Visado para Artistas: Todo lo que necesitas saber

Visado para Artistas: Todo lo que necesitas saber

 

¿Eres artista y deseas presentarte en España? ¿O tienes una empresa que desea traer a un artista a territorio español? En cualquiera de los casos, acá te explicaremos brevemente cómo efectuar la entrada a España de un extranjero que desee realizar una actividad derivada de su condición de artista, la cual, la desarrollará en un periodo determinado de tiempo.

 

¿A qué nos referimos con artista? Hablamos de músicos, actores o cualquiera que desarrolle una actividad artística o de índole similar, y que deseen venir a España para el desarrollo de una actividad artística por un periodo inferior a tres meses.

 

Ahora bien, ¿Cómo se debe efectuar la entrada en España? ¿Se requiere de un visado para artistas?, ¿Se requiere un permiso de residencia?

 

Como regla general, para que un extranjero pueda trabajar en España necesita un permiso de residencia y trabajo. Nuestra normativa contempla distintos tipos de autorizaciones según las distintas especialidades: para investigadores, profesionales altamente cualificados, trabajos de temporada, deportistas…etc

 

Además, para la obtención de la mayoría de estos permisos, se nos exigirá que el trabajo a realizar, esté incluido en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura (que contempla puestos muy específicos), o bien, en cualquiera de los supuestos contenidos en el artículo 40 de la LO 4/2000.

 

No obstante, no tiene mucho sentido exigir a un cantante que obtenga un permiso de residencia si solo viaja a realizar un par de conciertos. Es por ello que, para ciertos casos, no se les exige una autorización de trabajo previo, pero sí un visado específico:

 

Los artistas que vienen a España a realizar actuaciones concretas no están obligados a disponer de un permiso de residencia y trabajo siempre que sus conciertos no superen los cinco  días continuados o veinte días de actuación en un período inferior a seis meses y superior a tres meses.

 

En caso de que los artistas no superen los cinco días continuados o los veinte días en un periodo inferior a tres meses, deberán solicitar un visado Schengen de corta duración aportando el contrato de trabajo para para el desarrollo de las actividades artísticas.

 

En caso contrario, el interesado solicitará un visado de residencia con excepción al permiso de trabajo. Para ello, deberá presentar la siguiente documentación:

 

-Formularios de solicitud

-Dos fotos tamaño carnet actualizadas con el fondo blanco.

-Pasaporte original en vigor

-Contrato de trabajo para actividad de duración limitada y DNI del promotor.

-Compromiso de retorno (billete de ida y de vuelta).

-Certificado de antecedentes penales.

-Certificado médico.

–Formulario EX-09 (autorización de residencia y excepción de la autorización de trabajo).

-Tasa por la autorización de residencia (modelo 790 código 012)

-Tasa consular

 

De igual forma, es aconsejable que solicites información al Consulado o Embajada de España que tengas más cercana a tu domicilio ya que, la documentación requerida puede variar.

 

Cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud. Todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento, o bien mediante Apostilla según Convenio de la Haya.

 

¿El artista debe darse de alta en la Seguridad Social?

 

Acá es fundamental destacar que, la mayoría de los acuerdos bilaterales con España dentro de esta materia establecen la regla de que la legislación aplicable es la del Estado del origen del músico. En este caso, no es necesaria el alta del mismo en nuestro sistema de Seguridad social, ni cómo autónomo ni en régimen de artistas. En este caso, el artista necesitará aportar un certificado de la autoridad administrativa correspondiente de su país que acredite que allí se encuentra de alta (contratado por una productora, oficina de management o dado de alta como autónomo).

 

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