ARRAIGO SOCIAL
El Arraigo Social es hoy día una autorización muy tramitada y muy solicitada por todos aquellos que nunca han tenido documentación o bien si la han tenido en algún momento, la han perdido al no poder renovar dichos permisos.
Para este tipo de permiso, ya sabéis que hay cumplir con los requisitos sobre la permanencia en España de los tres últimos años, no tener antecedentes penales, contar con un Informe de integración, y debemos aportar adicionalmente una oferta de empleo, un plan de empresa o acreditar medios económicos propios o de un familiar.
Como veis, para poder obtener este Arraigo Social, podemos decir que tenemos tres opciones, en cuanto al aspecto laboral se refiere:
- Disponer de una oferta de empleo
- Poner en marcha nuestro propio negocio
- Contar con recursos propios.
Este vídeo y artículo lo hemos centrado en la oferta de empleo y en cómo debe ser la misma para tramitar con éxito nuestro Arraigo Social.
CONTRATO DE TRABAJO Y ARRAIGO SOCIAL
En ese sentido la normativa ofrece varias opciones en cuanto al tipo de contrato de trabajo que debemos aportar en el Arraigo Social, y que os explicamos con detalle a continuación.
Oferta de empleo 30 horas
La primera opción que tienes es contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable, en el momento de la solicitud, y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a treinta horas en el cómputo global y garantizar al menos el salario mínimo interprofesional.
El contrato podrá tener una duración de mínimo 20 horas en los casos que se acredite tener a cargo menores o personas que precisen medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica
Esta sería la opción más utilizada para acceder a este Arraigo Social.
OFERTA DE EMPLEO EN EL SECTOR AGRARIO
La segunda opción que nos ofrece el Real Decreto 57/2011, de 20 de septiembre para acceder al Arraigo Social es aportar varios contratos a jornada completa en el sector agrario.
En este caso sería posible aportar varios contratos en el sector agrario, a jornada completa pero de duración de 6 meses cada uno de ellos.
Es decir que aportaríamos un primer contrato de 6 meses y una vez finalizado éste, tendríamos otra oferta de empleo por otros 6 meses. De esta forma, compeltaríamos el año de actividad laboral, como en la anterior opción, pero con dos contratos de trabajos y dos empleadores diferentes.
¿Por qué se permite aportar dos contratos concatenados o seguidos entre sí? En estos casos es posible únicamente si ambos contratos son del sector agrario.
Todos sabemos lo complicado que es conseguir una oferta de empleo de un año, y en el sector agrario aún más. En este sentido, tendríamos dos empleadores y dos ofertas de empleo. Ya sabéis que el campo funciona por campañas, y sería más sencillo obtener una oferta para la recogida de aceituna y tala del olivo y posteriormente otra oferta de empleo para la recogida del espárrago o el ajo, por ejemplo. Ambas campañas se desarrollan en meses muy distintos, y es complicado que un mismo empleador, tenga cubierto todo el año con campañas diferentes.
CONTRATOS A JORNADA PARCIAL
La tercera opción del contrato para el arraigo social, es disponer de varios contratos de trabajo pero a jornada parcial.
Aquí es posible desarrollar actividades de la misma o de distinta ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador. Se admite por tanto la presentación de varios contratos de trabajo que garanticen el salario mínimo interprofesional.
Como veis estas son las opciones que tenemos en cuanto al contrato de trabajo se refiere para tramitar con éxito la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Social.