculo de la residencia al solicitar el Arraigo Social?
    Gracias

  8. Joaquín Pochat dice:

    Saludos Abogada, mí nombre es Joaquín y tengo la intención de irme a estudiar a España para luego vivir y trabajar allá.
    Mí consulta actual es: Puedo sacar una visa de estudiante para realizar una FP(formación profesional)?
    Mí siguiente consulta es:
    Para luego de 3 años estudiando, querer cambiar mi visa de estudiante a una de residencia y trabajo.
    Actualmente debo buscar una FP con una «extensa duración»? O cuánto es el mínimo para poder durar estudiando 3 años?

    Gracias. Saludos cordiales.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola,

      Primero deberás obtener en efecto el visado por estudios, los estudios deben ser en una institución de educación superior, y haber alcanzado como mínimo el nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado. Luego, si deseas trabajar, deberas acceder a la solicitud de una residencia para la búsqueda de empleo, podrás permanecer en España durante un período máximo e improrrogable de doce meses con el fin de buscar un empleo (no podrás trabajar) adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial. Luego de esto, podrás solicitar una autorización de residencia y trabajo.

      Te invito a contactar con nuestro Despacho para agendar una cita para una consulta, podemos conocer tu caso con mayor detalle y brindarte una asesoría más personalizada.

      Espero haberte ayudado. Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día.
      Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
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      Un saludo,
      Machelin

  9. malak dice:

    buenos dias llevo 4 años estudiando en España y no tengo recidensia que tengo que hacer ???

  10. morad kouissi dice:

    buenos dias Sra,Ana,mi caso es 4 años de estudiante con residencia de estudios, y 8 años con permiso de residencia y trabajo de larga duración, tengo posibilidad de solicitar la nacionalidad española? muchas gracias , un saludo

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Morad,
      Los años de residencia como estudiante no se computan para la solicitud de nacionalidad Española, por tanto, todo dependerá de tu nacionalidad de origen para computar el tiempo que debes residir legalmente para solicitar la nacionalidad.

      Para mayor información Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.
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      Un saludo,

      Machelin

      • Lorena dice:

        Hola abogada, para hacer un arraigo social es necesario estar ilegal? Es la primera vez en 10 años que ofrecen un contrato, que -aunque sea como interna-, no quiero desaprovechar para poder ingresar al sistema. Llevo 10 años como estudiante (con sucesivas prórrogas), pero estos últimos estudios aún no finalizarán hasta el próximo año, por lo que en este momento no puedo realizar el cambio a permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena. Mi tarjeta se vence en noviembre próximo. Al día siguiente de que se venza podría comenzar los trámites para el arraigo? Gracias por su atención y un saludo.

        • Máchelin Díaz dice:

          Hola Lorena
          Efectivamente, para poder acogerte al arraigo debes de estar de manera irregular en España. Si estas como estudiante debes de hacer la modificación a una cuenta ajena.
          Ahora bien, si necesitas información adicional ponte en contacto conmigo Solicita tu cita personalizada con nuestros abogados por :
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          Un saludo
          Máchelin

  11. mari dice:

    hola quiero modificar de estudiante a cuenta ajena. y me paso tiempo y coje cita un dia antes de caducar la terjeta de estancia por estudios . pueden no me dejar presentar la solicitud ?
    muchas gracias.

  12. IHOR dice:

    Hola, les agradecería si pudieran resolver mi duda. En caso de haber sido titular de un permiso de estancia por estudios durante 10 años, y seguir manteniendolo vigente. Se puede optar por la larga residencia UE?. También, me gustaría saber como se cuantifican los medios económicos suficientes para solicitar este tipo de permiso.

  13. Maela dice:

    Un saludo.

    Estuve en España desde el 2002 hasta el 2010 con tarjeta de estudiante. En caso de regresar proximamente, sería posible tener en cuenta ese periodo de estancia para pedir la residencia?

    Gracias

  14. Sofia dice:

    Hola, tengo visa de estudiante iniiada el 4/2/2019, esta vigente hasta 02/2020. quiero cambiarme de instituto y seguir estudiando, pero quizas me lleva 1 año mas, no solo 6 meses.
    Se puede realizar este cambio y prorroga ya estando en españa?

  15. AC dice:

    Buenas noches,
    Actualmente tengo la residencia no lucrativa de 2 años, primera renovación, antes estaba en España en condición de estudiante, aplicando el criterio del 50% sumo en total más de 5 años.
    ¿En la próxima renovación puedo solicitar directamente tarjeta de larga duración o me la van a rechazar?
    Un saludo, gracias.

  16. Nidia Mabel Pineda dice:

    Una vez que homologue mi título de Licenciada en Enfermería en España, cómo seria los pasos legales para trabajar y vivir allí. Gracias.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Nidia,

      Para venir a España a trabajar de forma legal, en principio podría ser con una oferta laboral que la empresa/ persona que pretenda contratarte. Seria una contratación en origen por la vía de la Autorización de Residencia y Trabajo por cuenta ajena cuya solicitud la haría directamente el empleador a la oficina de extranjería en España y en caso de haber respuesta favorable, ya acudirías tu al Consulado de España en tu país de origen y/o residencia a solicitar el correspondiente visado. En todo caso, es importante que sepas que en este tramite se tiene en cuenta la situación nacional de empleo en España (ocupaciones de difícil cobertura publicada trimestralmente por el Servicio Público de Empleo Estatal SEPE que se puede consultar online), excepto para ciudadanos peruanos y chilenos a quienes no se les aplica la situación nacional de empleo. Para mayor información y asesoramiento puedes ponerte en contrato con nosotros.

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

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      Un saludo,

      Máchelin

  17. Nidia Mabel Pineda dice:

    Buenas tardes,una consulta,quienes pueden pedir la tarjeta de larga permanencia o en qué casos. En mi caso quiero ir y a vivir ytrabajar allá cómo enfermera. Esto es posible?? Gracias.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Nidia,

      Para venir a España a trabajar de forma legal, en principio podría ser con una oferta laboral que la empresa/ persona que pretenda contratarte. Seria una contratación en origen por la vía de la Autorización de Residencia y Trabajo por cuenta ajena cuya solicitud la haría directamente el empleador a la oficina de extranjería en España y en caso de haber respuesta favorable, ya acudirías tu al Consulado de España en tu país de origen y/o residencia a solicitar el correspondiente visado. En todo caso, es importante que sepas que en este tramite se tiene en cuenta la situación nacional de empleo en España (ocupaciones de difícil cobertura publicada trimestralmente por el Servicio Público de Empleo Estatal SEPE que se puede consultar online), excepto para ciudadanos peruanos y chilenos a quienes no se les aplica la situación nacional de empleo. Para mayor información y asesoramiento puedes ponerte en contrato con nosotros.
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      Un saludo,

      Máchelin

  18. Ana Raquel Ribeiro dice:

    Buenos días. Vivo en España desde 2012.El primer a~no como estudiante preparando al MIR. A partir de 2013 fui MIR durante 4 a~nos con contrato de trabajo, cotizando el paro y declarando la renta, pero para ellos han sido 4 anos de estudiante. Por que a partir de 3 anos para otros estudiantes pueden cambiar la tarjeta y a nosotros MIR con 4 no podemos hacer nada? En este caso tuve la primera tarjeta de trabajo por cuenta ajena que dura 1 a~no y ahora la renuevo por 2 mas. Como estoy en total 6 a~nos en España, no se podía cambiarla directamente a tarjeta de larga duración en vez de estar 2 anos mas como temporal?

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Ana,

      El tiempo con tarjeta de estudiante computa un 50% para la tarjeta de la larga duración UE, según lo que me comentas al tener 4 años como estudiantes, te computa como 2 años, tienes una de un año, solo tienes tres años, así que aún no puedes solicitar la tarjeta de larga duración UE, sino dentro de dos años, justo o más menos cuando se te caduque la que te van dar ahora de 2 años.
      De igual manera realiza cita en una oficina de extranjería para que ellos te realicen en cálculos.

      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas graciass
      un saludo.

      • Ana Raquel Ribeiro dice:

        Gracias, Dra. Díaz.Le pregunto porque tengo una duda que es importante para mí: deseo pedir la nacionalidad y no sé exactamente cuando sería el momento ideal para hacerlo, pues necesito cuanto antes para mejorar mis posibilidades de trabajo en Europa. Tengo ascendencia italiana y pienso en meter los papeles vía judicial(porque es por lado materno). Si me salen las 2 nacionalidades, tengo que optar por 1 o está prohibido hacer el trámite de las 2 a la vez? La italiana puede no ser concedida y es un riesgo, pero tengo calculado que demoraría menos tiempo.

        • gestion_machelin dice:

          Estimada Ana,

          Te ruego realices una cita con nuestros despacho, es imposible darte una asesoría adecuada por este medio.

          Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
          Muchas gracias
          un saludo.

  19. ADIL dice:

    Buenos días, en caso de cumplir la suma 5 años de residencia continuada en España (un parte con estancia por estudios y otro parte con residencia y trabajo) y tener una tarjeta de residencia y trabajar de la primera renovación es decir la 1ª de dos años, ¿se puede solicitar la residencia de larga duracion ue sin falta que espera hasta que caduca la residencia que tengo?

    Gracias

    • gestion_machelin dice:

      Estimado Adil,
      La tarjeta de Larga duración la puedes solicitar cuando cumplas tres años y medio con la residencia y trabajo.
      Ya que, de los 3 años como estudiante solo computa 1.5 años (La mitad), haría falta 3.5 años que lo tendrías que completar con la residencia y trabajo.
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Gracias
      Un saludo

      • Ama dice:

        Buenas tardes
        Soy una estudiante con una tarjeta de un año de estancia por estudios, en mi caso puedo cambiar a una tarjeta de residencia de un año temporal o seguír estudiando y renovar la tarjeta de estudiante, cuales el mejor en mi caso para llegar luego a una residencia de larga duración? Seguír estudiando o buscar trabajo ahora en el ambíto de mis estudios de Máster?
        Un cordial saludo
        Ama

        • Máchelin Díaz dice:

          Hola,

          Para Cambiar a un Permiso de Trabajo por Cuenta Ajena debes llevar en España al menos tres años con una autorización de estancia por estudios. En tu caso podrías solicitar la prórroga por estudios.

          Te invito a que contactes con nuestro Despacho para que podamos conocer con mas detalle tu caso y poder brindarte una asesoría mas personalizada.

          Espero haberte ayudado. Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
          El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
          Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1
          Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
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          Un saludo,
          Machelin

          • Fuzy Abu dice:

            Hola, Máchelin:
            Puedo cambiar de residencia de altamente cualificado a LARGA DURACIÓN EU una vez cumplidos 5 años de residencia en España? Mi caso es que actualmente soy titular de residencia altamente cualificado. Cambié de estancia por estudios a altamente cualificado en enero 2019. CÓMPUTO DE DURACIÓN DE RESIDENCIA DE FORMA CONTINUADA DURANTE 5 AÑOS:
            – Estancia por estudios: 5 años + 3 meses + 14 días (50% de la duración = 2 años + 7 meses + 22 días)
            – Inicial permiso de residencia altamente cualificado: 2 años.
            O sea, según lo que dice usted, me faltan 128 días
            (4 meses + 8 días) y no alcanzaría unos 8 meses de ausencia durante estos 5 años. Entonces, según los cálculos, si cumplo 5 años, puedo cambiar de altamente cualificado a LARGA DURACIÓN.
            Espero considerar mi solicitud. Un cordial saludo

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