Permiso para la Búsqueda de Empleo: Preguntas frecuentes

Permiso para la Búsqueda de Empleo: Preguntas frecuentes

 

La Autorización de Residencia para la Búsqueda de Empleo se ha convertido hoy día en una buena opción para seguir en España de forma legal y tener la oportunidad de buscar empleo acorde a tus estudios.

Aunque este permiso lleva con nosotros ya algunos años, muchas personas nos siguen contactando con dudas sobre esta autorización de residencia en España.

 

AUTORIZACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE EMPLEO

Como decimos, el pasado año 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-Ley 11/2018, de 13 de agosto, de transposición de directivas en materia de protección de compromisos por pensiones con los trabajadores, prevención del blanqueo de capitales y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros y por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Esta Directiva tenía como objetivo mejorar la posición de la Unión Europea en la competencia mundial por atraer talento y promoverla como centro mundial de excelencia para estudios y formación, mediante la supresión de barreras migratorias y mejores oportunidades de movilidad y empleo.

A través de este Real Decreto añade se introdujo una Disposición adicional decimoséptima en la Ley 14/2013 ( Ley de emprendedores), quedando redactada de la siguiente forma:

” Una vez finalizados los estudios en una institución de educación superior, los extranjeros, que hayan alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado, podrán permanecer en España durante un período máximo e improrrogable de doce meses con el fin de buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial. (…).

 

REQUISITOS DEL PERMISO PARA LA BÚSQUEDA DE EMPLEO

Como cualquier otro permiso es necesario cumplir con una serie de requisitos que son concretamente:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • Ser titular de una autorización de estancia por estudios o prórroga de la misma.
  • Haber finalizado los estudios y haber alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado universitario
  • Contar con un seguro médico público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de residencia y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
    • Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento, en cuyo caso será del 50% del IPREM, por todo el tiempo que haya de durar la residencia.
    • Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la residencia.

 

SOLICITUD DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE EMPLEO

Desde el pasado 4 de septiembre de 2018, la normativa entra en vigor y cualquier estudiante que cumpla con los requisitos mencionados puede iniciar el proceso de solicitud de este permiso.

El plazo para la presentación es de 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la estancia por estudios y durante los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de dicha autorización de estancia.

 

PRESENTAR LA SOLICITUD DEL PERMISO PARA LA BÚSQUEDA DE EMPLEO

La solicitud se presentará a través de medios electrónicos, es decir, de forma telemática. Pero, a día de hoy, no se ha habilitado una opción específica para la solicitud de este permiso en la plataforma mercurio. Por tanto, hasta que se habilite, las presentaciones deberán realizarse a través del Registro Electrónico Común (Red SARA).

Toda la documentación debe presentarse ante la Oficina de Extranjería que corresponda por tu lugar de domicilio.

 

PLAZO DE RESOLUCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE EMPLEO

Otra cuestión que es importante que tengas en cuenta es que en este procedimiento existe un silencio administrativo positivo.

Si transcurridos 20 días hábiles desde la presentación de tu solicitud no tienes respuesta, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo.

 

MODIFICAR EL PERMISO PARA LA BÚSQUEDA DE EMPLEO

La idea de este permiso es permanecer en España de forma legal para poder buscar empleo e incorporarnos al mercado laboral. En este caso, y siempre que encuentres una oferta de empleo acorde a tus estudios y tu formación podrás modificar tu permiso a una Autorización de Residencia y trabajo por Cuenta Ajena, por Cuenta Propia o una Autorización de Residencia como Profesional Altamente Cualificado.

 


 

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