DENEGACIÓN DE TRAMITES

Denegación Residencia

Si has solicitado algún tipo de residencia, estancia y/o visado ante la Oficina de Extranjería o en alguna Oficina Consular y te han denegado tu trámite, puedes recurrir por vía administrativa interponiendo un Recurso Contencioso Administrativo.

Somos profesionales especializados para desarrollar las estrategias jurídicas y fácticas para desvirtuar los argumentos -que en muchas ocasiones- expone la Administración para denegar las solicitudes de distintos trámites, nos ha permitido hacer justicia y brindar la oportunidad de cumplir los sueños de cientos de extranjeros. Nuestros abogados elaboran recursos y demandas ante la jurisdicción contencioso-administrativa, analizando previamente la viabilidad de estos escritos.

Existen dos tipos de recursos:

El recurso de reposición (o de alzada, en algunos casos) frente al órgano que te ha denegado el trámite, que debes presentar en el plazo de un mes a partir de la notificación de la denegación.

El Recurso de Contencioso Administrativo debe ser presentado en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la denegación, y se interpone ante un Juzgado o Tribunal.

Si te han denegado tu trámite, pero cumples con todos requisitos exigidos, cabe lugar este tipo de recurso. Muchas veces estas denegaciones son subjetivas y por ello, resulta necesario recurrir a un órgano judicial, independiente y neutral para que nos conceda nuestra solicitud.

Las personas que acuden a nuestro despacho, por lo general no saben lo ventajoso que puede resultar ser presentar este tipo de Recurso Contencioso Administrativo, y es que, no es lo mismo que tu caso sea conocido por el mismo órgano que dictó la resolución, a que lo conozca un Tribunal correspondiente al Poder Judicial, totalmente ajeno a la Administración Pública, que realizará un examen exhaustivo de la solicitud bajo los parámetros de la Ley, jurisprudencia y doctrina.

Tomando en cuenta el historial de casos que hemos llevado ante la jurisdicción Contencioso – Administrativo, un gran número de las denegaciones de solicitudes no resistirán el examen bajo la óptica de un Tribunal, de ahí, que en un porcentaje muy elevado de los recursos Contencioso-Administrativo, terminan dándole la razón a la persona interesada.

Ciertamente, es un proceso más largo y requiere de la intervención de abogado y procurador, la resolución judicial suele tardar varios meses y no en todos los casos es beneficioso interponerlo. Lo primero que debes hacer es evaluar si es conveniente o no presentarlo, ya que, en muchos casos, es preferible desistir y volver hacer una solicitud inicial si se cumple con los requisitos solicitados para esto. Para el caso de las nacionalidades que han sido denegadas por Antecedentes penales, no es aconsejable interponer recurso de reposición o contencioso ya que, para esto, contamos con dos meses desde la denegación y el trámite de la cancelación de los Antecedentes Penales suele tardar más de dos meses. En este caso, recomendamos proceder a cancelar los Antecedentes Penales primero y volver a realizar la solicitud de la nacionalidad.

La mejor alternativa es agotar ambos recursos, primero el de alzada o reposición y segundo el recurso contencioso-Administrativo, antes que volver a iniciar una la solicitud.

Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario:

Las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida, puedes llamarnos de forma gratuita al teléfono +34 910 601 978 y solicitar una cita con nuestra abogada, para las personas en el extranjero, podemos agendar un consulta online, también puedes solicitar tu cita previa al correo consulta@machelindiaz.com.