Guía práctica para tramitar una Estancia de Estudiante

Guía práctica para tramitar una Estancia de Estudiante

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Hemos realizado un resumen con las preguntas que nos han hecho en el directo más reciente que hemos transmitido a través de nuestras redes sociales. Pensamos que esta información le puede servir de gran ayuda a todas aquellas personas que se encuentran tramitando un visado de estudiante o una estancia de estudiante en España.

Preguntas del Régimen de estudiante

¿puedo demostrar la solvencia económica por medio de los recursos económicos de mis padres?

Por supuesto. En estos casos presentamos declaración jurada responsable notarial y apostillada. Soportada con los medios de vida de los padres. Movimientos bancarios últimos 6 meses con saldos disponibles. Extractos bancarios tarjetas crédito con saldos disponible. O Certificado bancarios de ahorros en cuenta. Certificaciones laborales, nominas para acreditar ingresos recurrentes.

Es este momento de Estado de Alarma países o Estado de Emergencia también podemos aportar Declaración responsable simple.

¿Como debe ser el seguro médico que debo de aportar?

Es un seguro medico privado, Sin Carencias, Sin Copagos y sin LIMITES DE COBERTURA: cubra hospitalización.  Adeslas, Sanitas o cualquier aseguradora que tenga presencia en España y que pueda ofrecer este tipo se seguros como lo exige extranjería.

¿Dónde tramito el Certificado médico en mi país de origen?

En los centros médicos autorizados en cada país. Legalizado y apostillado. Lo importante es que el Certificado Médico indique que el interesado no padece NINGUNA ENFERMEDAD, SUSCEPTIBLE DE CUARENTENA o INFECTOCONTAGIOSA o de otro tipo que pueda poner en riesgo la salud pública, conforme al Reglamento Sanitario Internacional de 2005.  

Aquellas personas que pueden entrar a España sin visado también lo pueden gestionar en España con Sanitas, Adeslas o cualquier otro Centro Médico reconocido y la ventaja es que no necesita apostilla.

Cabe mencionar que este Certificado Médico solo lo piden cuando los estudios son superiores a 6 meses.

Paginas Consulado suelen publicar el MODELO, de lo que debe indicar el Certificado Médico.

Cuál es tu recomendación, ¿Qué es mejor un visado de estudiante en el país de origen o entrar como turista y solicitar la estancia dentro de España?

Nosotros siempre recomendamos que los nacionales de los países que están exentos de visado: Colombia, Perú, chile… entren a España como turistas y aquí en territorio español solicitar la Autorización de Estancia por estudios.

Razones:

  • Desde el año 2018 existe esa posibilidad gracias a un cambio normativo que hubo con el RD 11/2018 y la Instrucción de estudiantes de la DGM.
  • En España tenemos más garantías frente a la administración pública

Plazo: dentro de los 60 días de estancia por turismo

Vía: Telemática

Organismo competente: Correspondiente Oficina de extranjería.

No tengo certificado digital ¿Cómo puedo solicitar la estancia de estudiante?

En principio es un trámite telemático y para hacerlo por esta vía, se requiere certificado digital. Sino lo tienes puedes hacer tu solicitud con el certificado digital de otra persona que si tenga con una autorización que tu le hagas para que pueda presentar tu solicitud.

O también lo puedes hacer con un abogado experto en esta materia, quien presentara tu solicitud con su certificado digital. 

Se puede presentar de manera presencial en un registro público (ayuntamiento, hacienda, seguridad social, delegación de gobierno)

En algunas provincias conocemos que se realiza con cita previa o sin cita en la oficina de extranjería que le corresponde.

¿Cómo se llama la plataforma para tramitar la estancia de estudiante en España?

  1. RED SARA. Registro Electrónico común. Solicitud debe ir dirigida la solicitud a la provincia correspondiente donde vayas a cursar los estudios.
  • Plataforma Mercurio:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio/inicioMercurio.html

Me han denegado mi visado de estudiante porque no tengo medios económicos suficientes, ¿Qué debo hacer?

Legalmente frente a una denegación de un visado, caben los recursos de ley. Reposición ante el propio Consulado y el Judicial contencioso administrativo. Nosotros siempre recomendamos agotar la vía del recurso de Reposición ante el Consulado antes de acudir al Contencioso.

En todo caso hay que valorar la viabilidad del recurso y ver si el Consulado no tuvo en cuenta los medios económicos aportados, si se pueden aportar medios económicos adicionales o si en dado lo mejor es volver a presentar una nueva solicitud de visado con el expediente completo cumpliendo todos los requisitos.

¿Qué tiene que decir la carta de matriculación del centro de estudio para que el consulado la pueda aceptar?

– Admitido definitiva y matriculado

– Duración de los estudios: fecha de inicio y fecha de finalización

– Modalidad

– Carga horaria / lectiva semanal

–  Contenido del Plan de estudios/ formación o investigación

– Practicas no remuneradas o servicios de voluntariado: Convenio en practicas firmado

¿Cuántas horas lectivas debe tener los estudios para que sirva para el visado?

Como mínimo 20 horas lectivas semanales PRESENCIALES, debe tener el programa de estudios.

¿Cómo se si el centro de estudio sirve para presentar la carta en el consulado, si está inscrito en el ministerio de educación de España?

En la web del Ministerio de Educación Cultura y Deporte Registro Estatal de Centros Docentes Oficiales:

  • Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT)

https://www.educacion.gob.es/ruct/listaestudiosuniversidad.action?codigoUniversidad=010&actual=universidades

  • Registro Estatal de Centros Docentes no Universitarios (RCD)

https://www.educacion.gob.es/centros/selectaut.do;jsessionid=62BB26F64D9488A2230483607376DEC5

¿Para el visado de estudiante necesito antecedentes penales?

Depende:

  1. Si eres mayor de edad penal o no. En España la mayoría de edad es a los 18 años.
  • Si es menor de edad NO necesita antecedentes penales independientemente de la duración de los estudios.
  •  
  • Si el visado de estudios es inferior a 180 días, es decir, 6 meses, No necesitas Antecedentes Penales.
  • Si, por el contrario, el visado es superior a 180 días, por ejemplo, unos estudios cuya duración es de un año, SI necesitas Antecedentes penales legalizados y apostillados.

Los antecedentes penales deben de tener una vigencia NO SUPERIOR A TRES MESES.

¿Cuál es la tasa que debo de pagar? ¿Cuánto es? ¿Dónde la pago?

Tasa de la Autorización de estancia por estudios en España es 17, 15. Se paga en cualquier banco por ventanilla o también telemáticamente.

Visado de estancia por estudios, la tasa son aproximadamente 60 euros.

He solicitado la estancia de estudiante en el ayuntamiento en septiembre y me han requerido, la carta de requerimiento no llego y fui notificada por el BOE, debo aportar los antecedentes penales del país de origen, pero eso ya lo había aportado al principio. ¿Qué debo hacer?

Es lo que suele pasar con las solicitudes presentadas por registro público, tardan muchísimo tiempo en registrarse o incluso que los documentos del expediente se pierden o extravían.

Si aun estas en plazo de aportar los antecedentes penales requeridos, se pueden aportar al expediente por medios telemáticos y para eso necesitas certificado digital propio o a través del certificado digital de un tercero autorizado.

Si te han denegado la solicitud y están en plazo puedes recurrir, alegando que no fuiste notificada personalmente del requerimiento y dentro del recurso se aportan los penales requeridos, indicando que tus los aportaste al momento de la solicitud junto con los demás documentos necesarios para el trámite.

¿Puedo solicitar el Certificado Digital si soy turista?

Si eres turista, te identificas con pasaporte. Y con ese documento NO ES POSIBLE solicitar el Certificado Digital. El certificado digital se tiene que tramitar con número de NIE o DNI.

¿Qué puedo estudiar en España para que me aprueben el visado?

No existe un catálogo concreto de estudios para que el Consulado de España correspondiente apruebe en visado de estudios.

Lo que mira el Consulado es que el Centro de Estudios sea oficialmente reconocido en España por el Ministerio de Educación o por la Consejería de Educación y esos estudios cumplan con el mínimo de 20 horas lectivas a semana.

Los estudios pueden ser desde estudios Universitarios como: Grado estudiar la carrera, Master a Doctorado.

Pero también pueden ser cursos NO UNIVERSITARIOS de FP básica, media, superior.

Incluso los estudios pueden ser de Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato.

Vine a España con visado de estudiante a estudiar un master, ¿debo sacar la TIE? ¿necesito estar empadronado?

Si los estudios son mayores a 6 meses, 180 días, debes tramitar el TIE: Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde la entrada a España. SI NECESITAS ESTAR EMPADRONADO, de hecho, para la huella debes llevar un volante de empadronamiento.

Si son estudios menores a 180 días NO ES preciso tramitar TIE.

Tengo estancia de estudiante ¿Cuánto tiempo puedo salir de España sin que me quiten el permiso de estancia?

Mientras tengas el TIE de estudiante vigente en vigor, puedes salir y entrar a España sin problema. Es decir, legalmente no hay un plazo establecido de ausencias permitidas fuera del territorio español, que en caso de superarse puede dar lugar a la perdida del estatus de estudiante.  Cosa que, si ocurre con las personas que tienen tarjetas de residencia temporales, de larga duración o permanentes en el régimen general o en el régimen comunitario.

De cualquier forma, los estudiantes en principio en periodo no lectivos, suelen viajan los estudiantes cuando no tenga clases.

Tengo tres años estudiando un grado en España, todos los años renuevo mi tarjeta ¿Cuándo puedo pedir la nacionalidad española?

Lamentablemente el tiempo de estudiante, estancia por estudios, no cuenta para la nacionalidad.  Es una estancia y no residencia. Y para la nacionalidad el código civil español pide acreditar un tiempo mínimo de residencia dependiendo de la nacionalidad del interesado se exigirá 2 años de residencia (iberoamericanos), 5 años (refugiados), 10 años para los asiáticos, entre otros.

– En todo caso, el tiempo de estudiante computa a la mitad en el momento en que el interesado pueda solicitar una Tarjeta de Larga Duración Unión Europea. Por ejemplo, si has estado tres años como estudiante, de cara a la Tarjeta de Larga Duración Unión Europea tienes una año y medio.

– De igual manera, tienes la opción de cambiar el estatus migratorio bien:

1. Modificación de estancia por estudios a residencia y trabajo por cuenta ajena o propia

2. Solicitar una Residencia por búsqueda de empleo: estudios a partir del Nivel: Grado, Master, Doctorado.

3. Incluso solicitar una Residencia por prácticas profesionales si los estudios superiores los has terminado en los últimos dos años y con un convenio o contrato en prácticas.

Estoy en España con tarjeta de estudiante ¿me puedo casar con un español y cambiar a Tarjeta de Familiar Comunitario?

Si sin problema, es una alternativa viable y legal para poder cambiar el estatus migratorio. Pasar de una estancia por estudios a una residencia que te permite RESIDIR y TRABAJAR. Y al año de estar casado solicitar la NACIONALIDAD POR RESIDENCIA acogiéndose al PLAZO REDUCIDO DE UN AÑO.

Quiero ir a España a estudiar un máster, ¿puedo llevar a mi mujer y mi hija conmigo? ¿Cuánto dinero necesito tener?

Si puedes solicitar el visado de estancia por estudios para ti como titular y para tus familiares: cónyuge e hijos menores de 18 años para que vengan como acompañantes por todo el tiempo de duración de los estudios.

Los recursos económicos son:

  1. 100% del IPREM para el titular (548,60 euros mensuales), siendo al año 6.583,20 euros, salvo que demuestre tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar su estancia.
  2. 75% del IPREM para primer acompañante por ejemplo Cónyuge: 4.937
  3. 50% del IPREM para cada miembro adicional, un hijo: 3.291.5

Para unas tres personas: 1 titular + 2 acompañantes: 15.000 euros como mínimo al año.

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo.

¿Cuándo un estudiante puede cambiar a trabajo?

Antes del RD 11/2018 los estudiantes solamente podían cambiarse a trabajo por tres opciones:

  1. Modificación de estudio a trabajo cuando los estudiantes tenían tres (03) años y habían terminado sus estudios, con un contrato de trabajo o por cuenta propia.
  2. Arraigo social. Para esta vía, el estudiante debía tener el NIE caducado y era más sencillo y tenía algunas ventajas: – No era necesario que fuera el empleador a la Oficina de Extranjería iba directamente el estudiante. -Otra ventaja es que el estudiante no tenía que tener terminado los estudios sobre todo si es de Grado o Doctorado. – Podía se cualquier puesto de trabajo no necesariamente vinculado a los estudios.
  3. Profesional Altamente Cualificado. En cualquier tiempo que este como estudiante. Tampoco es necesario que los estudios estén finalizados. Lo importante es que haya una Gran Empresa Multinacional o PYME de Sector Estratégico que este interesado en contratar al extranjero/ estudiante y el criterio actualmente en cuanto al salario son 40.000 euros al año.

Con la entrada en vigor del RD 11/2018, se han abierto nuevos canales para los estudiantes. La situación es mejor porque siempre se pasa a Residencia y computa para la nacionalidad y se agregan:

  1. Autorización de estancia por estudios directamente en territorio español ante la correspondiente Oficina de Extranjería, alternativa que de la cual evidentemente pueden acogerse los extranjeros que no requieran visado para entrar a España y que se encuentren de manera legal en territorio español.
  2. Residencia por búsqueda de Empleo o para emprender un proyecto empresarial. Esta prevista para estudios de Nivel 6, 7 u 8, y en seguida modificar a la residencia y trabajo por cuenta ajena o propia. Son dos procedimientos: Residencia por búsqueda de Empleo o para emprender de proyecto empresarial (residencia no lucrativa, que permite trabajar) y luego hacer la modificación a una Residencia de trabajo.
  3. Residencia por investigadores, favoreciendo la movilidad dentro de la Unión Europea para los investigadores.
  4. Residencia por prácticas profesionales por convenio o por contrato en prácticas: por haber terminado estudios superiores a la solicitud o también pueden estarse cursando. Los estudios superiores pueden ser en el extranjero o en España. Nosotros recomendamos que sea con contrato de trabajo que permite tener esta residencia por tiempo máximo de dos años y no con convenio en prácticas.

¿Un estudiante puede trabajar siendo estudiante?

Puede trabajar siendo estudiante con convenio o con un contrato, con autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena y propia.


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