Las Comunidades Autónomas podrán contratar profesionales sanitarios extracomunitarios

Las Comunidades Autónomas podrán contratar profesionales sanitarios extracomunitarios

 

El martes 29 de Septiembre, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-Ley de medidas que permiten a las comunidades autónomas y al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) la contratación excepcional de personal facultativo y no facultativo para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

 

Dicho texto recoge así la posibilidad de que se pueda contratar a aquellos profesionales que, cuentan con el grado, licenciatura o diplomatura correspondiente pero carecen del título de especialista reconocido en España, para realizar funciones propias de una especialidad. Considerando esto, podrán ser contratados aquellos que hayan realizado pruebas selectivas durante la convocatoria 2019/2020, siempre que superen la puntuación mínima pero no tengan una plaza adjudicada.

 

Asimismo, podrá contratarse a personal sanitario que tengan el título de especialidad obtenido en un Estado no miembro de la Unión Europea, siempre que el Comité de Evaluación haya emitido el informe-propuesta regulado en el artículo art. 8.b), c) o d) del Real Decreto 459/2010, del 16 de abril.

 

De igual forma, es importante resaltar que el texto normativo recoge que el contrato que se suscriba permitirá el desempeño de la actividad asistencial y podrá prolongarse hasta doce meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses. Además, cabe destacar que el periodo de servicios prestados será tenido en cuenta para el reconocimiento de efectos profesionales del título de especialista.

 

Se considera que, esta nueva normativa podría suponer la contratación de unos 10.000 facultativos sanitarios por parte de las comunidades autónomas. En el campo de la Medicina, 4.557 profesionales que hicieron las pruebas selectivas de la FSE (Formación Sanitaria Especializada) en la convocatoria 2019/2020 no lograron plaza. Otras titulaciones que optaban a perfiles facultativos fueron: Psicología (2.802 profesionales), Farmacia (917 profesionales), Biología (557 profesionales), Química (161 profesionales) y Física (93 profesionales).

 

Prestación excepcional de servicios del personal sanitario

 

Algo fundamental a tomar en cuenta, el Real Decreto-Ley establece la prestación excepcional y transitoria de servicios del personal sanitario estatutario, laboral y funcionario. Así, indica asimismo que las comunidades autónomas podrán destinar el personal estatutario de Enfermería y médico facultativo especialista de área de cualquier especialidad, dentro de su centro hospitalario, a unidades asistenciales de otra especialidad distinta de la suya cuando el número de profesionales de dichas unidades no sea suficiente, como consecuencia de la pandemia por COVID-19. El objetivo, prestar atención sanitaria a los pacientes de dichas áreas, siempre que quede garantizada la asistencia sanitaria de sus unidades asistenciales de origen.

 

Además, cada comunidad autónoma podrá acordar que el personal de sanitario especialista estatutario que preste servicios en centros hospitalarios pase a hacerlo en los centros de Atención Primaria de su área de influencia con el objetivo de reforzarla y siempre que, como en el caso anterior, quede garantizada la atención sanitaria en sus unidades de origen.

 

Las comunidades autónomas también podrán destinar al personal estatutario de la categoría de Enfermería, médico/a o pediatra de Atención Primaria, de forma excepcional y transitoria, a prestar servicios en sus hospitales de referencia o a hospitales de campaña, si las necesidades lo demandan.

 

Respecto al personal funcionario autonómico o laboral que preste su actividad en establecimientos sanitarios de carácter público podrá ser destinado a cualquier dispositivo asistencial del Sistema Nacional de Salud.

 

Tramitación electrónica de la FSE

 

Una de las disposiciones finales del documento establece, por otro lado, que el acceso a la formación sanitaria especializada se efectuará a través de una convocatoria anual de carácter nacional y que las personas que participen en las pruebas selectivas deberán hacer los trámites correspondientes a través de medios electrónicos. Ello incluye la presentación de solicitudes, aportación de documentación y pago de tasas, así como la fase de adjudicación de plaza.

 

FUENTE DE INFORMACIÓN: Nota de prensa difundida por el Gobierno español

 


 

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