¿Qué es la Declaración de Entrada en territorio español? ¿Cómo se hace? ¿Cuándo es necesaria?

¿Qué es la Declaración de Entrada en territorio español? ¿Cómo se hace? ¿Cuándo es necesaria?

Si estas en España bajo la modalidad de residencia, bien sea temporal o residencia de larga duración y estás pensando ir a tu país de origen por un tiempo, debes tener en cuenta la declaración de entrada al momento de volver a España.

Actualmente en este despacho, estamos llevando un procedimiento de extinción de tarjeta comunitaria de una cliente, el motivo que alega la administración es que excedió el tiempo que podía estar fuera de España.

Pensado en vosotros, hemos decidido escribir este artículo.

La declaración de Entrada a España será necesaria cuando vengamos de un país con el que España tenga un acuerdo de eliminación de control de fronteras o estampación de sello o signo en el pasaporte o título de viaje.

No quiere decir que cada vez que viajemos sea necesario hacer la declaración de entrada, ya que si en nuestro pasaporte se estampa el sello de entrada a España ya quedaría constancia que hemos regresado a territorio español.

 Si regresas a través de un país como Francia, por ejemplo, donde tu pasaporte no tendrá el sello español cuando entres a España, sera necesario que rellenes y presentes este formulario: DECLARACIÓN DE ENTRADA EN TERRITORIO ESPAÑOL (RD 557/2011)

¿Dónde hago la declaración de entrada?

La persona interesada deberá rellenar el impreso previsto para dejar constancia de la entrada.

Por tanto, tendrán la obligación de declarar la entrada ante las autoridades policiales españolas.

(Todo ciudadano extranjero procedente de un Estado con el que España haya firmado un acuerdo de supresión de controles fronterizos)

¿Cómo hago la declaración de entrada en territorio español?

La declaración deberá realizarse personalmente en el momento en el que se efectúe la entrada en el puesto policial existente en la frontera. En el caso de que no exista dicho puesto policial, la declaración de entrada deberá efectuarse en cualquier Comisaría de Policía y Oficina de Extranjeros en el plazo máximo de 72 horas a partir del momento de la entrada.

En el caso de que te encuentres en esta situación debes hacer dicha declaración de entrada para no tener luego ningún problema con tu tarjeta de residencia en España. Puedes descargarte el modelo oficial haciendo clic en este enlace:  DECLARACIÓN DE ENTRADA EN TERRITORIO ESPAÑOL (RD 557/2011)

 

Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario https://www.machelindiaz.com/cita-abogado-online/, las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida, puedes llamarnos de forma gratuita al teléfono +34 910 601 978, 608 807 336 y solicitar una cita con nuestra abogada,

Para las personas en el extranjero, podemos agendar una consulta online vía SKYPE, puedes solicitar tu cita previa al correo consulta@machelindiaz.com.

Comentarios

  1. Sandra Garcia dice:

    Hola, mis padres llegaron a Espana el 17 de Agosto 2021 con una visa de residencia no lucrativa. Les sellaron su pasaporte en la aduana (aeropuerto Barajas, Madrid). En el plazo de un mes deberan tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjerio (TIE), pero estaba leyendo que la solicitud inicial necesita lo siguiente:
    Pasaporte o título de viaje con el sello de entrada, signo o marca de control realizado en el puesto fronterizo. En su defecto, pasaporte o documento de viaje en vigor y declaración de entrada que deberá haber efectuado personalmente en cualquier Comisaría de Policía u Oficina de Extranjeros en el plazo máximo de 72 horas a partir del momento de la entrada en España; o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
    El sello en el pasaporte lo tenemos, pero la declaration de entrada en el plazo de 72 horas no la hicimos.

    En este caso que se puede hacer?

  2. Wilfred dice:

    Hola, soy de Filipinas y viajo a España hace una semana.
    Ingresé a España desde Zúrich, Suiza en avión y no recibí un sello de entrada a mi llegada a España. Acabo de recibir una información que necesito para obtener una declaración de ingreso dentro de las 72 horas, pero fui a la estación de policía del aeropuerto un día después de las 72 horas. No puedo obtener la declaración de entrada, pero el oficial de policía me dijo que todavía puedo obtener la tarjeta de residencia siempre que tenga un sello de entrada de cualquier país Schengen. ¿Es correcta esta información? ¿Habrá algún problema para obtener la tarjeta de residencia?

  3. Lovely dice:

    I need to know what are my options and where do I go to get the declaration of entry if I missed the 72 hour mark.

  4. Bruno dice:

    Buenos días, Soy Bruno de Argentina. Me encuentro en España con un visado de estudiantes.
    Ingrese a España en bus desde Italia, por lo que mi pasaporte no lo sellaron. Intente realizar mi declaración de presencia en la oficina de Extranjeria de Aluche y me dijeron que no era posible porque habían pasado más de 72hs, pero me dijeron que traiga el día que tengo turno para el NIE mi billete de bus que eso bastaría. Es correcto lo que me informaron ??

  5. Mar dice:

    Buenas tardes, he viajado a Colombia durante un mes, a la salida me sellaron el pasaporte en España pero a la entrada el policía al ver que tengo residencia comunitaria no me lo selló, al preguntarle que si me habia sellado me dijo que con mi tarjeta no era necesario. Mi duda es si este sello de entrada puede perjudicar futuras solicitudes de residencia o posible nacionalidad? Gracias.

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