La tarjeta roja es un documento acreditativo de que te encuentras en proceso de obtener -o no- la protección internacional, y la misma otorga el derecho a trabajar durante tu estancia acá.
Para comenzar cuando realizas tu petición de asilo, las Oficinas de Asilo y Refugio tienen un mes para pronunciarse sobre su admisión a trámite.
Si la decisión es favorable se abren tres vías de protección internacional:
-Concesión de asilo (autorización permanente)
-Protección subsidiaria (autorización revisable cada cinco años)
-Autorización de residencia por razones humanitarias.
Desde que se inicia el procedimiento, hasta que finalmente se emite una resolución, puede transcurrir un largo periodo de tiempo por lo que, en el momento de admitirse a trámite la petición de protección internacional, por ello se expide un documento provisional que se emite como documento identificativo, el cual se conoce comúnmente como “Tarjeta Roja” (por el color de la cartulina donde está impreso). Su nombre oficial es “Documento acreditativo de la condición de solicitante en tramitación de protección internacional”.
¿Autoriza a trabajar?
Si, de hecho la misma incorporará la mención expresa de “Autoriza a trabajar”. Su vigencia será de seis meses, y se irá renovando de forma progresiva (en las mismas condiciones), hasta que finalmente se emita la resolución definitiva.
¿Permite viajar?
En primer lugar, la solicitud de la protección internacional, conlleva la retirada del pasaporte por parte de las autoridades españolas. Además, la tarjeta roja incluye una mención expresa que establece: “este documento no es válido para el cruce de fronteras”. Esto significa que, el solicitante de protección internacional no puede abandonar el país hasta que no se resuelva sobre su petición. Para poder hacerlos, necesitará una autorización expresa o título de viaje.
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