¿QUE DOCUMENTOS DEBES TENER PARA VIAJAR A REPÚBLICA DOMINICANA?

¿QUE DOCUMENTOS DEBES TENER PARA VIAJAR A REPÚBLICA DOMINICANA?

CONSEJOS, DOCUMENTACIÓN Y REQUISITOS PARA VIAJAR A LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Cada día son más los españoles que se sienten atraídos por hacer turismo en la isla paradisiaca de Republica Dominicana, motivados por sus lindas playas por el clima de verano en cualquier momento del año y sobre todo por lo económico que le resulta a los españoles el cambio de moneda en este país, les cuesta menos en comparación a otras islas.

A continuación, presentamos un artículo muy interesante sobre los requisitos legales que deben cumplir como extranjero para entrar sin problemas a la isla. Recuerda que si quieres cualquier otra información o ayuda para realizar este trámite, realiza una consulta gratuita en esta web, nos complace ayudarte para que visites este lindo país.

 

REQUISITOS DE ENTRADA:

Desde mayo de 2012 y conforme a la Ley 199-67 sobre la Tarjeta de Turista y la Ley No. 875 sobre Visados, los documentos que se citan a continuación serán obligatorios para todos los extranjeros que deseen ingresar en la República Dominicana a menos que se especifique lo contrario.

  • Pasaporte vigente: su presentación ante las autoridades migratorias será obligatoria para cualquier extranjero que viaje a la República Dominicana.
  • Tarjeta de Turista: se trata, en realidad, de un impuesto que cobra el país a aquellos que lo visitan. Dicha tarjeta se puede obtener fácilmente en cualquier aeropuerto dominicano a tu llegada a la República Dominicana. A veces incluso la propia aerolínea o la agencia de viajes incluye la Tarjeta de Turista en el mismo paquete vacacional. Solamente se necesita en caso de que la entrada al país sea para fines turísticos. Más abajo podrás encontrar más información acerca de este documento.
  • Visado: a excepción de los nacionales de países con los que la República Dominicana haya suscrito acuerdos en materia de Visados y los nacionales de países autorizados a viajar tan solo con Tarjeta de Turista (detallamos cada caso en el apartado siguiente), el resto están obligados a estar en posesión del visado en su documento de viaje a su entrada al país.

 

TARJETA DE TURISTA

Como se ha mencionado con anterioridad, la Tarjeta de Turista es una tasa impositiva que cobra el país a los turistas que deseen ingresar en él de acuerdo con lo establecido en la Ley 199-67, según la cual la adquisición de dicha tarjeta es un requisito obligatorio para ingresar en el territorio nacional sin una Visa Consular. A continuación enumeramos una serie de detalles a tener en cuenta sobre la Tarjeta de Turista:

Derechos del beneficiario: el interesado pierde su derecho a obtenerla si su estancia en territorio nacional es para la realización de actividades lucrativas.

Precio: US$10.00 o 10,00€.

Periodo de vigencia: La Tarjeta de Turista tiene vigencia de un año y es válida únicamente para una persona. Además, solo podrá ser utilizada una vez.

Uso indebido: si se hace un uso indebido de la misma o se utiliza para otro fin que no sea de carácter turístico, el individuo en cuestión será sancionado por las autoridades migratorias y expulsado de manera inmediata del país sin formalidad alguna.

Periodo de permanencia en el país: la Tarjeta de Turista permite al beneficiario permanecer en la República Dominicana durante un período máximo de 30 días. Si se desea extender este periodo, el interesado deberá abonar una tarifa cuyo importe variará según el tiempo que desee extender su estadía. Para más información sobre este asunto, se recomienda contactar con el Ministerio de Migración haciendo clic en este enlace.

Dónde se puede adquirir: puntos de venta ubicados en puertos aéreos, terrestres y marítimos, embajadas y consulados dominicanos en el exterior, tour-operadoras y a través de Internet (puedes acceder a este portal haciendo clic en este enlace).

 

¿QUIÉNES NO NECESITAN TARJETA DE TURISTA?

Existen una serie de grupos determinados que están exentos del pago de la Tarjeta de Turista debido a que el Gobierno de la República Dominicana mantiene acuerdos en materia de inmigración. A continuación se mencionan estos casos concretos:

  • Residentes, visados y nacionalizados dominicanos.
  • Extranjeros procedentes de los siguientes países: Argentina, Chile, Ecuador, Corea del Sur, Japón, Israel, Uruguay y Perú.
  • Funcionarios diplomáticos y consulares de nacionalidad extranjera acreditados en el país siempre y cuando mantengan sus funciones e ingresen en territorio nacional en misión oficial
  • Pasajeros que hagan uso de una aeronave privada no comercial siempre que sea por motivos deportivos, recreativos, turísticos, ejecutivos o de negocios, el peso no supera las treinta mil libras (30.000) y la capacidad máxima sea de 12 pasajeros.
  • Extranjeros de nacionalidad haitiana que estén dotados del carné que les habilita para entrar y salir en un mismo día de territorio dominicano. De acuerdo con el Artículo 78 de la Ley de Migración, esto solo se aplica en las provincias dominicanas fronterizas que sean limítrofes a la residencia en Haití del portador de dicho carné. En caso contrario, estarán obligados al pago de la Tarjeta de Turista.

 

EXTRANJEROS QUE NO NECESITAN VISADO NI TARJETA DE TURISTA

En la siguiente lista se muestran los países cuyos ciudadanos están exentos de la obligatoriedad de solicitar un Visado Consular y Tarjeta de Turista:

  • Argentina
  • Chile
  • Japón
  • Corea del Sur
  • Israel
  • Perú
  • Ecuador
  • Uruguay

Esto significa que dichos ciudadanos no precisan de estos documentos, pero sí que deberán presentar su pasaporte vigente en el momento de formalizar su entrada a la República Dominicana.

EXTRANJEROS QUE SOLO NECESITAN TARJETA DE TURISTA

Los ciudadanos procedentes de los países que se listan a continuación solo necesitan adquirir la ya mencionada Tarjeta de Turista para poder ingresar en territorio dominicano siempre y cuando su visita sea únicamente para fines turísticos:

  • A: Acrotiri y Dhekelia (Reino Unido), Alemania, Andorra, Anguila (Reino Unido), Antigua y Barbuda, Antillas Neerlandesas (Antillas Holandesas), Aruba, Australia y Austria.
  • B: Bahamas, Bahrein, Barbados, Bélgica, Belice, Bermuda (Reino Unido), Bolivia, Botsuana, Brasil, Brunei y Bulgaria.
  • C: Canadá, Chipre, Ciudad del Vaticano (Santa Sede), Costa Rica y Croacia.
  • D: Dinamarca y Dominica.
  • E: El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Escocia (Reino Unido), Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de Norteamérica y Estonia.
  • F: Fiji, Francia y Finlandia.
  • G: Gales (Reino Unido), Georgia del Sur (Reino Unido), Gibraltar (Reino Unido), Grecia, Grenada, Groenlandia (Dinamarca), Groenlandia (Noruega), Guadalupe (Francia), Guam (Estados Unidos), Guatemala, Guyana y Guyana Francesa (Francia).
  • H: Hawai (Estados Unidos), Honduras, Hong Kong* y Hungría.
  • I: Irlanda, Irlanda del Norte (Reino Unido), Isla Bouvet, Isla Cocos (Australia), Isla Cook (Nueva Zelanda), Isla de Christmas (Australia), Isla Feroe (Dinamarca), Islas Heard y McDonald, Isla Norfolk (Australia), Isla Palau (EE.UU.), Isla Samoa Americana (EE.UU.), Islandia, Islas Caimán (Reino Unido), Islas Faore (Noruega), Islas Malvinas o Falkland (Reino Unido), Islas Marianas del Norte, Islas Marshall, Islas Salomón, Islas Sandwich (Reino Unido), Islas Svalbard (Noruega), Islas Tokelau, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes (Estados Unidos), Islas Wallis y Futuna (Francia) e Italia.
  • J: Jamaica y Jan (Noruega).
  • K: Kazajistán, Kiribati y Kuwait.
  • L: Letonia, Liechtenstein, Lituania y Luxemburgo.
  • M: Macao*, Macedonia, Micronesia, Malasia, Malta, Martinica, Mauricio, Mayen (Noruega), Mayotte (Francia), México, Mónaco y Montserrat (Reino Unido).
  • N: Namibia, Nauru, Nicaragua, Niue (Nueva Zelanda), Noruega, Nueva Caledonia (Francia) y Nueva Zelanda.
  • P: Países Bajos (incluyendo Holanda, Curazao y Saint Marteen), Panamá, Paraguay, Polinesia Francesa (Francia), Polonia, Portugal y Puerto Rico (EE.UU.).
  • Q: Qatar.
  • R: Reino Unido, República Checa, República De Sudáfrica, República Eslovaca, Reunión (Francia), Rumania y Rusia.
  • S: Saint Kitts y Nevis, San Marino, San Vicente y Grenadinas, Santa Helena (Reino Unido), Santa Lucía, Serbia, Seychelles, Singapur, St Jhon (Estados Unidos), St. Croix (Estados Unidos), St. Thomas (Estados Unidos), Suecia, Suiza, Suriname y Svalbard (Noruega).
  • T: Tailandia, Taiwán, Territorios Franceses del Sur (Francia), Tokelau (Nueva Zelanda), Tonga, Trinidad y Tobago, Tristan da Cunha (Santa Helena), Turquía y Tuvalu.
  • U: Ucrania.
  • V: Vanuatu y Venezuela.

*válido para portadores del pasaporte especial de la Región Administrativa Especial de Hong Kong y Macao de la República Popular China.

EXTRANJEROS QUE REQUIEREN VISADO

Los ciudadanos con nacionalidad de alguno de los países que se enumeran a continuación requieren obligatoriamente de un visado para ingresar en la República Dominicana:

  • A: Abjasia, Afganistán, Albania, Angola, Arabia Saudita, Argelia, Armenia y Azerbaiyán.
  • B: Bangladesh, Benin, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Burkina Faso, Burundi y Bután.
  • C: Cabo Verde, Camboya, Camerún, Chad, Colombia, Comores, Congo (Brazzaville), Congo (Kinshasa), Corea Del Norte, Costa De Marfil y Cuba.
  • D:Djibouti.
  • E: Egipto, Eritrea y Etiopía.
  • F:Filipinas.
  • G: Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea Ecuatorial y Guinea-Bissau.
  • H: Haití y Hong Kong.
  • I: India, Indonesia, Irak e Irán.
  • J:Jordania.
  • K: Kenia, Kirguizistán y Kosovo (Serbia).
  • L: Laos, Lesotho, Líbano, Liberia y Libia.
  • M: Macao (Republica Popular China), Madagascar, Malaui, Maldivas, Malì, Marruecos, Mauritania, Moldovia, Mongolia, Montenegro, Mozambique y Myanmar.
  • N: Nagorno-Karabakh, Nepal, Níger, Nigeria y Norfo.
  • O: Omán y Osetia del Sur (de facto independiente dentro de Georgia).
  • P: Pakistán, Palau, Palestina (Autoridad Nacional de Palestina) y Papúa Nueva Guinea.
  • R: República Popular China, República Democrática del Congo, República Centroafricana y Ruanda.
  • S: Sahara Occidental, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Siria, Somalia, Somaliand (de facto independiente dentro de Somalia), Sri Lanka, Suazilandia y Sudán.
  • T: Tanzania, Tayikistan, Timor del Este, Togo, Transnistria, Túnez y Turkmenistán.
  • U: Uganda y Uzbekistán.
  • V:Vietnam.
  • Y: Yemen y Yibuti.
  • Z: Zaire, Zimbabue y Zambia

Comentarios

  1. María García dice:

    Hola soy dominicana pero tengo recidencia venezolana necesito visa para entrar a mi país republica dominicana

    • María García dice:

      Tengo nacionalidad venezolana pero vivo y tengo recidencia en España y tengo pasaporte venezolano soy dominicana necesito visa para entrar a mi país republica dominicana

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