NUEVO PROCEDIMIENTO DE EXTRANJERÍA, OCTUBRE 2016

NUEVO PROCEDIMIENTO DE EXTRANJERÍA, OCTUBRE 2016

NUEVO PROCEDIMIENTO DE EXTRANJERÍA, NUEVO PROCESO ADMINISTRATIVO.

Desde el lunes 3 de octubre 2016 entro en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que deroga la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a continuación, presentamos la lista de procedimientos de Extranjería y Nacionalidad que se pueden presentar de forma telemática;

Esta nueva Ley pretende gestionar los expedientes que presentamos en las oficinas de extranjería de forma más ágil, evitando la solicitud de la cita previa ante Extranjería y ante el Registro Civil; disminuyendo el tiempo de espera, y disminuye el uso de papel.

La nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas permite (y obliga) a los representantes de los interesados que la mayoría de los procedimientos se presenten de forma telemática.

¿QUÉ TRÁMITES PERMITEN LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA EN LOS PROCEDIMIENTOS DE EXTRANJERÍA?

  • Solicitud de Autorización de Residencia de Larga Duración por supuesto general de 5 años de residencia continuada en España. (art 148.1 RD 557/2011)
  • Renovaciones de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
  • Renovaciones de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia
  • Renovaciones de autorización de residencia no lucrativa
  • Renovaciones de autorización de residencia por reagrupación familiar
  • Renovaciones de autorización de residencia y trabajo como trabajador altamente cualificado (Tarjeta azul)
  • Renovaciones de autorización de residencia y trabajo de investigadores
  • Renovaciones de autorización de residencia con exceptuación a la autorización de trabajo
  • Modificación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razones de arraigo laboral, social con habilitación para trabajar, y familiar, o cualquier otro caso en el que el titular haya obtenido autorización para trabajar, a autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia
  • Prórroga de Autorización de Estancia por Estudios, Movilidad de Alumnos, Prácticas no laborales o servicios de voluntariado
  • Prórroga de Autorización de Estancia de familiares de titular de Autorización de Estancia por Estudios, Movilidad de Alumnos, Prácticas no laborales o Servicios de Voluntariado
  • Modificación de Autorización de Estancia por Estudios, Movilidad de Alumnos, Prácticas no laborales o servicios de voluntariado a Autorización de Residencia y Trabajo o Residencia con Exceptuación a la autorización de trabajo
  • Modificación de Autorización de Estancia de familiares de titular de Autorización de Estancia por Estudios, Movilidad de Alumnos, Prácticas no laborales o Servicios de Voluntariado a Residencia por Reagrupación familiar
  • Aportación de documentación (mientras el expediente está en trámite)
  • Recursos de Reposición y Alzada

En el caso de Catalunya, aquellos trámites de extranjería que se realicen ante la Generalitat se seguirán haciendo como hasta ahora puesto que la Generalitat aún no dispone de todas las posibilidades técnicas para adaptarse a la Nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Las solicitudes iniciales que se insten por parte del interesado, por ejemplo, el Arraigo o la Tarjeta de Familiar de Comunitario sigue siendo presencial; como hasta ahora, ante la correspondiente oficina de extranjeros.

El solicitante podrá instar solo el procedimiento o asistido de su representante.

Comentarios

  1. Raul Lopez dice:

    Quería preguntar si para tramitar residencia y trabajo inicial, si ya an activado poder tener contrato agrícola de un año o si an modificado la ley por yo estar varios años empadronado aquí en España gracias

    • gestion_machelin dice:

      Estimado Raul,
      Requisitos del contrato de trabajo presentado junto con solicitud de residencia por arraigo social: El contrato tiene que ser a jornada complete(40 horas semanales) debe ser de duración un año con salario por encima del mínimo interprofesional.
      No importa la actividad que vayas realizar

      Espero haberte ayudado. Si requieres mayor aclaración, puedes realizar una cita para una consulta presencial o online (vía Skype, Whats app o telefónica) directamente conmigo.
      Puedes agendar tú mismo la cita a través de mi página web https://www.machelindiaz.com , también puede escribirnos indicando la fecha y hora en que deseas la cita a través de consulta@machelindiaz.com.

      Un saludo,
      Máchelin.

  2. pedro cajilema dice:

    Me gustaria saber los que benimos con el retorno voluntario a Ecuador que tramites se puede aser para retornar a España gracias

Comentar

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies