De ahora en adelante, los menores de 14 años extranjeros podrán ser empadronados sin necesidad de que le sea exigido obligatoriamente un NIE o pasaporte , bastará el libro de familia o según su caso el Acta de Nacimiento.
Aunque para muchos sea ilógico que un menor extranjero no tenga pasaporte de su país de origen existen muchas razones dependiendo de cada país, como por ejemplo, crisis económicas, crisis políticas, países en guerra, donde estos países se ven imposibilitados a documentar a sus nacionales.
La semana pasada se publico el fallo a favor de Caritas donde La Audiencia Nacional obliga a equiparar los requisitos de empadronamiento a menores extranjeros con los de españoles
La Audiencia Nacional estima una demanda de Cáritas sobre los requisitos de empadronamiento de menores extranjeros y obliga en su fallo a equiparar a los menores extranjeros con los menores españoles en cuanto a los requisitos de identificación.
El proceso judicial iniciado por Cáritas Española en 2015 para cambiar las ‘Instrucciones técnicas dirigidas a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal’ (BOE 24 de marzo del 2015) ha concluido de manera satisfactoria para la entidad este mismo mes de marzo con la declaración de firmeza de la sentencia emitida por la Audiencia en diciembre.
Este fallo estima las pretensiones de Cáritas y declara nulas de pleno derecho las citadas Instrucciones técnicas al entender que “discrimina a los menores extranjeros respecto de los menores españoles en cuanto a los requisitos de identificación para la inscripción en el padrón municipal”, señala el fallo.
En Resumen, los menores extranjeros hasta los 14 años podrán ser empadronados, bien aportando solo el Libro de familia, bien aportando solo el certificado de nacimiento, como los menores españoles. Y así poder, entre otros, ser escolarizados y acceder a la sanidad y demás prestaciones sociales sin trabas añadidas.
Fuente: Vidanuevadigital
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