Visado de Estancia corta duración (visado Schengen)

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El visado uniforme Schengen es un visado que permite a un extranjero solicitar la entrada con fines no migratorios en el territorio de España y en el del resto de los Estados Schengen para el tránsito o para estancias cuya duración no sea superior a 90 días. ESTE VISADO NO ACREDITA NI AUTORIZA A LA RESIDENCIA EN ESPAÑA.

Los países que forman parte del Espacio Schengen son: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Suecia y Suiza.

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Descripción

La duración de un visado Schengen de corta estancia (tipo C) es de 90 días, pero de larga estancia también hay visados Schengen (tipo D) que duran entre 6 meses y 5 años. Consulta las diferencias aquí y los riesgos de superar el plazo de estancia con un visado Schengen.

Si no te vas del espacio Schengen cuando termina la validez del visado Schengen o los 90 días que puedes estar aquí, te arriesgas a tener que pagar una multa o a que se abra una ficha sobre esto al salir del territorio. Esta ficha tiene consecuencias en los próximos viajes que hagas al espacio Schengen. Conviene recordar que la expedición de un visado Schengen no es automática. Las autoridades competentes del país del espacio Schengen al que viajes estudian el expediente y toman en cuenta las anteriores visas Schengen y las veces en las que has superado su plazo. Si no respetas la duración de un visado Schengen, te arriesgas a que te denieguen las siguientes solicitudes de visado Schengen.

Sí, la duración de la validez o la de la estancia (máximo 90 días) de la visa Schengen se puede prorrogar excepcionalmente. Para ello hay que solicitarlo a las autoridades competentes antes de que finalice la validez del visado o antes de que terminen los 90 días. Las autoridades competentes para solicitarlo cambian en cada país del espacio Schengen.
Para ver si puedes alargar el visado Schengen, deberás justificar un motivo imperativo que no podías haber previsto cuando te dieron la visa Schengen. El motivo imperativo lo valorarán las autoridades competentes y debe estar afectado por una fuerza mayor (acontecimiento que tuvo lugar durante su estancia en el espacio Schengen que le impide volver a entrar) o bien algo relacionado con su persona. Entre los motivos personales distinguimos:
– el motivo profesional: consecuencia de un acontecimiento imprevisible. Justificante: certificado del empleador.
– el motivo médico: enfermedad o atención imprevisible que justifique la imposibilidad de viajar del paciente. Justificante: certificado médico de un servicio hospitalario que indique el número de días solicitados.
– el motivo familiar: acontecimiento familiar grave. Justificante: prueba del lazo de parentesco, acta de defunción del pariente o certificado médico que de fe de la gravedad de la enfermedad y la necesidad de la presencia del solicitante, certificado médico o documento que certifique el accidente, sus consecuencias y la necesidad de la presencia del solicitante en Francia.

Información adicional

Supuestos

Visado de turista, Visado familiar, Visado de negocios, Visado de seminarios, Visado tratamiento médico, Visado deportistas o culturares, Visado camioneros, Visado marinos, Visado exceptos de marinos, Visado para melilla

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