Residencia para prácticas profesionales en España

Residencia para prácticas profesionales en España

Como ya muchos saben el 31 de agosto de 2018, se dictó el Real Decreto-ley 11/2018, de transposición de directivas en materia de protección de los compromisos por pensiones con los trabajadores, prevención del blanqueo de capitales y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros y por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que modifica las condiciones de solicitud y modificación de Estancia de Estudiantes y la posibilidad de solicitar prácticas profesionales. Si deseas puedes descargar la Instrucción aquí:

Esta modificación contempla lo siguiente:

  1. Posibilidad de solicitar autorización de estancia dentro de territorio español.
  2. Posibilidad de optar a una autorización para la búsqueda del empleo o para emprender un proyecto empresarial.
  3. Posibilidad de solicitar una autorización de residencia para prácticas profesionales.

A continuación, explicamos, los requisitos que debes cumplir para solicitar una autorización de residencia para prácticas profesionales.

Requisitos para solicitar prácticas profesionales:

Se permite la solicitud de esta autorización a favor de las personas extranjeras que estén realizando sus estudios en el momento de la solicitud.

En aquellos supuestos en los que los estudios se estén realizando en España y el extranjero sea ya titular de una autorización de estancia por estudios, cabe tener en cuenta lo siguiente:si se trata de prácticas externas curriculares, estas son actividades académicas regladas y tuteladas que forman parte del plan de estudios, por lo tanto, ya pueden realizar dichas prácticas con su autorización de estancia por estudios sin que sea necesario una autorización adicional.

  1. Si se trata de prácticas externas curriculares, estas son actividades académicas regladas y tuteladas que forman parte del plan de estudios, por lo tanto, ya pueden realizar dichas prácticas con su autorización de estancia por estudios sin que sea necesario una autorización adicional.
  2. Si se trata de prácticas externas extracurriculares, realizadas con carácter voluntario, durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines que las curriculares, no están incluidas en los planes de estudio, sin perjuicio de su mención posterior en el Suplemento Europeo al Título, se deberá pedir una autorización adicional en función del carácter e intensidad de la actividad que se desarrolle, así como de su compatibilidad con los estudios. Si las prácticas, articuladas en base a un convenio, son accesorias siendo la actividad principal, la del estudio, no será necesario solicitar esta autorización. Solo será necesario solicitar la autorización objeto de estas instrucciones cuando la práctica sea la actividad principal.

En aquello casos en los que los estudios se estén realizando el extranjero, se deberá solicitar esta autorización de residencia para prácticas.

b) La firma de un convenio de prácticas o contrato de trabajo en prácticas que contemple la formación teórica y práctica.

El convenio de prácticas debe tener un contenido mínimo. Este contenido mínimo es el recogido en la disposición adicional 18ª.4.a) e incluye: Una descripción del programa de prácticas, incluido el objeto educativo o los componentes de las prácticas.

  • La duración de las prácticas.
  • Las condiciones de las prácticas y de su supervisión.
  • Las horas de prácticas.
  • La relación jurídica entre la persona en prácticas y la entidad de acogida.

c) En relación con el ámbito de las prácticas, se exige que estas se efectúen en el mismo campo académico y al mismo nivel de cualificación que el título de educación superior o el programa de estudios de educación superior que esté cursando.

d) En relación con el requisito de “contar con un seguro de enfermedad”, este debe ser un seguro público o un seguro privado de enfermedad.

e) En relación con el requisito de disponer “recursos suficientes” Entre los medios de prueba que pueden ser aportados y sin carácter exhaustivo se encuentran, entre otras fuentes: medios propios o provenientes de familiares, subvenciones, ayudas y becas o una declaración de toma a cargo de la entidad de acogida.

En relación con la cuantía de estos recursos suficientes se verificará que cuenta para su sostenimiento, con una cantidad que represente mensualmente el 100% del IPREM,

f) Antecedentes penales en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años, aquellos que soliciten esta autorización de residencia y ya sean titulares de otra autorización previa superior a seis meses, no tendrán que presentar el certificado de antecedentes penales

Importante: la entidad de acogida deberá acreditar su personalidad jurídica, deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y deberá abonar la tasa.

Procedimiento para solicitar las Prácticas Profesionales

Las solicitudes de autorización de residencia para prácticas se deben presentar por la entidad de acogida mediante medios electrónicos

Con la solicitud se deberá acompañar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, así como copia del pasaporte completo, o documento de viaje, en vigor, de la persona en prácticas extranjera.

La solicitud se dirigirá a la Delegación o Subdelegación de Gobierno en la provincia en que vaya a desarrollarse el programa de prácticas que, en cualquier caso, será la competente para tramitar y resolver en el plazo de 30 días. Si no se resuelve en plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo positivo.

Duración de la autorización.

La duración de la autorización de residencia para prácticas depende del instrumento por el cual la persona extranjera queda vinculada a la entidad de acogida.

  • Convenio de acogida: la duración de la autorización de residencia será de seis meses o igual a la duración del convenio, de ser esta inferior. Es posible renovar esta autorización de residencia por una sola vez, no pudiendo exceder de un año el periodo total (la inicial más su prórroga).
  • Contrato de trabajo en prácticas: la duración de la autorización será la prevista en el contrato de acuerdo con la legislación laboral aplicable en cada momento. Se recuerda que, en la actualidad, la duración de este contrato no puede ser inferior a seis meses ni exceder de dos años.

Situación de los familiares

La interpretación conjunta de la disposición adicional decimoctava, así como de las disposiciones de la directiva relativas a las personas en prácticas pone de manifiesto que la reagrupación familiar no se prevé para este colectivo.

Si bien, en la medida en que esta autorización puede ser solicitada a favor de una persona que ya se encuentre regularmente en España, se valorará individualmente la situación de los familiares cuando la persona en prácticas tuviese una previa autorización en España y haya estado acompañado por sus familiares.

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Comentarios

  1. Víctor dice:

    Hola Machelim. Gracias por tus explicaciones.
    En mi caso el día 18 de.octubre finalicé mi estancia por estudios realizando unas practicas en una empresa. Ésta ha mostrado su interés en hacerme un contrato en prácticas pero los trámites se están alargando y se presento a extranjería un modelo de solicitud erróneo (ex.07 en lugar de ex. 04). Mi duda es si estando en los 90 días posteriores a la fecha de vencimiento de mi visado por estudios, todavía están a tiempo a presentar la solicitud correcta (mod ex04) para hacer mi autorización de residencia por contrato en prácticas y si no es así que consecuencias puedo tener yo.

    Gracias por tu ayuda.

  2. Jackeline Sanabria dice:

    Hola!!

    Mi nombre es Jackeline soy de colombia, acabo de terminar mi master que duro 9 meses y por todo este tema del covid 19 pues la maestria fue online pero incialmente era presencial. yo tramite una visa de estudiante la cual me dieron pero se vencio y ahora luego de terminar mi master me gustaria hacer una practica (en Espana o remota pero con una empresa espnola) pero no se como hacer, deberia presentarme en la embajada espanola aqui en Colombia y pedir una visa de practica? es eso posible?
    La universidad me dice que ellos me firmarian convenio para hacer practicas pero que deberia tener en orden mis documentos

    Que debo hacer?

  3. Jesus AOB dice:

    Hola,

    Actualmente tengo visa de prácticas no laborales gracias a un convenio en prácticas.
    Primero estuve 6 meses y acabo de renovar la visa por otros 6 meses.
    La empresa quiere renovarme otro año después de que termine este plazo pero entiendo que ya no se puede.
    ¿Qué alternativas tengo?, ¿en qué consiste el cambiar de residencia a residencia y trabajo por cuenta ajena?, ¿con eso puedo continuar en la empresa que me trajo a España?

  4. Yinet dice:

    Hola, gracias por la explicación!
    ¿Sabes a qué entidad específica de la Red Sara se hace la solicitud de esta residencia para prácticas? Cuál se selecciona de las opciones?
    ¿Encontrarse regularmente en España para hacer la solicitud significa antes de que mi permiso de estancia actual venza o lo puedo hacer 90 días después como suele ser para otros trámites?
    Habiendo tenido un permiso de estancia vigente reciente, también debo presentar antecedentes penales? En la página dice:
    Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España (salvo que sea titular de otra autorización previa superior a 6 meses). “salvo que sea titular de otra autorización previa superior a 6 meses”.
    No sé si es obligatorio para las personas que están aquí ya con un permiso por estancia de estudios superior a 6 meses.
    Gracias!!!

  5. Francisco Cruz dice:

    buenas noches,
    voy a tramitar la residencia por practicas profesionales, y yo me encuentro con mi familia en España. Como puedo hacer el tramite de mi familia y cual es le formulario que tengo que presentar por mi esposa y mis hijos?
    de antemano muchas gracias por su respuesta.
    saludos
    Francisco

  6. Francisco Márquez dice:

    Hola!
    Primero gracias por el tiempo que te tomas en responder todos los comentarios! ya les escribí un whatsapp con mi caso para ver si pueden ayudarme, pero les comento:
    tengo visado de estudiante que está vigente hasta el 2 de agosto de este año, en paralelo he conseguido un convenio de practica (con otros estudios no por los que he viajado) y estoy trabajando en ello desde hace ya un mes, el convenio tiene duración hasta finales de Septiembre (o sea quedaría 2 meses sin visado pero con trabajo aún)

    ¿La empresa puede hacer la solicitud de extensión de visado si es que ya he comenzado a trabajar? o en su defecto, ¿existe alguna forma de extender el visado por esos 2 meses para finalizar bien el convenio de practicas y luego hacer una extensión de visado con la empresa (en un nuevo contrato de practicas)

    Saludos

  7. Daniel dice:

    Buenas tardes:

    Quisiera saber si yo puedo presentar la solicitud o si tiene necesariamente que ser la empresa. También quisiera saber qué tasas aplican para este trámite. Gracias de antemano.

  8. Both dice:

    Estimada Sra. Michelin,

    Estoy participando en un programa del ministerio de educacion y de formacion profesional que se llama” auxiliares de conversación” . Estoy en Madrid desde octubre 2020 , en mi pais “tunez” me dieron el visado de 3 meses y luego me dieron aqui la tarjeta de estancia por estudios hasta el 31 de mayo 2021. Querria modificar mi tarjeta de estancia por estudios a residencia y trabajo por cuenta ajena o residencia para prácticas profesionales porque la renovación en el programa en el que estoy participando no se hará automáticamente o sea hay que presentar una solicitud y esperar la respuesta hasta junio o julio a sabiendas de que si me aceptarán, el estatuto quedará lo mismo (estudiante) y hay que pedir otra vez el visado en mis país, procedimiento que quería evitar por varias razones:
    · Con la situación sanitaria actual, nunca se sabe lo que pasará (Cierre de fronteras, denegación de solicitud de visado etc…).
    · Perder el periodo pasado en el territorio español (8 meses).
    · Quería pasar el verano aquí para ganar más tiempo y para el justificante del empadronamiento (no romper el contrato de alquiler y por consiguiente perder el periodo pasado)

    Así que necesito encontrar una solución legal que me permita hacer el trámite aquí antes de que mi tarjeta se expire.
    Mis preguntas son:
    · ¿Cuáles son las posicilidades para poder prorrogar cambiando el estatuto y ganar más tiempo?
    · Si encontraré un contrato CDD o de prácticas profesionales, cuál sería mejor y posible en mi caso y ¿hay condiciones o no y cuáles son?

    Muchas Gracias,

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola,
      En principio, no tienes que regresar a tu país para solicitar un nuevo visado de estudiante, puedes aquí, si se encuentras dentro del plazo, solicitar una prorroga de esa estancia, o en su defecto , hacer la modificación a una residencia por practicas profesionales con convenio o contrato, todo va a depender de los requisitos que puedas cumplir.
      Mi recomendación es que puedas contactar con nuestro Despacho, para que podamos conocer tu caso de forma mas detalla y brindarte una asesoría mas personalizada.
      Espero haberte ayudado. Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
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      Un saludo,
      Machelin

  9. Isabela Abadía A dice:

    Hola,

    En el caso de que aún no hay terminado mis estudios de Grado en España (estoy en tercer curso) y mientras los termino, ¿Puedo acceder a la residencia para prácticas profesionales a través de un contrato? o en este caso ¿Sólo se puede acceder a través de un convenio de prácticas?.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola,
      Podrás ser contratado en prácticas cuando hayas finalizado tus estudios oficiales (título universitario, FP o certificado de profesionalidad) y durante los siguientes 5 años a su obtención . En cuanto al convenio, sólo pueden optar a realizar prácticas en empresas, mediante los Convenios de Cooperación Educativa, los estudiantes universitarios que hayan aprobado el 50% de los créditos de la titulación que estén cursando.
      Estaremos encantados de conocer tu caso con mayor detalle y poder brindarte una asesoría mas personalizada.
      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

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      Un saludo,
      Machelin 

  10. mariana dice:

    Hola,
    Si tengo una residencia de convenio en practicas con una empresa (un mes) es posible cambiar a otra empresa que me ofrezca mejor sueldo y un contrato en practicas por 1 año? o estoy atada a no poder tener mejores oportunidades durante el tiempo de mi residencia?
    Gracias!

  11. Alex dice:

    Hola,

    Si tengo otorgada la residencia para prácticas profesionales, puedo cambiar de trabajo durante los 6 meses de la autorización y de vigencia de contrato? Qué pasa si pierdo mi trabajo.

  12. Alex dice:

    Hola!

    Una vez otorgada la residencia para prácticas profesionales, es posible cambiar trabajo durante los 6 meses en que la autorización está vigente? Qué pasa si pierdo mi empleo.

    Saludos

  13. Helen dice:

    Hola Machelin, tengo la residencia para practicas por un año. Si la empresa me despide durante la practica, perderia / se extinguiria la residencia? Gracias.

  14. Juan Camilo dice:

    Saludos,
    ¿Es posible realizar un contrato en practicas desde Colombia con un titulo de máster que se haya cursado de manera virtual?

  15. Andrés dice:

    Máchelin:

    Actualmente, tengo una residencia no lucrativa y estudio un máster en una universidad española. Tengo la posibilidad de comenzar una práctica con una empresa bilbaína y deseo saber si puedo modificar mi residencia actual por una de prácticas profesionales, una vez que mi permiso actual haya vencido.

    Gracias por su respuesta.

  16. Cecilia Ibarra dice:

    Buenas tardes,
    Puedo aplicar a esta residencia en prácticas si ya tengo resuelta la residencia por búsqueda de empleo?
    Muchas gracias!

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Cecilia,
      Con respecto a tu consulta, debes tener en cuenta que puedes realizar o bien la búsqueda de empleo o bien la residencia en practicas, pero ambas no.
      Espero haberte ayudado. Si necesitas información adicional ponte en contacto conmigo
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      También puedes ?Realizar una consulta Gratuita Online en ↘️ https://www.machelindiaz.com/cita-abogado-online/
      Un saludo
      Máchelin

  17. Gabriela dice:

    Buenos días estimada Máchelin,

    He estado revisando varias fuentes sobre este trámite.
    Ya yo tengo mi autorización concedida. Pero en ninguna de las fuentes indica cuánto tiempo (días o meses) tiene la empresa para inscribir al trabajador en la seguridad social, desde el día de la concesión de dicha autorización.

    He hablado con mi abogado y me indica que es de un mes (30 días), pero no encuentro ninguna fuente que lo fundamente.

    Espero pueda contestarme! Muchísimas gracias de antemano.

    Saludos,

  18. Ana dice:

    Hola Machelin, en qué enlace, puede la empresa presentar la solicitud telemática de permiso de residencia para prácticas?

  19. Claudia Aguilera dice:

    Buenos días, tengo esta residencia por 6 meses y ahora la empresa quiere renovarla por otros 6 meses. Mi pregunta es si el proceso para renovar se hace tal cual se hizo el trámite inicial?? saludos y gracias de antemano.

  20. Fabiola dice:

    Hola! Actualmente tengo visado de estancia por estudios, ya que estoy estudiando un máster en formato part time, por lo cual me titularé en julio 2020 y comencé los estudios en septiembre 2018. Dentro de estos dos años he hecho un primer ciclo de prácticas extracurriculares por convenio con mi universidad, que finalizó en septiembre 2019, y un segundo periodo que va de octubre 2019 a fines de mayo 2020. Luego de eso, para seguir trabajando en la misma empresa, puedo solicitar la autorización de residencia para prácticas profesionales con contrato directo a la empresa, o ya con esto agoté mis posibilidades?

  21. Gabriela dice:

    Hola, Machelin:

    Tengo una pregunta sobre que procedimiento seguir para aplicar a la visa de prácticas. Yo soy ciudadana colombiana pero actualmente estoy estudiando una maestría en Francia y tengo un titre de séjour. Me gustaría saber si para hacer mis prácticas remuneradas en España debo seguir el proceso normal como ciudadana colombiana o si con el titre de séjour puedo hacer el procedimiento igual como un ciudadano de la Unión Europea.

    Gracias y saludos,

  22. Alex dice:

    Si te conceden la residencia por búsqueda de empleo se puede continuar haciendo becas remuneradas a través de convenios de academias privadas y empresas.

  23. Angélica Infante dice:

    Hola Máchelin!
    Sabes donde puedo conseguir el link del formulario y tasa que tengo que rellenar para este trámite? O eso se paga cuando empiezo el procedimiento por los medios electrónicos?

    Gracias!

  24. Micaela Burlet dice:

    Buenas tardes,

    Soy argentina y vine a estudiar un máster que estoy por terminar. Mi tie venció el 09/09/2019 y una empresa me contrató para prácticas profesionales por seis meses en principio. La empresa ha realizado el procedimiento de permiso para residencia por prácticas profesionales via web y han pasado 45 días pero no han mandado el certificado de resolución. Mi pregunta es: además de este trámite necesito algún otro permiso de trabajo o trámite adicional o con tener el permiso de residencia ya bastaría? Cabe destacar que yo ha estoy trabajando en esta empresa mientras se realiza este trámite. Y si mi tie venció, debo renovarla cuando me expidan el certificado de resolución o cambiar el estado de estudiante a trabajador de alguna forma? Asimismo, como leí más arriba, podría viajar a argentina con una autorización de regreso, verdad? Muchas gracias desde ya por tomarse el tiempo de leer mis consultas.

  25. Diego dice:

    Hola, Machelin:

    ¿Si estoy dentro de los 90 días posteriores al vencimiento de mi visa de estudios, una vez presentada la solicitud de residencia para prácticas se prórroga automáticamente la estancia hasta que se resuelva? y ¿los 30 días se cuentan como días hábiles?

    Gracias y saludos,

  26. Carlos dice:

    Hola Machelin.

    Con respecto a los plazos de resolución, sabes si existen inconvenientes con estas concesiones? En particular presentaron este expediente a inicios de marzo pero el expediente sigue en trámite, podrían negarlo, a pesar de que el silencio es positivo ?
    Un saludo

  27. Diana dice:

    Hola,
    Actualmente tengo un permiso de residencia por estudios y estoy por convenio de practicas trabajando en una empresa que me quiere contratar, puedo cambiar mi permiso de estudiante vigente a un Permiso de residencia para prácticas profesionales? o solo se puede hacer 60dias antes de la caducidad del permiso de estudiante?

    gracias

  28. Kevin dice:

    Hola Machelin,
    En el caso de contrato en practicas, hace falta presentar cuentas bancarias y medios economicos suficientes? Así que el contrato esta remunerado y parece suficiente para vivir.
    Cuando se termine esta autorizacion (1año) se puede modificarlo a residencia por trabajo para cuenta ajena?
    Gracias

  29. Diana dice:

    Hola:

    ¿Mientras esté en trámite la solicitud puedo solicitar una autorización de regreso para salir del país?

    Saludos,

  30. Carlos Sandoval dice:

    Hola Máchelin.

    Con respecto al plazo, una vez transcurridos los 30 días hábiles y sin respuesta de la administración dentro de este plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo positivo. En este caso, y una vez presentado el la solicitud del certificado por silencio administrativo, mi pregunta es si la entidad de acogida pueda dar de alta a la seguridad social (en el caso de contrato de trabajo en prácticas) o se debe esperar a la respuesta ( ya sea del certificado o de la resolución como tal del expediente).

    Un saludo

    Gracias

    Carlos

  31. Diana dice:

    Hola:

    ¿Para esta opción se considera válido un título de máster propio o debe ser oficial? ¿Qué plazo tengo para presentar esta solicitud antes del vencimiento de mi visa de estudios?

    Gracias,

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Diana,

      La Residencia para practicas profesionales en España se puede solicitar cuando se haya obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de solicitud o que estén realizando estudios que conducen a la obtención de un título de educación superior en España o en el extranjero. La ley no hace distinción entre si los títulos de educación superior deben ser propios u oficiales, así que puede ser con cualquiera de los dos.

      Las solicitudes de autorización de residencia para prácticas se deben presentar por la entidad de acogida mediante medios electrónicos. Con la solicitud se deberá acompañar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, así como copia del pasaporte completo, o documento de viaje, en vigor, de la persona en prácticas extranjera.

      La solicitud se dirigirá a la Delegación o Subdelegación de Gobierno en la provincia en que vaya a desarrollarse el programa de prácticas que, en cualquier caso, será la competente para tramitar y resolver en el plazo de 30 días. Si no se resuelve en plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo positivo.

      La autorización tendrá una validez de 6 meses o igual a la duración del convenio de prácticas. Únicamente se podrá prorrogar una sola vez, no pudiendo exceder de 1 año el periodo total de la inicial más la prórroga.

      Aunque la norma no indica el plazo para solicitar la Autorización de residencia en prácticas, se asimila a la de búsqueda de empleo y en ese caso el plazo seria 60 días antes de la expiracion de la tarjeta de estudiante o 90 días después de su vencimiento.

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

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      Un saludo,

      Máchelin

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