¿Cómo renovar la Residencia de Larga Duración? ¿Qué vas a necesitar?

¿Cómo renovar la Residencia de Larga Duración? ¿Qué vas a necesitar?

¿SABES CÓMO RENOVAR LA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN EN ESPAÑA?

 

Para quienes aún no lo saben, la Autorización de Residencia de Larga Duración es una autorización o permiso que se tramita en España y se otorga en la mayoría de las ocasiones a aquellas personas que han residido de forma legal y continuada en nuestro país durante los últimos cinco años, permitiéndoles residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que aquellas personas que tengan ciudadanía española.

 

¿Cuándo debes renovar la Residencia de Larga Duración?

 

Como ocurre con otras autorizaciones o permisos, la autorización de residencia de larga duración debe renovarse una vez esté caducada para poder continuar correctamente documentado/a en España. En este caso, la renovación de la residencia de larga duración debe realizarse directamente con el trámite de toma de huella, y la solicitud de la expedición de tu nueva tarjeta.

En este caso, debes comenzar con el trámite de renovación una vez que tu tarjeta de Residencia de Larga Duración esté caducada, ya que la Comisaría de Policía competente no podrá expedir una nueva tarjeta, si aún mantienes la tuya vigente. Por lo tanto, acá se presenta una de las grandes diferencias en el proceso de renovación que posee esta tarjeta de residencia frente a otras ya que, para poder renovarla, debe ya estar caducada.

Ahora bien, debes saber que no será necesario que hagas algún tipo de trámite administrativo previo en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que te encuentras residiendo ya que, todo el trámite de renovación de la Larga Duración se hace directamente en la Comisaría de Policía competente. En resumen, realmente vas a renovar es tu tarjeta de residencia, no la autorización de residencia, puesto que, ésta ya es de carácter permanente.

 

¿Qué documentación necesitas para renovar la residencia de larga duración?

 

A la renovación de tu tarjeta de residencia ante la Comisaría deberás llevar la siguiente documentación:

  • El formulario de solicitud EX-17
  • Copia completa y original de tu pasaporte en vigor 
  • Copia y original de tu tarjeta de Residencia de Larga Duración caducada
  • Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32×26 milímetros, con fondo uniforme, blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar tu identificación. (La fotografía deberá mostrar claramente el óvalo de la cara, que incluye cejas, ojos, nariz, boca y mentón, y deberá ser de alta resolución y en papel fotográfico de buena calidad).
  • Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde tengas tu domicilio (expedido con una antelación máxima de tres meses).
  • Tasa 790 Código 012 correctamente abonada.

 

Cita previa para renovar la autorización de residencia de larga duración

 

Para renovar tu autorización de residencia de larga duración es importante que solicites una cita previa debido a que la mayoría de las Comisarías mantienen esta dinámica para hacer este trámite. Por ello, y una vez que tu tarjeta esté próxima a vencerse será necesario que gestiones tu cita previa.

 

¿Es posible renovar la residencia de larga duración en cualquier ciudad de España?

 

No es posible ya que, debes gestionar tu cita en la Comisaría de Policía que tengas más cercana a tu domicilio. Por lo tanto, debemos señalarte que no es posible gestionar la cita de renovación en una ciudad distinta a la cual estás empadronado/a.

Por lo tanto, aunque intentes gestionar la cita en otra ciudad, debes saber que esta acción será fallida ya que no te atenderán, ni conseguirás renovar tu tarjeta en una comisaría distinta a la de tu ciudad.

 

¿Son importantes los medios económicos para renovar la tarjeta de larga duración?

 

No, a diferencia de lo sucede con el resto de autorizaciones en España, en el momento de hacer la presentación de tu solicitud de la Residencia de Larga Duración no es necesario acreditar que dispones de medios económicos, es decir, que no tendrás que aportar contrato de trabajo, ni justificar tu actividad por cuenta propia, así como tampoco debes acreditar que tienes ahorros.

No obstante, si te encuentras trabajando, puedes aportar tu contrato junto a tus últimas nóminas, pero en todo caso, esto es considerado como documentación voluntaria. voluntaria.

 

¿En qué supuesto puedes solicitar una tarjeta de residencia de larga duración?

 

Si deseas solicitar la tarjeta de residencia de larga duración deberás encontrarte en los siguientes supuestos:

  • Ser residente beneficiario de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social o de prestaciones análogas a las anteriores obtenidas en España y consistentes en una renta vitalicia, no capitalizable, suficiente para su sostenimiento.
  • Ser residente beneficiario de una pensión de jubilación contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social.
  • Haber residido cinco años continuados como titular de Tarjeta Azul UE en la Unión Europea, siempre que los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de dicha residencia se hayan producido en territorio español.
  • Ser residente y haber nacido en España y al llegar a la mayoría de edad haber residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad española.
  • Ser residente que al llegar a la mayoría de edad haya estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores de forma consecutiva.
  • Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria, encontrarse en territorio español y haberle sido reconocido el respectivo estatuto en España.
  • Haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior. En estos supuestos, corresponderá al titular de Ministerio de Empleo y Seguridad Social la concesión de la autorización de residencia de larga duración, previo informe del titular del Ministerio del Interior.

 


 

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