Residencia para Inversores en España, ¿Cuánto dinero debo tener?

Residencia para Inversores en España, ¿Cuánto dinero debo tener?

Los ciudadanos extranjeros extracomunitarios que realicen una inversión significativa en España podrán solicitar un visado o autorización de residencia para inversores.

  • Si se encuentran fuera de España deberán solicitar un visado de residencia por un año.
  • Si se encuentran en España legalmente, es decir, disponen de una autorización de estancia o residencia o un visado de inversor, deben solicitar una autorización de residencia para inversores por dos años.

Una vez cumplido dicho plazo, esta autorización será renovable por periodos de cinco años, siempre y cuando se mantenga la inversión y se visite España al menos una vez durante el periodo de residencia.

El pasado 22 de abril se publicó una circular donde se detalla de manera específica cuales son los criterios que tiene en cuenta la Unidad de Grandes Empresas a la hora de resolver de manera favorable los expedientes de residencia en España por la ley de emprendedores (Ley 14/2013)

Este circular establece de manera textual en su criterio número 2, de cuánto dinero debe ser la inversión en España para que se considere una inversión significativa.   

Criterio 2. Cita lo siguiente:

Sin perjuicio a lo establecido en la ley, cabe recordar que se entenderá inversión significativa de capital aquella que cumpla con alguno de estos supuestos:

  • Un inversión igual o superior a dos millones de euros en títulos de deuda pública española
  • Un inversión igual o superior a un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio o
  • Un inversión igual o superior a un millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España. (incluidos dentro del ámbito de aplicación de la ley 35/2003 de 4 noviembre, por la que se regulan las entidades capital riesgo, y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la ley 35/2003 de 4 noviembre)
  • Un inversión igual o superior a un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas
  • La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante
  • Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, para lo cual se valorara el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:

1.- Creación de puestos de trabajos

2.- Realización de una inversión con impacto socio económico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya desarrollar la actividad

3.- Aportación relevante de la innovación científica y/o tecnológica

Calculo de los umbrales de inversión en el caso de proindiviso – Residencia para inversores-

Será suficiente acreditar la inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada uno de los solicitantes.

Si deseas descargar los criterios completos haz clic en el siguiente enlace http://www.mitramiss.gob.es/ficheros/ministerio/CriteriosAplicacionLey14-2013Sellado.pdf

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Comentarios

  1. Gonzalo dice:

    hola que tal,quisiera saber si para entrar como inversor de mexico a españa,¿tiene uno que depositar en una entidad o banco español el total de 500 mil euros? eso entendí. agradezco mucho su amable respuesta.

  2. beatriz dice:

    Hola, tengo una clienta que quiere abrir una franquicia y le han denegado la residencia porque hubo un problema con su tarjeta de estudiante. ella tiene el proyecto iniciado y no entiendo cómo la pueden denegar el permiso cuando va a invertir en España y va a generar puestos de trabajo.

  3. Ernesto dice:

    Hola, quisiera saber si adquirir un pequeño negocio como un bar, ya califica como un emprendimiento válido para conseguir una visa de residencia y/o trabajo. Y en ese caso de cuánto tendría que ser el mínimo a invertir

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