Es común plantearse esta interrogante si estás considerando optar por un visado y posterior residencia como emprendedor en España. Por ello, hemos decidido compartirte brevemente las condiciones que debes tomar en cuenta para reagrupar efectivamente a tus familiares.
¿Puedo reagrupar a mi familia bajo la Ley de Emprendedores?
Bajo la Ley de Emprendedores, puedes reagrupar al cónyuge o a la pareja con la que mantengas una relación análoga a la matrimonial.
Es decir, aquella pareja:
- con la que estés inscrito como pareja de hecho en un registro público
- o con la que puedas acreditar mediante cualquier documento público que tienes una relación análoga a la matrimonial
También puedes reagrupar a los hijos menores de 18 años, así como a los mayores de edad que dependan económicamente de ti y no hayan constituido su propia unidad familiar.
Por ejemplo, un hijo de 20 años que esté estudiando, no esté casado y no tenga hijos a su cargo, formaría parte de tu unidad familiar, por lo tanto, podrías reagruparlo aunque fuese mayor de edad.
Lo mismo ocurre con los padres y los de tu cónyuge. Sin embargo, es fundamental acreditar que dependen económicamente de ustedes y que forman parte de vuestra unidad familiar al no disponer de una renta ni de unos ingresos propios.
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