Me han denegado el matrimonio ¿Qué puedo hacer?

Me han denegado el matrimonio ¿Qué puedo hacer?

 

Algunas personas nos han estado consultando sobre qué hacer en caso de que les denieguen el matrimonio y por ello, hemos decidido explicar brevemente cómo proceder ante una situación cómo esta.

 

Al ser un matrimonio mixto, es decir entre un ciudadano español y un extranjero el procedimiento es muy específico y distinto, por lo tanto, tendrás que aportar documentos y llevar a cabo una serie de trámites: con testigos, audiencia reservada, un informe del fiscal, que acaba con un auto de resolución (o visto bueno) del juez encargado del Registro Civil. Este último acordaría aprobar la celebración del matrimonio o puede incluso denegar, porque puede considerarse que existe un fraude o algún error en el procedimiento.

 

¿QUIÉN DECIDE LA DENEGACIÓN?

 

De la misma manera, cuando un español se casa en el extranjero con su pareja, esos matrimonios son objeto de inscripción en el Registro Civil español.  De ello se entiende que se encuentran sujetos a unos requisitos muy similares a los que se exigen en la celebración de matrimonios mixtos en España.

 

Igualmente esos procedimientos de inscripción del matrimonio extranjero están sujetos a una autorización por parte del encargado del Registro Civil, que en muchos casos suele ser concediendo la inscripción o bien denegándola.

 

En el último caso, el juez encargado del Registro civil o los cónsules determinan que los matrimonios no son auténticos o bien de conveniencia.

 

ENTONCES ¿QUÉ PUEDO HACER EN CASO DE DENEGACIÓN DEL MATRIMONIO?

 

Lo primero que puedes hacer es recurrir. La normativa que regula este procedimiento establece la posibilidad de interponer un recurso de apelación en un plazo de 15 días ante la Dirección General de los Registros y del Notariado.

 

Este órgano, dependiente del Ministerio de Justicia, se va a encargar de revisar ese procedimiento y las pruebas que aportemos junto a nuestro recurso, y conceder o volver a denegar esa inscripción de matrimonio o esa celebración del matrimonio, dependiendo del supuesto.

 

Ventajas del recurso de apelación por denegación del matrimonio

 

Es muy importante que, si han hecho un procedimiento de este tipo, se les ha denegado y consideran que se trata de una denegación injusta, puedan interponer este recurso.

 

En muchas ocasiones cuando se interpone este recurso, aportando todas la pruebas y documentos requeridos, suelen salir favorables.

 

Desventaja del recurso de apelación

 

El problema de estos recursos de apelación es que su respuesta se retrasa bastante. Suelen tardar en ser contestados hasta 2 años, con los graves perjuicios que implican para esas parejas que están esperando una solución a su situación.

 

Finalmente, si el recurso es favorable el matrimonio se podrá celebrar. Quedará así inscrito y se podrán beneficiar de todas las consecuencias derivadas de la realización efectiva de su matrimonio. Incluidos, asimismo, el poder obtener la Tarjeta Comunitaria u otras ventajas del régimen comunitario.

 

Otra opción al recurso

 

Existe otra opción, de interponer una acción civil o demanda civil declarativa para que sea un juez el que declare que ese matrimonio es real y auténtico. Si bien esta vía no es la más normal.

 


 

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Comentarios

  1. Michel dice:

    inconveniente y es que al ser primos hermanos no nos quieren casar toca presentar un permiso o algo así , mi pregunta es si nos aceptan y nos casamos por iglesia a la hora de registrar el matrimonio que sucedería ? Nos lo negarian o tendríamos que volver a hacer entrevista y todo esto??

  2. Jorge dice:

    Estimada abogada, muchas gracias por su información, siempre tan aclaratoria y completa. Le consulto mi caso, estoy a la espera de concesión de la nacionalidad, después de la jura, el trámite para inscribir mi matrimonio de más de 20 años de casados, y con hijos mayores de edad ¿sería más sencillo y rápido el trámite? Vivimos en Madrid. Un saludo.

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