La Subdirección General de Autorizaciones de Trabajo de esta Comunidad Autónoma ha publicado la nota informativa 2/2020 relativa a la Reapertura de las citas previas y la presentación de documentación de extranjería en Catalunya:
«Próximamente, las oficinas de atención ciudadana (OAC) reanudarán su actividad habitual.
Para evitar desplazamientos innecesarios, hemos mejorado los siguientes aspectos informativos del web de Extranjería de la Generalitat de Catalunya:
- Hemos reestructurado y actualizado el apartado Normativa.
- Hemos redefinido las indicaciones del subapartado Cómo y dónde presentar la solicitud dentro del apartado Procedimiento: La autorización de residencia y trabajo.
- Hemos actualizado las Preguntas más frecuentes y hemos incorporado un apartado nuevo sobre Casuística de suspensión y reanudación de plazos y prórroga de autorizaciones.
En cuanto a las OAC y los trámites de extranjería, deben diferenciarse dos situaciones:
- La presentación de solicitudes de modificaciones y de prórrogas (procedimientos cuyo nombre empieza por MOD y los procedimientos AUT04c, AUT04d, AUT05c, AUT05d y AUT06c), así como la aportación de documentación de cualquier tipo:
– Se recomienda presentar los documentos utilizando la petición genérica electrónica (https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Peticio-generica) con firma electrónica. Es importante que la petición se dirija al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias y que se indique el tema (Trabajo) y el subtema (Extranjería. Permiso de trabajo) correspondiente.
En los casos en que no se puedan presentar telemáticamente, puede dirigirse a cualquier registro administrativo de la Generalidad de Cataluña, preferentemente a alguna de las oficinas de atención ciudadana del Departamento, y seguir las
indicaciones de cada centro, que normalmente atenderá con cita previa.
- La presentación de solicitudes iniciales (procedimientos cuyo nombre empieza por AUT, excepto las prórrogas):
– En este caso, la solicitud debe presentarse como se hacía habitualmente. Debe pedir cita previa mediante el programa específico de extranjería que se encuentra en este enlace: https://treball.gencat.cat/es/ambits/estrangeria/tramitacio/proces_autoritzacio/solicitud/
Le informamos que, durante todo el estado de alarma, esta Subdirección General ha tenido permanentemente operativa la vía electrónica para presentar solicitudes y documentos. Además, ha avanzado en la resolución de todos los expedientes, tanto los anteriores como los de nueva entrada.
No obstante, considerando la excepcionalidad del momento, no se resolverá ningún expediente que tenga un requerimiento pendiente hasta que hayan transcurrido, como mínimo, 15 días naturales a contar desde el levantamiento del estado de alarma para que se pueda aportar la documentación requerida.
Barcelona, 27 de mayo de 2020
Subdirección General de Autorizaciones de Trabajo»
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