Nuevo procedimiento de inscripción de pareja de hecho en Madrid, a partir de 31/07/2018

Nuevo procedimiento de inscripción de pareja de hecho en Madrid, a partir de 31/07/2018

Nuevo procedimiento de inscripción de pareja de hecho en Madrid, a partir de 31/07/2018

Constantemente nos escriben clientes preguntando, ¿Cómo puedo inscribir la pareja hecho? a continuación te lo explicamos.

Los registros de parejas de hecho son organismos destinados específicamente a la inscripción de las uniones de hecho, con el fin de reconocer a los miembros de esas parejas unos derechos y deberes equivalentes a los de las parejas casadas.

Son muchas las parejas formadas por extranjeros y españoles que desean dar validez jurídica a su unión, para ello pueden registrarse como pareja de hecho. Os dejamos los requisitos que establece la Comunidad de Madrid para formalizar la inscripción.

Requisitos que deben cumplir los miembros de la pareja:

  1. Ser mayor de edado menor emancipado.
  2. Convivir en pareja de forma libre, pública y notoria, durante un período ininterrumpido de doce meses (si acaba de cancelar una inscripción anterior recuerde que para solicitar una nueva debe de esperar doce meses desde la fecha de la cancelación)
  3. Al menos uno de los miembros de la unión de hecho deberá estar empadronado y tener su residenciaen alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid.
  4. Estado civil:Soltero, viudo, divorciado o separado judicialmente.
  5. No estar unidos por vínculo de parentesco (hasta tercer grado).
  6. No formar unión de hecho con otra persona.
  7. No estar inscritos como unión de hecho en el Registro de otra Comunidad Autónoma.
  8. No estar afectado por una deficiencia o anomalía psíquica que no permita prestar consentimiento a la unión válidamente.

Petición de cita y presentación de la documentación

Los miembros de la unión deberán cumplimentar el formulario “Solicitud de cita para inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid” y presentarlo con toda la documentación requerida (menos el justificante de la tasa abonada que se presentara el día de la inscripción) en las oficinas de asistencia en materia de registros o en cualquier lugar de los establecidos en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para más información puedes descargar aquí la información.

Documentación a presentar

Se presentará original y fotocopia de la siguiente documentación:

  1. Tasa pagada modelo 030
  2. NIF o NIE, N.I., PasaporteTarjeta de Residencia (documentos que estén en vigor) de los solicitantes y los testigos.
  3. Certificación * del padrón municipal (expedido por el Ayuntamiento del término municipal donde residan). No se admitirán volantes.
  4. Acreditación de la emancipación, en el caso de menores de edad.
  5. Certificado* de estado civil:

                 a. Para los españoles:

Divorciados, separados judicialmente o anulados: Certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.

Solteros: Certificado de fe de vida y estado (Se solicita en C/Pradillo, 66 si residen en Madrid capital o en el Juzgado de su localidad si residen en otra población).

Viudos: Certificado literal de matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.

b. Para extranjeros:

Divorciados, separados judicialmente o anulados: Certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.

Solteros: Certificado de capacidad matrimonial o certificado de soltería, según lo que establezca la ley de su país.

Viudos: certificado literal de matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.

  • Los certificados tendrán una validez de tres meses desde su expedición, teniendo que cumplir con este requisito en la fecha de la presentación de la solicitud de cita para inscripción en el Registro de Uniones de Hecho
  • El original de la documentación extranjera, o documentación expedida por los servicios consulares extranjeros en España, debe estar debidamente Solo se aceptarán documentos originales.
    • Legalización: sólo se podrá llevar a cabo por el Ministerio de Asuntos Exteriores (c/Pechuán, 1 a fecha de agosto 2018)
    • Exención de legalización: países que hayan firmado un Convenio Internacional con España que le exima del requisito de legalización vía diplomática (Convenio de Atenas, Canje de notas, etc). En el caso de estados parte del Convenio de la Haya: rubricados con la Apostillad de la Haya.
    • Traducción de documentos: todos los documentos expedidos en un idioma que no sea el castellano deberán ser traducidos por un Traductor Jurado salvo las certificaciones plurilingües. Para ello, existe un lisado de traductores-interpretes en ejercicio en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, las embajadas, consulados y notarias disponen de traductores jurados habilitados para tal fin.

Inscripción

Será siempre de forma presencial y conjunta. El día y hora señalados en la cita deberán presentarse, en C/Los Madrazo, 34, entreplanta, la pareja y los dos testigos mayores de edad en pleno ejercicio de sus derechos civiles, con DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor. Los testigos acreditarán, mediante declaración jurada, la previa convivencia libre, pública, notoria e ininterrumpida durante al menos doce meses de los miembros de la unión de hecho en relación de afectividad.

 

Si la documentación estuviera incompleta o no fuera correcta en su totalidad el día de su cita se dispondrá de diez días hábiles para la subsanación, contados a partir del día siguiente de la inscripción.

 

Tasas: Inscripción 82,12€

La tasa pagada se entregará el mismo día de la cita. Se podrá recoger el impreso, modelo 030, en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid. El pago de la tasa se realizará mediante autoliquidación, con carácter previo a la fecha de inscripción en una de las entidades de depósito colaboradora de la Comunidad de Madrid, recomendándose que se realiza entre 2 y 7 días previos al día de la inscripción.

Certificados de inscripción: 12,24€

El contenido del Registro se acreditará mediante certificaciones expedidas por el encargado del Registro.

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Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario https://www.machelindiaz.com/cita-abogado-online/, las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida debes llamarnos al teléfono +34 910 601 978, 608 807 336 y solicitar una cita con nuestra abogada,

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Comentarios

  1. Dafne dice:

    Buenos días. Entre a España como pareja de hecho desde Argentina hace 6 meses. No he podido hacer la pareja de hecho y estoy en situación ilegal.
    Me mudare a Madrid el proximo mes con mi pareja. ¿Como puedo comenzar a hacer la pareja de hecho para conseguir la residencia?
    Ya que no entiendo bien los 12 meses de convivencia.
    El esta hace 4 años empadronado y con residencia en Madrid.
    Yo llegue hace 6 meses.
    Que tendria que hacer?
    gracias!

  2. Estela Martinez dice:

    Buenos días, mi pareja lleva en pareja de hecho con otra mujer la cual está empadronada en la vivienda en la que actualmente él y yo vivimos y ella obviamente no. En un mes se cumplirían 3 años para poder finalizar la pareja de hecho. Él quiere cancelarla ahora porque ella no está teniendo un buen comportamiento hacia ambos y por ende no llegar a los 3 años. que consecuencias tendría para ambas partes?? De algún modo ella podría ser legal?? se que tiene 3 meses para presentar a extranjería, pero luego??? Gracias de antemano

  3. Ricardo Münch dice:

    Hola, mi pareja y yo fuimos a inscribirnos en el Registro el 27 de Septiembre. Luego de firmar, nos dijeron que volviéramos en un mes para buscar el certificado. Volví un un mes después como nos dijeron pero todavía no les había llegado el informe de la policía y no me pudieron dar más información. La policía no nos ha visitado a la casa. Cuánto tiempo puede tardar este proceso? Cómo puedo saber que el certificado ya está listo? Muchas gracias.

  4. Gabriela dice:

    Hola hace 10 dias deje mis documentos en el ayuntamiento pa registrarme como pareja d hecho me dijeron q me harian llegar la cita de la inscripción ya han pasado 11 dias . En si quería saber cuanto se trdan en enviar la cita?????

  5. Ander dice:

    Buenas tardes:

    Después de realizar la ceremonia de inscripción, ¿cuánto tiempo pasa hasta que se recibe la notificación de inscripción para poder solicitar un certificado?

    Muchas gracias por su ayuda, esta página es muy útil.

    Ander

  6. Luisa dice:

    Buenos días,

    Hace dos semanas solicité una cita de información en el Registor de Uniones de Hecho de Madrid para información y me comentaron que el único medio de prueba de convivencia de un año que aceptan desde hace unos meses (por riesgo de fraude) es el empradronamiento familiar.

    Sin embargo, eso no es lo que dice la ley. Yo vivo hace más de un año con mi novio pero estamos empadronados sólo hace 5 meses en el mismo domicilio. ¿Es cierto que en ese caso enviarían una brigada de policía necesariamente y que eso puede tardar hasta un año? ¿Puede que sean menos estrictos si aunque yo sea extranjera tengo residencia legal vigente por dos años?

    Muchas gracias!

  7. Viviana dice:

    Buenos días,

    tengo el nie de estudiante y vence en un mes, me hice pareja de hecho con mi novio español y queremos irnos de viaje, probablamente volveríamos después de que caduque el nie. No he podido empezar los trámites de tarjeta familiar comunitaria porque no he logrado conseguir cita. ¿Puedo volver a entrar a España sólo con el certificado de pareja de hecho?

    Agradecería mucho su respuesta.

  8. Paulina Ceballos Olivares dice:

    Estimada.
    Junto con saludar, le escribo ya que con mi pareja queremos realizar el proceso de unión de hecho, pero tras revisar los requisitos solicitados me quedan algunas dudas. Le comento que yo soy Chilena y mi pareja es Italiano, estamos juntos hace 2 años y 10 meses y el fue trasladado a España para trabajar con Endesa, actualmente cuenta con NIE,número de seguro social y el próximo lunes realizará el empadronamiento en la comunidad de Madrid.
    Nuestra idea es realizar la unión en Agosto, pero tal como señalaba al inicio de este correo tenemos las siguientes dudas:
    – Como acreditamos que estamos juntos por un periodo superior a 12 meses, si él llego a España en Mayo y yo he estado viajando (no puedo permanecer más de tres meses). Es importante mencionar que nos conocimos en Chile y aquí estuvimos viviendo juntos durante 1 año y 5 meses.
    – El al ser italiano, pero miembro de la unión europea, debe traducir los documentos? me refiero específicamente al certificado que acredite que es soltero.
    – Una vez realizada la Unión de Hechos, cuanto tiempo (en promedio) debo esperar para regularizar mi situación en España?

    Agradezco de antemano el apoyo que me puedan dar respecto a este tema.

    Saludos cordiales.

  9. Toufik dice:

    Podrías con una chica estudiando una pareja

  10. 111 dice:

    Podrías con una chica estudiando una pareja

  11. 0466437243 dice:

    لدي سؤال لدي علاقة بفتاة عمرها 18 سنة بدأت علاقتنا منذ عام ونصف هل يمكنني دفع الزواج في الواقع

  12. Daniela López dice:

    Hola! Quería saber si este texto es cierto y en el caso que lo sea cuántos meses podría estar sin contizar mi pareja para que esto suceda?
    Yo tampoco estoy trabajando ya que estoy estudiando y medios para demostrar no tenemos ya que actualmente vivimos en casa de mi madre.
    “ Cuando se produce la baja en el sistema de la Seguridad Social del ciudadano comunitario, si se comunica a la Oficina de Extranjería, ésta puede iniciar el procedimiento de extinción de la tarjeta si el interesado no demuestra la tenencia de otros medios de vida”
    Y agregar que yo obtuve la tarjeta comunitaria por que somos pareja de hecho. Tuve la cita el 8/07 y el 15/07 me salió favorable pero él dejó de trabajar el 10/07 y no es receptor del paro ya que trabajaba en un almacén en el cual le renovaban el contrato cada 15 días.

    Gracias por su ayuda!!

  13. Viviana dice:

    Buenos días.

    Recién me hice pareja de hecho con mi novio español y queremos hacer un viaje fuera de Europa a fines de septiembre. Yo de momento tengo NIE de estudiante pero vence los primeros días de septiembre. Empezaré a tramitar la tarjeta de familiar comunitario cuando pueda obtener una cita. La pregunta es la siguiente:

    ¿Puedo viajar sin problema y volver a ingresar a España con solo ser pareja de hecho?

  14. Monica dice:

    Buenas tardes, soy española y mi pareja venezolano. Nosotros tenemos union estable de hecho legalizada en Vzla. Nos queremos ir a España. Tengo que realizar una union estable de hecho alla?, o solo presentar la que ya tengo?. Y si con la que ya tenemos legalizada, puedo solicitar para el la tarjeta de residencia. Espero su pronta respuesta. Gracias

  15. Antonio dice:

    Hola, Me queda claro que al menos uno debe estar empadronado en Madrid siendo ambos extranjeros pero mi consulta es: yo soy de Latam y estoy en una relación desde más de un año con un extranjero (no europeo), y queremos empezar vida en Madrid..Cómo podríamos hacer el proceso de Pareja de hecho?

  16. Andrea dice:

    Buenas. Tengo una duda, para inscribirme en el.consulado de Venezuela en españa ara solicitar una carta de soltería, por cuánto tiempo demostrable debo estar residiendo en España?

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Andrea,

      Para inscribirse en el Consulado de Venezuela y solicitar una carta de soltería,no hace falta acreditar un tiempo determinado de permanencia en España y a esos efectos tampoco interesa la situación legal en España.

      Por otro lado, para hacer pareja de hecho en Madrid, dos de los requisitos es convivir en pareja de forma libre, pública y notoria, durante un período ininterrumpido de doce meses y que al menos uno de los miembros de la unión de hecho deberá estar empadronado y tener su residencia en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid.

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

      Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1

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      Un saludo,

      Machelin

  17. Cesar Gimenez dice:

    Buenas tardes,

    Tengo la siguiente duda: Al momento de solicitar la cita en el Registro para la Inscripción como pareja de hecho, ya debo estar empadronado con mi pareja los 12 meses? o es en el momento de la cita donde debemos estar empadronados esa cantidad de tiempo?. Esto lo pregunto, porque en Madrid, por ejemplo, están dando las citas para dos meses después de la solicitud. Mi caso concreto es que a principios de octubre de 2019 es cuando tendré los 12 meses empadronado con mi pareja y no se exactamente cuando debo pedir la cita.

  18. Ana dice:

    Buenos días, quisiera saber que tipo de servicio tengo que seleccionar al momento de pedir la cita previa para la inscripción de pareja de hecho en Madrid. Las opciones son:

    · Información general sobre el Registro de Uniones de Hecho.
    · Solicitud de cancelación de inscripción.
    · Solicitud de inscripción marginal.
    · Recogida de notificación y solicitud de certificados.
    · Recogida de notificaciones

    Agradecería su respuesta.

  19. Ana dice:

    Buenas tardes, quisiera saber que tipo de servicio tengo que seleccionar al momento de pedir la cita previa para la inscripción de pareja de hecho en Madrid. Las opciones son:

    · Información general sobre el Registro de Uniones de Hecho.
    · Solicitud de cancelación de inscripción.
    · Solicitud de inscripción marginal.
    · Recogida de notificación y solicitud de certificados.
    · Recogida de notificaciones

  20. Lucas dice:

    Buenas, yo soy ciudadano de la UE y mi novia de Rusia. Ya empezamos la inscripción para el proceso de pareja de hecho. Tuvimos nuestra cita en Pechuan 1 a principios de marzo y desde entonces nada (solamente si les escribo por email). Hace un mes tambien vino una brigada de la policia para hacernos preguntas y todo salio bien. Pero mi duda es, cuanto tiempo mas falta para que llegue por correo el certificado de pareja? Y a mi novia se le va terminar el visado de turista (90 días), y si se puede quedar o no hasta que el certificado llegue? Un saludo!

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Lucas,

      No debería tardar mucho a lo sumo un mes. En todo caso te comentamos que una de las opciones para solicitar el Certificado de Inscripción de Pareja de Hecho es directamente en el Registro de Uniones de Hecho mediante cita previa y pagar el importe del tramite. No sabemos que si has has hecho la solicitud del documento por esta vía. También se puede solicitar el Certificado de forma electrónica. Te recomendamos que acudas personalmente a la dependencia del Registro de Uniones de Hecho y verifiques que tengan constancia de tu solicitud del Certificado.

      Por otra parte, entendemos que la intención de tu novia es quedarse en España contigo, razón por la cual podrá estar en España vencido el plazo de 90 días de visado estancia por turismo dado que existen documentos que acreditan que esta en proceso de obtener una tarjeta de residencia comunitaria por ejemplo el tramite de la pareja de hecho, el Certificado de Inscripción en el Registro de Uniones de Hecho y en su momento el resguardo de la solicitud de la tarjeta comunitaria.

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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      Un saludo,

      Machelin

    • Sanz dice:

      Hola lucas, Espero que recibiste el certficado y todo salio bien. Yo tambien estoy metido en el mismo processo de pareja de hecho. Pero estamos esperando que venga esta brigada de policia!
      Mi pregunta es tardardon mucho para llegar desde que inscripiste? Que tipo de preguntas han preguntado? Quedaron alli mucho tiempo o solo fueron 10 minutos? Han entrado dentro de tu casa? lo tenias que ensenar la casa? fueron educados?

      Gracias para compartir

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimado Sanz,

        Aunque le has preguntado a Lucas, sobre tus dudas te podemos comentar lo siguiente: Desde que la Comunidad de Madrid envía el Oficio, la visita suele tardar unos 15 días y no va la Brigada sino la Comisaria de Policía mas cercana a tu domicilio. Las preguntas que suelen hacer están vinculadas con el numero de personas que viven en la vivienda, cuantas personas están empadronadas, a que se dedican. Si entran a la vivienda pero son bastante respetuosos de la intimidad de las personas.

        Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

        El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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        Un saludo,

        Machelin

    • Laura dice:

      Hola Lucas, una pregunta, como diste la prueba de tener un ano de relacion con tu novia ? Ha sido obligatorio el padron de 12 meses o con los dos testigos es suficiente ? muchas gracias

  21. maria elena aguerrebehere hombravella dice:

    Es válida la convivencia de 12 meses cuando ha sido fuera de España, por ejemplo en Inglaterra y como se demuestra?

  22. Ivan dice:

    Buenas noches, he estado revisando el post y me ha surgido una cuestión.

    En el apartado de «Convivir en pareja de forma libre, pública y notoria, durante un período ininterrumpido de doce meses (si acaba de cancelar una inscripción anterior recuerde que para solicitar una nueva debe de esperar doce meses desde la fecha de la cancelación)».

    Se refiere a haber estado conviviendo durante un año o es un año que se debe convivir con la pareja.

    Por ejemplo:
    – Haber convivido: hoy es 12/01/2019 entonces la fecha debería ser 12/01/2018 (ahí ha pasado un año)
    – Convivir: hoy es 12/01/2019 entonces la fecha final sería 12/01/2020 (un año conviviendo con la pareja hasta la fecha)

    ¿Cómo sería?

    Saludos

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Ivan,

      Demuestrar que se ha convivido un año, que debe de ser anterior a la solicitud de la pareja de hecho.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +341 910 601 978/ +34 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por WhatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Mácheli

    • Sandra dice:

      Mi hermana se caso de hecho hace diez año y el año pasado le dijieron que el notario no lo habia presentado para legalizar.
      Fuimos hacerlas preguntas y en ese trascurso mi cuñado murio.
      Que puede hacer para legalizar

    • Javier dice:

      Hola.

      Tengo una duda importante con todo esto de la pareja de hecho y su disolución de forma unilateral.

      A ver si puede ud arrojar algo de luz.
      Le cuento mi caso:

      Mi pareja se hizo pareja de hecho con Mr R en 2003 en Madrid.
      Posteriormente se casó con Mr R en 2006. En 2014, se divorció de Mr R, teniendo una sentencia de divorcio de noviembre de ese mismo año.

      Hemos comprobado, previo pago de 12 euros y pico (sacando un certificado del registro de parejas de hecho) que siguen en “estado” de pareja de hecho, sin ninguna anotación.

      A día de hoy, Mr R permanece en paradero desconocido y mi pareja no puede notificar de ninguna de las maneras legales, la decisión de romper la pareja de hecho.

      Ella lleva viviendo conmigo unos 3 años y medio.
      Aunque no nos empadronamos juntos hasta hace una semana (!)

      Ahora queremos hacernos pareja de hecho.

      ¿Tendrá algún problema a la hora de deshacer esa pareja de hecho anterior, si Mr R no se presenta en el registro?
      ¿Anulara nuestra “pareja de hecho” la anterior?
      ¿Serviran los “intentos de notificación” (via carta certificada por ejemplo) de algo para que pueda deshacer esa pareja de hecho?

      Aportando la sentencia de divorcio; ¿es necesario que se justifique algo más?

      Muchas gracias de antemano y mis disculpas por lo extenso del texto.

      Saludos,
      Mr F.

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