¿En que consiste el Matrimonio por Poderes?

¿En que consiste el Matrimonio por Poderes?

La ley permite el matrimonio por poderes cuando uno de los dos contrayentes no puede estar presente en el lugar, fecha y hora de la boda. En el poder matrimonial se determina la persona con quien ha de celebrarse el matrimonio, debiendo quedar clara su identidad.

Se usa generalmente para poder contraer matrimonio entre español y extranjero al que por diferentes motivos no ha podido serle concedido un visado para poder estar en España. Así de esta manera podrán casarse gracias a un poder notarial que sustituye la presencia física del que está lejos. Se regula en el artículo 55 del Código Civil:

“Podrá autorizarse en el expediente matrimonial que el contrayente que no resida en el distrito o demarcación del Juez, alcalde o funcionario autorizante celebre el matrimonio por apoderado a quien haya concedido poder especial en forma auténtica, pero siempre será necesaria la asistencia personal del otro contrayente.

En el poder se determinará la persona con quien ha de celebrarse el matrimonio, con expresión de las circunstancias personales precisas para establecer su identidad.

El poder se extinguirá por la revocación del poderdante, por la renuncia del apoderado o por la muerte de cualquiera de ellos. En caso de revocación por el poderdante bastará su manifestación en forma auténtica antes de la celebración del matrimonio. La revocación se notificará de inmediato al Juez, alcalde o funcionario autorizante.”

Los requisitos son:

– Impreso de Solicitud para contraer Matrimonio civil
– Certificación literal de nacimiento (Expedido por el Registro Civil del lugar de Nacimiento de cada uno).
– Certificado de capacidad matrimonial o certificación de soltería de los dos.
– Certificado de si con arreglo a las leyes de su país es necesaria la publicación de edictos.
– Certificado de empadronamiento o de residencia
– Pasaporte o permiso de residencia o documento que acredite su identidad (DNI)

Además de estos documentos, necesita un Poder Notarial, debidamente legalizado, por el que se autoriza a una persona en España para que pueda instar el expediente de matrimonio, recibir notificaciones y prestar el consentimiento matrimonial.

También se deberá facilitar a los funcionarios del Registro Civil, la dirección del Consulado o Embajada más cercana al domicilio de la persona que está en el extranjero.

La verdad es que el matrimonio por poder es un trámite difícil y las autoridades competentes no lo conceden fácilmente debido a que presumen que en algunos casos puede tratarse de matrimonios de conveniencia, con el fin de obtener la documentación necesaria para residir legalmente en España o en la Unión Europea.

Resulta evidente que en España y en el mundo entero se ha incrementado el número de matrimonios internacionales, por el creciente fenómeno de la inmigración y emigración y por la globalización que ha supuesto Internet, con lo que se permite el contacto inmediato y cercano entre las personas de distintos y distantes Continentes, originando cada día más  matrimonios mixtos.

Nuestra Abogada te lo explica:

Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario https://www.machelindiaz.com/cita-abogado-online/, las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida debes llamarnos al teléfono +34 910 601 978, 608 807 336 y solicitar una cita con nuestra abogada,

Para las personas en el extranjero, podemos agendar una consulta online vía SKYPE, puedes solicitar tu cita previa al correo consulta@machelindiaz.com.

Comentarios

  1. JANE dice:

    Mi nombre es JANE y soy de Francia, casada y con tres hijos. El nombre de mi esposo es GOMEZ. Nos casamos en 2008. Nuestro matrimonio siempre ha ido muy bien, mi esposo era un hombre muy cariñoso y cariñoso, hasta que poco a poco mis sueños de un hogar pacífico se hicieron añicos cuando una mala mujer entró en la vida de mi esposo. Al principio pensé que solo eran amigos, mi esposo incluso la trae a casa a veces para cenar con nosotros. Poco sabía yo que ella estaba buscando una manera de mantener a mi esposo lejos de mí. GOMEZ se fue de casa de repente para empezar a vivir con su amante, lloré y traté de todo para traer de vuelta a mi esposo, pero sin éxito. Mis hijos incluso lo llamaron a veces, rogándole que regresara a casa porque lo extrañaban, él terminaría la llamada y amenazaría a los niños para que nunca lo volvieran a llamar. Sabía que algo andaba mal, mi esposo me amaba mucho y los niños, nunca haría eso. Seguí llorando día y noche hasta que me enteré del hechicero, el doctor SUNNY. Inmediatamente lo contacté, me aseguró que mi esposo volverá, que su amante lo está engañando, me dijo lo que haría y me hizo algunos hechizos. Unos días antes de mi reunión con el doctor SUNNY, mi esposo sacó sus cosas de la casa de su amante y regresó a casa, los niños saltaron sobre él al verlo, con lágrimas rodando por mis ojos, mi esposo se disculpó y me dijo cuánto lo sentía. era. Gracias al Dr.SUNNY, mi familia está completa nuevamente. Si tiene algún tipo de problema de relación, comuníquese con el Dr.SUNNY para obtener una solución rápida. Correo electrónico: drsunnydsolution1@gmail.com o Whatsapp / Viber: +2348082943805

  2. Miguel Angel dice:

    Buenas noches,
    mi nombre es Miguel Ángel, quiero comentaros que mi pareja es un chico de Perú, queremos contraer matrimonio por poderes. Necesitamos toda la información posible para llevar este matrimonio a cabo
    Yo soy español y nos gustaría poder encontrar la mejor manera posible para poder estar juntos,
    Me gustaria recibir la llamada lo antes posible y concretar una consulta.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Miguel,

      Claro que sí, con gusto podemos ayudarte y brindarte asesoría.

      Te recomiendo que nos llames o nos escribas por WhatsApp para realizar tu cita al +34608807336 en horario laboral de lunes a viernes de 9:00 a 18:00.

      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

      Te puedes poner en contacto directamente con tu registro civil para que te den cita para iniciar el expediente de matrimonio por poderes, y te indico los documentos necesarios.

      Un saludo,

  3. Verusska urbano dice:

    Hola, buen día. Espero se encuentre bien. Le comento, yo soy venezolana y mi novio igua,l pero tiene su nacionalidad europea y se encuentra en España. Nos queremos casar pero estaba leyendo en su artículo que el matrimonio por poderes normalmente dura mucho, entonces, hemos decidido casarnos de manera presencial. Pero mi pregunta es, tarda mucho tiempo el proceso o es rápido? Porque queremos casarnos y tener todo listo para irnos a otro país y entrar como casados y otra pregunta, que requisitos solicitan para casarse en España? Yo como extranjera y el, como europeo. Muchas gracias, espero su respuesta.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola,
      Entiendo tu preocupación. En este caso, te recomendaría que la celebración del matrimonio la hagas en España, puesto que en efecto los matrimonios celebrados fuera tardan mas en registrarse. Si se casan aquí, el matrimonio que inscrito automáticamente y puedes solicitar directamente la residencia en España como familiar de ciudadano comunitario. En tu condición de venezolana, no necesitas visado para entrar a España, aunque actualmente por la condición del COVID no se admiten turistas, salvo que puedas acreditar que te vas a reunir con tu pareja comunitaria.
      Aquí te dejo un enlace con los requisitos para el matrimonio:
      https://www.machelindiaz.com/dos-personas-extranjeras-irregulares-en-espana-se-pueden-casar-2/

      En nuestros Despacho, estaremos encantados de ayúdate con el tramite, independientemente del lugar donde ten encuentres en España. Contactanos para que podamos enviarte un presupuesto y conocer tu caso con mayor detalle.

      Espero haberte ayudado. Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
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      Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1
      Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
      https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services
      Un saludo,
      Machelin

  4. Verusska urbano dice:

    Hola, buen día. Espero se encuentre bien. Le comento, yo soy venezolana y mi novio igual, pero tiene su nacionalidad europea y se encuentra en España. Nos queremos casar pero estaba leyendo en su artículo que el matrimonio por poderes normalmente dura mucho, entonces, hemos decidido casarnos de manera presencial. Pero mi pregunta es, tarda mucho tiempo el proceso o es rápido? Porque queremos casarnos y tener todo listo para irnos a otro país y entrar como casados y otra pregunta, que requisitos solicitan para casarse en España? Yo como extranjera y el, como europeo. Muchas gracias, espero su respuesta.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola,
      Entiendo tu preocupación. En este caso, te recomendaría que la celebración del matrimonio la hagas en España, puesto que en efecto los matrimonios celebrados fuera tardan mas en registrarse. Si se casan aquí, el matrimonio que inscrito automáticamente y puedes solicitar directamente la residencia en España como familiar de ciudadano comunitario. En tu condición de venezolana, no necesitas visado para entrar a España, aunque actualmente por la condición del COVID no se admiten turistas, salvo que puedas acreditar que te vas a reunir con tu pareja comunitaria.
      Aquí te dejo un enlace con los requisitos para el matrimonio:
      https://www.machelindiaz.com/dos-personas-extranjeras-irregulares-en-espana-se-pueden-casar-2/

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      Un saludo,
      Machelin

  5. Elizabeth dice:

    Buenas, yo española y mi novio es Venezolano pero esta trabajando en Portugal, el llego con un visado de vacaciones o algo así pero encontró trabajo y se quedo. Él tiene en trámites su permiso de residencia o algo así. Pero queremos estar juntos en España, dicen que tardan mucho los trámites y no queremos esperar para estar juntos. Queremos casarnos para que él venga a España, ¿ sería más rápido un matrimonio por poderes en España o que yo me casé en Portugal? En inmigración en Portugal a mi pareja le dijeron que no puede ir para nada a España. Que sería lo mejor?
    Muchas Gracias.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola,
      Entiendo tu preocupación. Lo más rápido es que el venga a España y se casen aquí, dado que queda inscrito de forma automática el matrimonio y puede de inmediato solicitar la residencia de familiar comunitario. El tema de que no pueda venir a España habría que valorarlo, puesto que si ya el tiene un permiso de residencia, asi sea por razones humanitarias , puede viajar problemas, a no ser que haya sido por el tema de la pandemia y las restricciones que en su momento habian.

      Te recomiendo puedas ponerte en contacto con nuestro Despacho para que podamos conocer con mas detalle tu caso y brindarte una asesoría más personalizada-
      Espero haberte ayudado. Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
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      Un saludo,
      Machelin 

  6. cindy Maciel dice:

    Hola
    Soy Colombiana y deje mi expediente abierto en Alicante en el mes de Marzo antes de salir de España , para el mes de Junio que ya abrieron la oficina de registro llamaron a mi novio para que firmara la aprobación del expediente y tenemos la fecha de ceremonia para el 20 de Noviembre pero por cuestiones de la pandemia no se si pueda ingresar al país y estar para esa fecha. Que puedo hacer?
    Gracias

  7. Victoria dice:

    Hola amiga, soy Venezolana y estoy en New York, mi pareja está en Murcia y queremos casarnos , debido a la situación del coronavirus no hemos podido encontrarnos, una vez realizado el matrimonio cuánto tiempo debo esperar por el consulado para poder hacer efectivo el matrimonio?

  8. Abel dice:

    Hola,

    Yo ya tengo la Capacidad Legal expedida por el Consulado de España en Manila (Filipinas). Pero con el virus estamos los dos esperando a que se alineen los planetas y me dejen entrar como turista otra vez allá (a saber cuándo).

    Por tanto, sí, el matrimonio por poderes parece una buena segunda opción. No obstante, la desinformación es total.

    No veo por ningún lado (no sólo en vuestra página, sino por Internet en general) en qué consiste…:

    1.- «Certificado de si con arreglo a las leyes de su país es necesaria, o no, la publicación de edictos.»

    ¿Esto quién lo expide? ¿El Gobierno del país de origen? ¿El Consulado Español en dicho país?

    2.- Poder notarial

    Lo mismo. El otro día estuve en mi Juzgado de Paz y la funcionaria me dijo que tenían una solicitud denegada porque el poder notarial estaba expedido por un notario extranjero.

    ¡Pues claro! Obviamente que está expedido en el extranjero. Si la novia estuviese en España ¿para qué querrían un poder notarial? De risa.

    ¿Por qué no hay información más clara que el cortar+pegar de la lista de requisitos?

    Saludos.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Abel,

      Entiendo tu preocupación. Te comento, el Certificado de Edictos es el documento oficial donde consta que un ciudadano publicó la intención de contraer matrimonio con otro ciudadano sin que haya habido ninguna objeción durante el tiempo determinado por las leyes de cada país. En algunos países, no es necesaria esta publicación, es por esto que cuando se indica el sí o no, se refiere a que, si el país lo emite, te lo expiden, si el país no lo expediente, entonces emitirán un certificando donde se establece la no necesidad de esta publicación. Normalmente lo hacen los consulados del país de origen en España o los organismos correspondientes de cada país (esto te lo informaría el Registro Civil del extranjero). Toma en cuenta que debe estar apostillado y legalizado. Traducido en su caso.
      En cuanto al poder, puede ser otorgado ante Notario o ante Cónsul o Representante Consular del país de origen. Habría que verificar si el poder que mencionas contaba con los protocoles legales pertinente.
      Si aun tienes dudas, estaremos encantados de ayudarte en una consulta personalizada.
      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita, para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
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      Un saludo,
      Máchelin

  9. Mohamed dice:

    Hola, yo me quiero casar en marreucos y e pedido la capacidad matrimonial, que tramite seria más fácil la capacidad matrimonial y contraer matrimonio en marruecos o matrimonio por poderes?
    Gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Mohamed,

      En cualquiera de los dos casos primero debes de solicitar la capacidad matrimonial, por tanto, mi consejo es que realices la capacidad matrimonial y que una vez la tengas te cases en marruecos o por poderes.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 18:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

      • Antonio dice:

        Hola vivo con mi hijo dominicano en españa y me gustaria casarme con su madre por poderes, que es dominicana y esta alla. Queria que me dijesen si tarda mucho el tramite y es mejor ir alli a casarme. En principio no tengo previsto ir.

        Saludos y gracias.

        • Máchelin Díaz dice:

          Hola Antonio,

          En primer lugar ¡Felicitaciones por su futuro matrimonio!

          Le explico un poco como va el tema del matrimonio con poderes
          En el caso de que usted o su pareja no pueda viajar y no se encuentren físicamente en el mismo lugar, la ley permite el matrimonio por poderes cuando uno de los dos contrayentes no puede estar presente en el lugar, fecha y hora de la boda. En el poder matrimonial se determina la persona con quien ha de celebrarse el matrimonio, debiendo quedar clara su identidad.
          Para la realización de un matrimonio por poder habrán de aportarse los documentos pertenecientes a los dos contrayentes que se relacionan a continuación:
          * Certificación literal de nacimiento.
          * Certificado de capacidad matrimonial o Certificación de Soltería.
          * Certificado de si con arreglo a las leyes de su país es necesaria, o no, la publicación de edictos.
          * Certificado de empadronamiento o de residencia.
          * Pasaporte o permiso de residencia o documento que acredite su identidad.
          * Impreso de solicitud para contraer matrimonio.
          Además de estos documentos, necesitará un Poder Notarial, debidamente legalizado, por el que se autoriza a una persona en España para que pueda instar el expediente de matrimonio, recibir notificaciones y prestar el consentimiento matrimonial.
          Todos los documentos extranjeros deberán estar debidamente legalizados,
          Iniciado el expediente (con la aportación de documentación necesaria, poder y apoderado) se envía el exhorto al Consulado Español más cercano al domicilio del contrayente extranjero, donde éste deberá hacer una comparecencia reservada prestando su consentimiento.
          Ahora bien, el tiempo que tarda el procedimiento dependerá del registro, por lo general tarda bastante.

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          Un saludo
          Máchelin

      • Merna dice:

        Soy egipcia y mi novio es español.
        Queríamos casarnos pero en Egipto tenemos un rechazo de ministro de justicia para Diferencia de edad. Tengo 24 años y mi novio tiene 64 años.
        Buscamos unas soluciones para casarnos con poderes.

        Gracias

  10. Luisa matos dice:

    Mi pareja es dominicana pero vive en españa ya tiene su ciudadania española hace 6 años queremos casarnos ya tenemos 4 años de relacion y en mi pais republica dominicana el matrimonio igualitario no es legal que usted nos recomienda que nos casemos por poderes o que fueramos a otro pais a casarnos y luego inscribirlo en espana el matrimonio

  11. karim alaoui dice:

    Buenas tardes
    tengo una consulta por favor soy marroquí con la nacionalidad española y quiero casarme con una chica en. Marruecos y necesito empezar el expediente de capacidad matrimonial. La pregunta si puede   iniciar si me futura mujer tiene 17 años .

    Gracias y un saludo

  12. Raul dice:

    Tengo una duda en el matrimonio por poderes, en mi caso mi novia de Gambia necesita un poder para el matrimonio por poderes, en el juzgado me dicen que tiene que ser firmado por un notario español y ante la imposibilidad de venir ella ¿Quien debe hacerle el poder notarial? ¿Es el consulado de España el que puede dar el poder?

  13. Sami dice:

    Hola : tengo un pregunta parà ustedes, mi pareja es marroquí y yo soy español de origen marroquí, mi han dicho de casarme por poderes que tarda menos , he yo he estado piensando ¿que deferencia hay de capacidad matrimonial y casarse por poderes un saludo

  14. Maria E dice:

    Hola buen dia
    Soy ciudadana venezolna, viaje a Espana el 23 de Enero de 2019, por la situacion de crisis de mi pais me vi en la necesidad de quedarme mas de los 90 dias permitidos, en ese momento tuve dudas sobre que hacer y solicite una cita de asilo que me la dieron para el 14 de agosto, por compromisos adquiridos antes de viajar a Espana tuve que viajar a Curazao el 22 de Julio de 2019, en el aeropuerto me dijeron que no podia entrar nuevamente en un periodo de 3 anos
    En mi estadia de 6 meses en Barcelona conoci a una persona con quien tuve una relacion de pareja, sin embargo no formalizamos nada legalmente. Ahora aunque me casara con mi pareja fuera de espana eso no cambiaria mi estatus migratorio o mas especificamente tendria igualmente que esperar esos 3 anos que me dijeron en el aeropuerto?
    Le estaria muy agradecida por su orientacion

  15. susana dice:

    Buenas tardes, soy española viviendo en España y mi pareja marroquí viviendo en Marruecos. Despues de un año y medio de relación, y de un año de duración del exequatur de su divorcio ya por fin lo vamos a tener, y vamos a preparar los papeles para casarnos. Si nos casamos por poderes, dado que este matrimonio no es válido alli,pero en España si, ¿podemos tener problemas despues en la reagrupación familiar?

  16. Sufian dice:

    Mi nombre es Sufian de Marruecos. Busco una chica para el matrimonio.

  17. Rebeca Sánchez Álvarez dice:

    Buenos días,

    Mi nombre es Rebeca Sánchez, mi consulta es sobre casarme o encontrar otra vía para que mi novio que es de Cuba pueda vivir y trabajar en España legalmente.

    He visto diferentes opciones. Yo me he comprado un piso en mi ciudad natal, Talavera de la Reina, el cual me lo entregan para mayo, firmaré y seré propietaria, hasta esa fecha (después) no hemos pensado que se venga. Estamos buscando la manera más fácil, barata y rápida.
    Barajamos la posibilidad de casarnos por poderes después de esa fecha y luego pedir la repatriación familiar, pero no sé el tiempo que lleva hasta que él pueda venir.
    Otra opción es hacer una carta de invitación y una vez que esté aquí casarnos en el registro civil de mi localidad.

    Necesito una orientación, para ver que trámite sería el más adecuado y rápido.

    Un saludo

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Rebeca,
      El matrimonio por poderes tarda, se pueden casar en Cuba y después realizar el proceso de inscripción del matrimonio en España.

      Lo más recomendable es que programes una consulta personalizada con nosotros.

      Para más información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978 ó 608807336.

      Muchas gracias,
      Un saludo.

      • Luis Jiménez dice:

        Hola que tal mi nombre es Luis Jiménez
        Mi consulta es sobre el matrimonio por poderes..
        Hace ya un año metimos los papeles para casarnos por poderes con mi novia, ella es de España y yo de Ecuador…
        Lo que me gustaría saber es cuanto mas o menos tarda el proceso Porqe para nosotros un año ya ha sido mucho..
        Le agradezco por su respuesta de antemano..

        • Máchelin Díaz dice:

          Estimado Luis,

          La verdad es que el matrimonio por poder es un trámite difícil y las autoridades competentes no lo conceden fácilmente debido a que presumen que en algunos casos puede tratarse de matrimonios de conveniencia, con el fin de obtener la documentación necesaria para residir legalmente en España o en la Unión Europea. Con ello, no estamos diciendo que sea tu caso y el de tu novia, pero es la explicación a la demora de este tramite. Nuestra recomendación es que insistas ante el Registro Civil.
          Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

          El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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          Un saludo,

          Máchelin

          • Vicente dice:

            Hola buenos dias.
            Me hace gracia lo de «conveniencia».
            Tengo una pareja colombiana, desde hace 7 años, 7 nada mas y nada menos.
            He viajado dos veces a Colombia, ella ha venido invitada una vez aquí.
            Deseamos estar juntos y probar qué tal nos sienta la convivencia, porque ademas soy consciente que no será sencillo. Tengo 45 años, soy soltero y ella madre de dos niños adolescentes.
            Por todo ello, me decidiría por convivir juntos e ir viendo que tal nos va.
            Tengo claro que son unas maravillosas persona, que desean venir e integrarse y yo deseo que puedan hacerlo de pleno derecho. Pero a su vez, en ocasiones, la intención no es suficiente para que algo salga cómo se desea.
            Opciones de hacerlo legalmente que no sean casarse? Nadie me ha dicho ninguna.
            Puede venir con carta de invitación, máximo 90 días.
            Puede venir como turista, máximo 90 días.
            Y acaba de contar…
            Pareja de echo? Aquí en la Comunidad Valenciana debes demostrar como mínimo 1 año de convivencia, por lo que literalmente te invitan a, una vez superados esos 90 días, pasar 9 meses como ilegal.
            Con todo lo que ello conlleva. Y no lo hagas con carta de invitación, porque una vez superados los 90 días, buscan al invitante y multa.
            Última/única opción; el matrimonio.
            A alguien le conviene iniciar una nueva etapa de su vida con ilegalidades, con niños de por medio?
            A mí no.
            Hoy fui al juzgado de mi localidad a solicitar fe de vida y estado. Y consultarles dudas.
            Salgo de allí, vuelvo porque una cosa no me había quedado clara, y me encuentro a la funcionaria en cuestión, a viva voz con sus compañeros; «Es que se casan por papeles, solo buscan el beneficio».
            Perdone?
            Beneficio? He gastado más de 10.000€ esos 7 años en viajes y ayudando en ocasiones para que tanto a ella como a sus hijos no les falten ciertas cosas elementales.
            Casarnos por papeles? Normal, nos dan alguna otra alternativa de estar juntos en mi país?
            Porque tengo que esconderme o avergonzarme.
            Por querer a una chica colombiana?
            Si fuera francesa o italiana molestaría igual?
            Soy hijo de españoles que emigraron en los 70 a Alemania. Nacido allí junto a mi hermano.
            A ellos los trataron durante mucho tiempo como escoria (gitanos españoles) y parece que aquí actuamos igual, solo que en un mundo mucho mas globalizado, estamos en 2019 por Dios.
            Muy cansado de todo, la verdad y solo estamos iniciando tramites.
            Voy a casarme con ella por poderes en Colombia y ya sea en un año o 5, veremos lo que se demora la embajada de mi país allí, espero estar con ella aquí e iniciar una nueva y espero bella historia juntos.
            Le pese a quien le pese.
            Quizás no es este el sitio adecuando para soltar todo esto, pero así me ha salido.
            Y sí, nos conviene casarnos.
            Pero no por tener papeles, sino porque queremos estar juntos y no en búsqueda y captura.
            Eso lo pueden catalogar como conveniencia?
            Porque si el juez me pregunta, tengo pensado explicárselo de esta misma forma.
            Un saludo.

          • kelly llanos dice:

            Hola, soy colombiana y mi novio es cubano pero tiene residencia española, nos queremos casar pero tenemos la duda de si es posible, y en ese caso, cuáles son los requisitos (en nuestro caso particular) para hacerlo en allí en españa.
            agradeceríamos mucho su atención y ayuda

        • Jennyfer dice:

          Hola mi consulta es la siguiente, ya hemos presentado papeles en el registro civil de mi ciudad para abrir expediente, podría iniciar trámites del matrimonio por poderes también a la vez o tendría que detener el trámite del registro para hacerlo? Mi pareja está en Marruecos y yo soy española

          • Máchelin Díaz dice:

            Hola Jennyfer,
            No entendemos bien tu consulta, para poder ayudarte necesitamos entenderte.
            Puedes ponerte en contacto con nosotros:
            Solicita tu cita personalizada con nuestros abogados por :
            ➡ Teléfono ☎ +34 910 601 978
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            ➡ Mail ? consulta@machelindiaz.com
            Escríbenos por donde prefieras ???
            En horario laboral de lunes a viernes de 9:00 a 18:00.

            El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
            O si desea una consulta gratuita, puede escribirme por https://www.machelindiaz.com/cita-abogado-online/
            RECUERDA QUE LAS CONSULTAS SERÁN RESPONDIDAS POR ORDEN DE LLEGADA

            Un saludo,
            Máchelin

    • Alvania dice:

      Hola necesito tu WhatsApp

    • katy dice:

      Hola, me gustaría saber finalmente cómo procedisteis. gracias

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