Requisitos Para Visado De Reagrupación Familiar En Régimen Comunitario En Consulado General De España En Quito Ecuador

Requisitos Para Visado De Reagrupación Familiar En Régimen Comunitario En Consulado General De España En Quito Ecuador

En aquellos países donde es necesario solicitar visado para venir a España, los familiares de españoles o comunitarios necesitarán tramitar un visado previamente para poder venir a España y solicitar la Tarjeta Comunitaria.

A continuación, presentamos los requisitos para los nacionales de Ecuador

Estos requisitos servirán para solicitar la Tarjeta Comunitaria en España, por eso debes conservar cada uno de los documentos.

Este tipo de visado habilita a su titular (familiar de un ciudadano español o europeo) a acompañar o reunirse en España con el ciudadano UE-EEE-Suiza que otorga el derecho.

Pueden solicitar este visado los siguientes familiares de un ciudadano español o europeo, que viajen a/vayan a reunirse con él en España:

  1. El cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.
  2. La pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público español o europeo.
  3. Los descendientes directos o los de su cónyuge o pareja registrada, menores de 21 años y mayores de dicha edad que dependan económicamente del ciudadano español o europeo.
  4. Ascendientes directos y los de su cónyuge o su pareja registrada, que dependan económicamente del ciudadano español o europeo.
  5. Otros miembros de la familia que en el momento de la solicitud acrediten de manera fehaciente que:
  • Que, en el país de procedencia, estén a su cargo o vivan con el ciudadano UE.  
  • Que, por motivos graves de salud o de discapacidad, sea estrictamente necesario que el ciudadano UE se haga cargo del cuidado personal del miembro de la familia.

6.-La pareja de hecho con la que el ciudadano UE mantenga una relación estable debidamente probada.

Importante: Los solicitantes están exentos del pago de la tasa de visado

El ciudadano que quiera solicitar este visado de Familiar de ciudadano comunitario se dirigirá al Consulado General de España en Quito, sin necesidad de cita, de lunes a viernes, de 8.10 a 13h10

Los documentos que debe presentar el solicitante son los siguientes:

  1. Formulario de solicitud de visado (Schengen) debidamente cumplimentada, que puede descargarse en la página web del Consulado General de España en Quito.
  2. Fotografía actual tamaño pasaporte, con fondo blanco, pegada en el formulario de solicitud. No se aceptarán fotografías realizadas con sombrero, pañuelo, gorro, lentes o gafas, ni de otro tamaño o color.
  3. Pasaporte válido como mínimo por un año (original y copia simple de la página de datos).
  4. Copia del DNI o PASAPORTE del ciudadano europeo que genera el derecho.
  5. Acta de Manifestaciones ante Notario del ciudadano de la Unión en el que declara que el solicitante de visado viaja con él, o va a reunirse con él.

Además, según la persona a la que acompañe o reciba el ciudadano de la UE-EEE, deberán presentarse los siguientes documentos:

Cónyuge

  1. Partida literal de matrimonio española o europea, expedida en los últimos seis meses por el Registro Civil o Consular, original y copia.
  2. Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro civil del país de la nacionalidad del cónyuge no comunitario (en el caso de ciudadanos ecuatorianos, del Registro Civil de Ecuador), o, en el caso de que el matrimonio se haya celebrado en un país distinto al del cónyuge no comunitario (p.e. matrimonio de ciudadano/a español/a con ciudadano/a cubana en Ecuador),
  3. Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil del lugar de celebración (en el caso anterior, certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil de Ecuador).

Pareja de hecho registrada

  1. Certificado de pareja de hecho inscrito en un Registro público español o europeo, original.


Descendientes

  1. Partida de nacimiento íntegra del familiar, original, expedida en los cuatro últimos meses, legalizada por el Registro Civil y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  2. En caso de descendientes del cónyuge o pareja de hecho, acreditación del vínculo de parentesco entre el ciudadano UE y el progenitor del solicitante de visado.
  3. Acta de manifestaciones ante Notario por parte del otro progenitor (que no acompaña al menor en el viaje) declarando su total acuerdo para que el menor viaje a España.
  4. Si la solicitud se realiza mediante representante (éste debe demostrar documentalmente que es familiar directo del solicitante de visado), poder notarial, realizado ante Notario Público español, como máximo un año antes de la solicitud. Original y copia simple. El representante deberá aportar además, original y copia de su cédula de identidad.

Descendientes mayores de 21 años y Ascendientes

  1. Descendientes mayores de 21 años: partida de nacimiento íntegra, original, expedida en los cuatros últimos meses, legalizada por el Registro Civil y apostilla por el Ministerio de Relaciones Exteriores (solo para mayores de 21 años).
  2. Ascendientes: partida de nacimiento del ciudadano UE-EEE.
  3. Documentación acreditativa de que el solicitante de visado depende económicamente del ciudadano UE-EEE: envíos de dinero del último año; certificado del SRI en el que se acredite su inscripción o no como contribuyente, certificado del IESS en el que se indique si recibe o no alguna remuneración por pensiones, montepío, jubilaciones; certificado de aportes del IESS; certificados bancarios y estados de cuenta de los seis últimos meses del solicitante de visado; certificado de bienes raíces expedido por el Registro de la Propiedad, que indique las propiedades que posee.

Otros miembros de la familia.

  1. Documentación acreditativa de la dependencia, del grado de parentesco y, en su caso, de la existencia de motivos graves de salud o discapacidad o de la convivencia.

Pareja de hecho no registrada

  1. Acreditación de la existencia de un vínculo duradero: convivencia marital de al menos un año continuado, acreditada documentalmente. En caso de que tengan descendencia en común, bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada.


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Comentarios

  1. 0983610668 dice:

    buenos tardes por favor quisiera saber si puedo viajar con mi hija le comento yo es tuve en españa barcelona ella nacio ahi y tuve que viajar al ecuador yoyo no tenia papeles de residencia mi hija no tiene la nacionalidad solo tiene el origen de nacimiento ya estamos 9 años en quito como puedo hacer para regresar a españa mi esposo tenia la residencia pero se caduco muchas gracias por su respuesta

  2. Lissette dice:

    Buen día porfavor quisiera me oriente respecto a que pasos seguir, yo soy ecuatoriana con nacionalidad española, he venido a Ecuador a casarme con mi pareja para poder llevarlo , ya estamos casados y quiero saber qué pasos debo seguir o hacer ahora?? Porfavor que debo hacer y cuánto tiempo tardaría el en poder ir a España conmigo

  3. Luis Ricardo Romero Allayco dice:

    Disculpe una pregunta , si mi padre está en España y yo estoy por cumplir los 21 años el consulado me da la visa de reagrupación familiar o como se puede hacer esos trámites para yo poder salir del Ecuador hacia España ya que me dijeron que si tengo 21 años mi padre ya no me puede llevar a vivir en España

  4. MIGUEL EDUARDO CHICAIZA CORONEL dice:

    aqui en su pagina si me aparece los requisitos específicos de la visa que tengo que pedir para reagrupación por regimen comunitario, pero en la pagina oficial del consulado en guayaquil y quito no sale especificado. entonces nose si al momento de ir me haran problema

  5. Buenas tardes soy ecuatoriana y tengo la nacionalidad española y estoy en España y quiero traer a mi hijo a España que requisitos tengo que mandar de España a Ecuador para que mi hijo presente en el consulado de España en Ecuador mi hijo tiene 26 años y depende de mi yo lo ago los envíos todos los meses esta estudiando

  6. Alexandra dice:

    Hola quisiera saber e obtenido la nacionalidad hace poco quisiera reagrupar a mi esposo que esta en mi país de origen Ecaudor podría informarme que requisitos le.piden en el consulado gracias ya voy a incribir el matrimonio

  7. Sylvia elizabeth dice:

    Hola acabo de obtener mi DNI y pasaporte español, tengo un hijo de 4 años en Quito Ecuador y deseo que venga rápido a reunirse conmigo que puedo hacer? Para traerlo lo más pronto posible? Que tiempo tarda solicitar su nacionalidad? O puede venir a españa como comunitario?+

  8. jenny dice:

    tengo cita para fines de este mes para ingresar los documentos para la solicitud en ecuador del visado de reagrupacion familiar en regimen comunitario, mi esposo es nacionalizado español y se acaba de registrar al paro hace unos dias, esto podria impedir la obtencion del visado para viajar a españa para la reagrupacion?

  9. Roxy dice:

    En el consulado de Quito si hace referencia la pareja de hecho no registrada y en el consulado en Guayaquil No, lo cual no me aceptan mi solicitud de reagrupación por no tener un vínculo jurídico que seria mi caso vivo en ecuador con mi pareja español convivencia de 3 años y un hijo en comun de 1 año, no hemos formalizado la unión,y por tanto me indican q no me puede reagrupar…Que podría hacer en este caso

  10. María dice:

    Hola! Dra. Michelín. Me llamo María y tengo 70 años. Soy española de origen por la Ley de Memoria Histórica, nacida en Cuba. Soy comunitaria y resido en España. Tengo una hija mayor de edad que depende económicamente de mí y está a mi cargo. Quisiera reagruparla. Mi pregunta es: Puedo acreditar los medios económicos con una cuenta bancaria en España de más de 5 mil euros, en caso de no encontrarme trabajando y con envíos de dinero para su manutención? Un saludo y le agradezco de antemano su ayuda.

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