Modificación de Tipo de Residencia en España

Modificación de Tipo de Residencia en España

Modificación de Tipo de Residencia: Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o cuenta propia A residencia, residencia con excepción, residencia y trabajo como investigación o profesional altamente cualificado.

Los titulares de una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena o propia podrán modificar la autorización y obtener autorización de residencia temporal no lucrativa, residencia temporal con excepción a la autorización de trabajo, residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia, para investigación o de altamente cualificados.

Actualmente existen muchas personas que acuden a nuestro despacho interesadas en cambiar su residencia actual. Esto responde a cada uno de los intereses de nuestros clientes, ya que en muchas oportunidades no cuentan con todos los requisitos exigibles para renovar la residencia inicial que se le ha autorizado.

En el presente artículo, explicamos el procedimiento que debes realizar para llevar cabo un cambio de residencia por tipo.

Requisitos

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Ser titular de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia y haberse renovado la autorización inicial o solicitar la modificación en el momento de la renovación.

Excepcionalmente, se podrá solicitar la mutación durante la vigencia de la autorización inicial sin que haya llegado el momento de la renovación cuando se acredite necesidad por circunstancias sobrevenidas para garantizar su subsistencia, como el hecho de que, por causas ajenas a su voluntad, hubiera cesado la actividad por cuenta propia o se hubiera interrumpido la relación laboral por cuenta ajena.

  • Si es titular de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena deberá haber realizado actividad por un periodo mínimo de tres meses. Si es titular de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia deberá haber cumplido las obligaciones tributarias y de Seguridad Social de la actividad por cuenta propia.
  • Reunir los requisitos generales, con excepción de la aplicación de la situación nacional de empleo, para la obtención de la autorización:
    • Residencia no lucrativa
    • Residencia con excepción a la autorización de trabajo
    • Residencia y trabajo por cuenta ajena
    • Residencia y trabajo por cuenta propia
    • Residencia y trabajo para investigadores
    • Residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados

 

Documentación

Deberá presentar el siguiente modelo oficial:

  • Si solicita autorización de residencia no lucrativa, el EX-01.
  • Si solicita autorización de residencia con excepción a la autorización de trabajo, EX-09.
  • Si solicita autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, EX-03.
  • Si solicita autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, EX-07.
  • Si solicita autorización de residencia y trabajo para investigadores, EX-04.
  • Si solicita autorización de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados, EX-05.
  • Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
  • Acreditación de que el trabajador posee la capacitación exigidapara el ejercicio de la profesión, cuando proceda.
  • Documentación referida a la autorización de residencia que solicita.

 

Puedes consultar los siguientes Link:

Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario https://www.machelindiaz.com/cita-abogado-online/, las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida debes llamarnos al teléfono +34 910 601 978, 608 807 336 y solicitar una cita con nuestra abogada,

Para las personas en el extranjero, podemos agendar una consulta online vía SKYPE, puedes solicitar tu cita previa al correo consulta@machelindiaz.com.

Comentarios

  1. Yanina dice:

    Hola mi nombre es Yanina y tengo residencia por personal altamente cualificado hasta febrero del 2022 y debo renovar pero para ello necesitaría cambiar de régimen a régimen general. Esto es posible con el mismo empleador? Gracias

  2. Albert dice:

    Hola Machelin he renovado mi permiso de residencia como altamente cualificado, y éste esta por vencer ¿puedo cambiar/renovar a solo residencia lucrativa? Gracias al fruto de los años de trabajo cubro la cantidad del 400% .

  3. Paulo Fabra dice:

    Cambio de residencia no lucrativa para cuenta ajena, cuanto tiempo tarda?
    Son 40hs semanales e contrato de 1ano en Hostelaria, pero necesita q empece pronto,
    ¿Como hacer esto?

  4. Lissi Vilela dice:

    Hola
    He venido por estudios a españa, vivo en barcelona, soy peruana, tengo 43 años, el curso que llevo solo tiene una duracion de 4 meses, vence a finales de septiembre de este año por lo que no tengo ni un año en españa, tengo la tarjeta de residente de estudiante, estoy empadronada, tengo una oferta laboral como gestor de mantenimiento y obra en barcelona, soy arquitecto y tengo un master en administracion y direccion de proyectos, tengo mas 5 años de experiencia en direccion de proyectos, tengo mis documentos apostillados, el sueldo propuesto supera el 1.2 del sueldo bruto anual pero no llega a cumplir el 1.5 si el sueldo bruto anual (sueldo anual del 2020 22,837.59), pero no llega a tener mas de 40 mil como lo recomiendan la mayoria segun he leido, la empresa es grande y tiene interes en mi, me ha pedido que me encargue de tramitar mi cambio, para trabajar con ellos, pero aún no termino la entrega de mi trabajo final del curso, regreso a mi pais a finales de octubre, quisiera saber:
    1. Es posible que estando en españa podamos presentar la documentacion como Profesional Altamente Cualificado
    2. Mis trabajo de investigacion concluye finales de septiembre, debemos esperar hasta esa fecha para presentar la documentacion o puede ser antes.
    3. Debo regresar a mi pais para esperar la resolución.
    4. Cuanto tiempo aproximadamente se demora la respuesta.
    5. Hay otras opciones viables.
    Si es factible, podrian llevar el caso, cuanto seria el costo de sus honorarios, y si lo podemos manejar el pago por partes. A la espera de sus comentarios

  5. Hermann Mecklenburg dice:

    Hola, les quería consultar si es posible cambiar de residencia de trabajo por cuenta ajena a residencia no lucrativa; sin salir desde España y con relativa facilidad?. Debo renovar mi residencia en los próximos meses, pero creo mi relación laboral terminará pronto, y no tendré contrato de trabajo para esas fechas, por lo que deberé optar a residencia no lucrativa o bien estudiante (estoy aceptado para un master).

    Saludos y gracias

    • América dice:

      Hola realice soy médico y vine por un máster con un visado de estudio al terminar el master pase a residencia para busqueda de empleo y trabajo no lucrativa se me demoro en salir la homologacion por los que no pude hacer la modificación a trabajo y solicité residencia no lucrativa ahora tengo la homologación y necesito trabajar que tiempo tengo que esperar Para solicitar la residencia de trabajo

  6. Alejandra R dice:

    Hola
    Actualmente soy residente como investigadora pero se vence este año. Quiero solicitar la residencia no lucrativa. ¿Es posible hacerlo estando en España? Gracias

  7. francis dice:

    Francis.

    tengo tarjeta comunitaria por pareja de hecho, me deje con él por maltrato y me cambie de comunidad. no lo denuncie porque tiene sus hijos y me da pena por ellos. ahora quiero hacer la modificación para tenerla por mi cuenta . que puedo hacer?

  8. dulce merida dice:

    hola buenas me encuentro en españa hace 5 años y hace 3 años recien saque el NIE temporal inical no autoriza a trabaiar y ahora el abrir me toca renovar el segundo de dos años (me lo darian ya con permiso a trabajar sin tener un contrato) o tengo que buscra alguien quien me contrate para que se cambie y claro estoy en un centro de diputacion y me tengo que ir y quiero cambiar mi NIE con autorizacion de trabajo con la segunda renovacion de los años me lo daras con permido o sin.?

  9. Stephen dice:

    Hola, ya tengo 2 años y algo trabajando con mi residencia de profesional altamente cualificado (acabo de renovarlo). Hay forma de modificarla a residencia y trabajo por cuenta ajena sin que afecte mi situación laboral actual? Esto basicamente para no estar amarrado al empleador actual y poder moverme libremente a otra empresa, de ser factible cuanto tardaría ese cambio y si uds lo gestionan.

    Muchas gracias.

  10. Abdel dice:

    Hola

    Por favor, tuve antes un tipo de residencia se llama «residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo» desde 4-06-2017 hasta 4-06-2018. Pero, antes de la fecha de su caducidad, en 15-05-2018, la universidad en que yo trabajo ha solicitado al Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégico una residencia inicial como investigado basado el LEY 14/2013. Pero la resolución se ha emitido el día 13-06-2020, después la fecha de caducidad de mi residencia anterior.
    Entonces estos 9 días, la diferencia entre la fecha de caducidad de la tarjeta anterior y la fecha de empieza de la tarjeta actual, ¿pueden afectar mi continuidad para obtener la tarjeta de larga duración? ¿O La solicitud de autorización actual prorrogará la vigencia de la situación de residencia anterior hasta la resolución del procedimiento?

    Un Saludo

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Abdel,

      Entiendo tu inquietud. Primero que todo, informarte que, para la modificación o renovación de la tarjeta de residencia, el plazo es de 60 días anteriores a la fecha de caducidad de la tarjeta o 90 días posteriores. En ese sentido, conforme lo que me cuentas, has cumplido con los plazos, y ya cuentas con tu nueva tarjeta. Esos nueve 9 días no te afectan porque estabas dentro del plazo y de hecho estabas en el trámite. Del mismo modo, cuando te toque renovar o decidas modificar en su caso debes tenerlos pendientes.

      Espero haberte ayudado. Si aun tienes dudas en relación a este u otro tema, llámanos para agendar una cita para una consulta.

      Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
      Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1
      Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
      https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services
      Un saludo,
      Machelin

  11. KENNY dice:

    buenas, llevo mas de un año como pareja de hecho registrada, y voy a cambiar el permiso de residencia de familiar de ciudadano a uno laboral por disolución del vinculo, al hacer eso debo volver a esperar 2 años para solicitar nacionalidad?? o cuenta el año que llevo como pareja??

  12. Diego dice:

    hola, estoy en proceso de obtener un permiso de trabajo para profesionales altamente calificados donde soy el titular y estoy haciendo la gestion a mi familia también, mi pregunta es si el permiso que le dan a mi esposa le permite a ella trabajar? ella ya cuenta con una oferta de trabajo

    gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Diego,
      Efectivamente tu esposa podría trabajar sin ningún tipo de inconveniente.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  13. Julio dice:

    Hola, Soy Ecuatoriano americano, me estoy divorciando y mi esposa que es americana pero hija de espanola ya esta areglando su nacionalidad espanola desde la embajada de españa en chicago, y tambien nuestra hija de 7 años tambien tendra la nacionalidad española… Por decision de ambos ellas se iran a vivir a españa.la pregunta es, puedo acogerme a la agrupacion familiar por medio de mi hija cuando ya sea espanola aunque su madre tenga la custodia?

  14. Agustina dice:

    Buenas tardes, llevo en España dos años con residencia no lucrativa, y quiero modificar al visado de estudiante y asi poder trabajar las horas semanales que autoriza, es posible?

  15. Laura Maria Suero dice:

    ¡Hola!, si tengo la residencia no lucrativa y consigo una oferta de trabajo y aplico para el cambio a residencia y trabajo (cociente de que se tendrá en cuenta la situación nacional de trabajo) esta solicitud de cambio en caso de que no me sea aprobada tiene una implicación negativa para mí? Es decir sino se me aprueba el cambio, cuando yo tenga que renovar a finalizar el año se me puede negar la renovación por haber aplicado antes? ó estoy en mis derechos legales al aplicar? Saludo cordial.

  16. Alejandro dice:

    Hola si consigo un contrato de trabajo de 40 horas semanales antes de que se cumpla el año de residencia no lucrativa se puede hacer el cambio de residencia

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Alejandro,

      Teniendo la autorización de residencia no lucrativa y si encuentras trabajo antes del año, tienes que cambiar a la Autorización de residencia y trabajo y se te tendrá en cuenta la situación nacional de empleo. También tienes la opción de solicitar una Autorización por personal altamente cualificado por Ley de emprendimiento. En todo caso, si no quieres que se te tenga en cuenta la situación nacional de empleo debes esperar a cumplir el año de vigencia de la autorización y pasado este tiempo solicitar la Autorización de residencia y trabajo.

      Para analizar tu situación concreta te sugerimos que te pongas en contacto directamente con nosotros a través de las siguientes vías: Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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      https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services

      Un saludo,

      Máchelin

  17. Luciano dice:

    Buenas tardes,

    Soy Luciano de Argentina.
    Les cuento que estoy por tramitar la residencia no lucrativa y quería saber si estando en España, puedo llegar a cambiar la misma por una residencia de trabajo.
    Esto tiene que ver con que actualmente no cuento con ofertas laborales, por lo cual no puedo ir con ese tipo de permiso. Por el contrario, cuento con bienes necesarios para sacar la no lucrativa, pero mi intención real es buscar trabajo estando en España.
    Por lo que leí, no voy a poder conseguir empleo con la residencia lucrativa, y por tal motivo quiero entender si es facil cambiar el tipo de residencia estando allá al recibir una oferta laboral.
    Desde ya muchas gracias.
    Saludos,

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Luciano,

      Si tienes un contrato de trabajo que cumpla los requisitos establecidos, podrás modificar tu residencia no lucrativa a la autorización de trabajo por cuenta ajena cuando ya lleves un año viviendo en España con la no lucrativa. Nosotros podremos ayudarte tanto con el trámite de residencia no lucrativa como con modificación de la misma si lo deseas.

      Para más información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978 ó 608807336.

      Muchas gracias,
      Un saludo!

      • lalo landa dice:

        De acuerdo a lo indicado por Luciano, es necesario salir del país luego de cumplir el año? como hacer coincidir las fechas de termino de la residencia no lucrativa y la notificación de la residencia por trabajo?

        • Máchelin Díaz dice:

          Estimado Lalo,
          No es necesario salir de España para realizar la modificación de residencia no lucrativa a trabajo, el procedimiento se realiza desde España, una vez que se ya se tenga un año, lo puedo realizar dentro de los 60 días anteriores a la caducidad de la tarjeta no lucrativa o los 90 días posteriores.

          Para más información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978 ó 608807336.

          Muchas gracias,
          Un saludo!

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