Dispensa de los exámenes de nacionalidad española CCSE y DELE

Dispensa de los exámenes de nacionalidad española CCSE y DELE

Hoy les vamos a hablar sobre la dispensa de nacionalidad de los exámenes CCSE Y DELE, ¿Bajo que supuestos se puede solicitar ante el Ministerio de Justicia?, ¿Qué documentos deben aportar? y ¿Cuándo debemos solicitarla?:

Este nuevo reglamento contempla la posibilidad de solicitar ante el Ministerio de Justicia la excepción de las pruebas DELE y CCSE en bajo tres supuestos:

 

– Personas que no sepan leer ni escribir, Para solicitar la dispensa por este motivo será necesario acompañar acta notarial acreditativa de dicha circunstancia.

Que no sepan leer ni escribir español, aún cuando lo sepan hacer en su lenguaje nativo.

Las personas que se acojan a este apartado, el Ministerio de Justica podrá aprobarle la dispensa bajo la condición de que ambas pruebas CCSE y DELE se hagan de forma oral.

 

– Personas con dificultades de aprendizaje,

Este supuesto, se subdivide en tres grupos, ellos son:

  1. Solicitantes mayores de 70 años

Para esto, los solicitantes nacidos en España deberán acompañar certificado literal de nacimiento del solicitante inscrito en Registro Civil Español.

Los solicitantes nacidos fuera de España deberán acompañar certificado literal de nacimiento del solicitante, legalizado y en su caso traducido.

En ambos casos, se acompañará certificado o informe del facultativo en el que quede constancia de la imposibilidad de efectuar los exámenes incluso en su versión adaptada a condiciones especiales

2. Solicitantes con discapacidad superior al 65%

Los solicitantes que aleguen esta causa deberán acompañar el oportuno certificado oficial de discapacidad expedido por la Administración Pública Española competente, complementado por certificado o informe del facultativo en el que quede constancia de la imposibilidad de efectuar los exámenes incluso en su versión adaptada a condiciones especiales

3. Otras dificultades de aprendizaje (si esos supuestos anteriores no aplican para tu caso en especifico puedes indicar en este apartado que dificultad tienes)

También, se acompañará con certificado o informe del facultativo en el que quede constancia de la imposibilidad de efectuar los exámenes incluso en su versión adaptada a condiciones especiales.

Solo podrán solicitar la dispensa a que se refiere este apartado, aquellas personas que adolezcan de dificultades de aprendizaje, debidamente acreditadas, de tal índole que no permitan la realización de las pruebas adaptadas por el Instituto Cervantes

 

En todos los casos que hemos mencionado, el Instituto Cervantes tiene pruebas adaptadas para:

  • Personas con capacidad visual reducida, parcial o total
  • Personas con capacidad auditiva reducida, parcial o total
  • Personas con motricidad reducida
  • Personas con ciertas dificultades de aprendizaje (dislexia o disgrafía).
  • Personas que residan en centros religiosos de clausura o estén ingresados en centros sanitarios por un período superior a 2 meses.

 

En todos estos casos, La solicitud de dispensa se tendrá que hacer al Ministerio de Justicia, antes de solicitar la Nacionalidad, es decir, antes de presentar el expediente de manera telemática.

Las personas interesadas deben esperar la respuesta del Ministerio de Justicia en relación con su dispensa para poder solicitar la nacionalidad.  La dispensa podrá ser aprobada, denegada o aprobada parcialmente dependiendo de cada caso.

 

Por último, podrán solicitar la dispensa:

  • Los solicitantes titulados en educación secundaria obligatoria española.

Podrán solicitar la dispensa, quienes hayan estado escolarizados en España y superado la Educación Secundaria Obligatoria.

  • Los solicitantes titulados en estudios oficiales de nivel medio o superior

Podrán solicitar la dispensa quienes hayan cursado y superado los estudios oficiales de nivel medio o superior para los que se hayan matriculado en España, en lengua española.

Para este último caso en concreto, se podrá solicitar la dispensa en el mismo expediente de solicitud de nacionalidad telemática.

Para esto, deberás aportar documentos adicionales tales como:

  1. Certificado de haber aprobado la ESO en España
  2. Certificado de haber aprobado estudios oficiales de nivel medio o superior
  3. Formato de solicitud de la dispensa.

El formato de solicitud de dispensa de pruebas DELE y CCSE se puede descargar en Internet en la Sede del Ministerio de justicia.

 

Nuestra abogada, te lo explica:

 

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Comentarios

  1. Mohamed dice:

    Ola estoy casado con española llevo 6 años casado y kiero pedir la nacionalidad pero yo no sabe ni ler ni escribir que hago

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Mohamed,

      En ese caso en principio puedes pedir una dispensa de los exámenes CCSE Y DELE de nacionalidad española, por este motivo de no saber leer y escribir. Será necesario acompañar acta notarial acreditativa de dicha circunstancia.

      Que no sepan leer ni escribir español, aún cuando lo sepan hacer en su lenguaje nativo.

      Las personas que se acojan a este apartado, el Ministerio de Justica podrá aprobarle la dispensa bajo la condición de que ambas pruebas CCSE y DELE se hagan de forma oral.

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      Un saludo,

      Machelin

  2. Claudine dice:

    Buenos días,

    Tengo un grado superior en administración y finanzas superado en España y me gustaría saber si puedo tramitar la dispensa de los exámenes de nacionalidad española CCSE y DELE.

    Un saludo,

    Claudia.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Claudine,

      Efectivamente, puesto que tienes un título de grado superior en administración y finanzas, puedes solicitar la dispensa para los exámenes del CCSE y DELE. Desde este despacho, nosotros los abogados podemos llevar tu trámite.

      Además te recomiendo que veas este vídeo para más información:
      https://www.youtube.com/watch?v=YCaNITXd61o

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      Muchas gracias
      Un saludo!

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