ICAM: Plazos procesales agosto 2023

ICAM: Plazos procesales agosto 2023

 

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha elaborado, a través de las Áreas Procesales de la Unidad Técnica Jurídica de la Biblioteca, una ficha completa con los plazos procesales durante el mes de agosto de 2023,  de la que destacamos:

 

El artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala, con carácter general que “Serán inhábiles los días del mes de agosto paratodas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales (…)”

Debe tenerse siempre en cuenta la diferencia entre plazos procesales y plazos sustantivos; a estos últimos, para el ejercicio de  las acciones, salvo que una Ley específica diga lo contrario, les son de aplicación las reglas del artículo 5 del Código Civil, que en su apartado 2 indica: “En el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles”.

ÍNDICE
I.- INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………………………… 4
II. CIVIL ……………………………………………………………………………………………………..4
III. PENAL……………………………………………………………………………………………………8
IV.- CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ……………………………………………..…………9
A.- VÍA ADMINISTRATIVA…………………………………………………………..……………9
B.- VÍA CONTENCIOSA…………………………………………………………………………….11
V. SOCIAL…….. ……………………………………………………………………………………….12
VI.- TODOS LOS ÓRDENES JURISDICCIONALES………………………………………..…16
A.-RECURSO DE AMPARO…………………………………………………………………………….16

 

Resaltamos los principales plazos más relevantes para la materia que nos ocupa:

 

IV.- CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

A.- VÍA ADMINISTRATIVA: EN VÍA ADMINISTRATIVA EL MES DE AGOSTO ES HÁBIL; SALVO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS.

B.- VÍA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA; EN VÍA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA, AGOSTO ES INHABIL SALVO PARA LAS EXCEPCIONES PREVISTAS

 

Información obtenida a través de la página web del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

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