Extranjeros residentes en España ¿Sabes que debes de renovar tu empadronamiento?
Es importante que renueves tus empadronamiento, dado que la no renovación puede impedir el acceso a la solicitud de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo social y laboral), y la no acreditación de permanencia continuada en España.
También para preparar el expediente de matrimonio, puedes solicitar documentación adicional para verificar tu lugar de residencia.
Padrón Municipal. Renovación de inscripción de los extranjeros no comunitarios
Extranjeros residentes en España ¿Sabes que debes de renovar tu empadronamiento?
La inscripción en el Padrón Municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, está sujeta a renovación periódica cada dos años, pudiendo ser acordada la caducidad de la inscripción, sin necesidad de audiencia al interesado, siempre que éste no proceda a tal renovación.
La renovación supondrá la ratificación de los datos que ya constan en el Padrón incluyendo una declaración de continuar viviendo en España y su voluntad de renovar la inscripción.
Con una antelación de 3 meses a la fecha de caducidad de su inscripción, el Ayuntamiento remite una carta para avisar a las personas que están obligadas a renovar su inscripción empadronamiento.
No obstante, siempre que una ciudadano extranjero no comunitario sin permiso de residencia permanente realice cualquier trámite relacionado con el Padrón, se le informará sobre su obligación de renovar su inscripción padronal, firmando el impreso que se le facilitará a tal fin, presentando el original en vigor del Documento Nacional de Identidad (pasaporte o permiso de extranjero).
La tramitación de un cambio de domicilio o de una modificación de datos personales supondrá la renovación de la inscripción padronal.
Extranjeros residentes en España ¿Sabes que debes de renovar tu empadronamiento?
¿A quién va dirigido?
Mayores de edad: la renovación se podrá realizar por el propio interesado, o a través de representante debidamente acreditado. En el caso de que actué por medio de representante, éste deberá presentar original en vigor del Documento de Identidad del interesado y original del Documento de Identidad del representante; así como la autorización para actuar en nombre y representación del mismo. Dicha representación se podrá otorgar mediante escrito en el que conste la representación para actuar en nombre del interesado. Menores de edad: la renovación se deberá realizar por los padres que tengan su guardia y custodia o, en su defecto, sus representantes legales.
Como realizar el trámite
Presencialmente: en las Oficinas de Atención al Ciudadano de los ayuntamientos del lugar de tu residencia. No se precisa cita previa para este trámite.
Se podrá consultar la fecha de caducidad que conste en la inscripción en las Oficinas de Atención al Ciudadano
Para la realización del trámite desde las Oficinas de Atención al Ciudadano. La tarjeta de extranjero en vigor, expedida por autoridades españolas, tiene preferencia frente a cualquier otro documento y debe presentarse siempre en todos los trámites padronales.
En el caso de menores de edad, los padres que tengan su guardia y custodia o, en su defecto, sus representante legales, deberán presentar su documento de identidad original en vigor, junto con el documento de identidad original en vigor del menor. Para menores de 16 años nacidos en España, presentarán además el libro de familia o certifcado de nacimiento.
Extranjeros residentes en España ¿Sabes que debes de renovar tu empadronamiento?
- Impreso normalizado que se facilita en las Oficinas de Atención al Ciudadano.
Fundamento legal
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre.
Entidad Gestora
Dirección General de Economía y Sector Público Subdirección General de Estadística
Extranjeros residentes en España ¿Sabes que debes de renovar tu empadronamiento?
Hola! muchas gracias por la información. Si tengo tarjeta de residencia a través de pareja de hecho, es necesario igualmente la renovación del padrón cada dos años? Gracias de antemano.
Estimada Cindy,
Nuestra recomendación es que todos los extranjeros que aún no tengan la nacionalidad española renueven su padrón cada dos años.
No es obligatorio en tu caso, pero es lo más recomendable.
Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
Gracias
Un saludo
Hola, gracias por la información, cuando vaya a renovar mi Padrón Municipal debo ir con la persona que me empadronó? (en mi caso mi cuñado que es el dueño del piso donde vivo) o basta con que vaya yo solo?
Estimado Martín,
No es necesario que vaya a la persona que te empadrono, tu solo, firmando el impreso que se le facilitará a tal fin, presentando el original en vigor del Documento Nacional de Identidad (pasaporte o permiso de extranjero).
Para más información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978 ó 608807336.
Muchas gracias,
Un saludo!
Tengo que renovar mi empradonamiento,hace 2 anos e tengo tanbien la tarjeta comunitaria valida de 5 años.
Estimado Sonia,
Si el empadronamiento se tiene que renovar cada dos años para los extranjeros porque sino se puede producir la baja del empadronamiento, no afecta para tu tarjeta, sigue siendo válida.
Si tienes mas dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link: https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services
Llámanos o escríbenos al 910 601 978 consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día.
Un saludo,
Máchelin
Hola cómo estás, yo renové mi empadronamiento tengo algún beneficio como extranjero ? Me explico para obstencion bien sea de residencia o algún trámite legal?
Estimado Miguel,
Debes esperar los tres años para solicitar la residencia legal, con la antiguedad del empadronamiento puedes solicitar ayudas sociales a travez de la trabajadora social del ayuntamiento.
Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +341 910 601 978/ +34 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por WhatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
Un saludo,
Mácheli
Hola buenos días yo tengo la segunda tarjeta de residencia pero fui a renovar el empadronamiento fuera de tiempo tengo algún problema al querer renovar la tarjeta de residencia o con los trámites de la nacionalidad muchas gracias
Estimado Edwin,
En relación a tu consulta, te comentamos que no te va a suponer inconveniente para la prórroga de tu tarjeta de residencia o en su caso, para la solicitud de nacionalidad, el hecho de haber renovado fuera de plazo tu empadronamiento.
Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1
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Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.
Un saludo,
Máchelin
Hola..tengo tarjeta de residencia por 5 años estoy casada con ciudadano de la unión y tengo 8 meses q se venció mi padrón ? Q debo hacer ? Afecta eso a mí solicitud de nacionalidad
Estimada Yanett,
Si te puede afectar a tu nacionalidad, si tiene alguna duda de que nos residido en España, realmente la comprobación es anterior a la nacionalidad, te puede afectar mas a tu residencia.
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Un saludo,
Machelin
Nosotras cumplimos 2 años en Julio, en el mismo lugar, en el mismo piso,Sera necesaria la Renovacion de Empadronamiento, yo vine con Residencia y mi hija con una Estancia por estudios, no sabia que debia renovar esto, cual sera el tramite?
Estimada Rosanna,
La inscripción en el Padrón Municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, está sujeta a renovación periódica cada dos años, pudiendo ser acordada la caducidad de la inscripción, sin necesidad de audiencia al interesado, siempre que éste no proceda a tal renovación.
La renovación supondrá la ratificación de los datos que ya constan en el Padrón incluyendo una declaración de continuar viviendo en España y su voluntad de renovar la inscripción.
Con una antelación de 3 meses a la fecha de caducidad de su inscripción, el Ayuntamiento remite una carta para avisar a las personas que están obligadas a renovar su inscripción empadronamiento.
No obstante, siempre que una ciudadano extranjero no comunitario sin permiso de residencia permanente realice cualquier trámite relacionado con el Padrón, se le informará sobre su obligación de renovar su inscripción padronal, firmando el impreso que se le facilitará a tal fin, presentando el original en vigor del Documento Nacional de Identidad (pasaporte o permiso de extranjero).
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Un saludo,
Máchelin
Buenas noches.
Soy ciudadano francés y tengo programado ir a vivir a Barcelona. Tengo que renovar mi inscripción patronal cada dos años?
Estimado Carlos,
La inscripción en el padrón municipal de los extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción (nacionales de Estados miembros de la Unión Europea entre otros) esta sujeta a la confirmación periódica de la residencia en el municipio, teniendo en cuenta la ultima información disponible relativa a actualizaciones en el Padrón.
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Un saludo,
Machelin
Tengo que renovar
mi empadronamiento el 21 de septiembre,y mi pregunta era si puedo renovarlo antes de la fecha de caducidad?
Estimada Lizz,
En principio la renovación del empadronamiento se tienen que hacer la fecha en la que caduca la inscripción.
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Un saludo,
Machelin
buenos dias mi nombre es con documento número yz1345798 kamalvecino de bilbao desde el 30/08/2017 fui está mañana a renovar el padrón puesto que me toca hacer dicha renovación con lo cual no he recibido ninguna carta o aviso de renovación la señora funcionaria me dijo que dicha renovación hasta 2021 sabiendo que dicha renovación es aplicable a personas extracomunitarios como mi caso según la normativa hace tres meses he hecho una modificación de domicilio con eso se supondrá la renovación?? Gracias
Estimado Kamal,
Los extranjeros extracomunitario tienes que renovar el empadronamiento cada dos años. Sin embargo, la tramitación de un cambio de domicilio o de una modificación de datos personales supondrá la renovación de la inscripción padronal.
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Un saludo,
Machelin
Por favor, corrijan el titular, que tiene un grave error sintáctico: “deber de” indica probabilidad; “deber” (sin el de) indica obligación.
Estimado Garullo,
Perfecto muchas gracias lo tendremos en cuenta.
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Machelin