El Ministerio del Interior publicó hace unas semanas el avance mensual de datos de protección internacional acumulados a 31 de marzo de 2022, en el que actualmente también se incluyen los ceses de Estatuto de refugiado:
SOLICITUDES PRESENTADAS’
Solicitudes presentadas:
28.682
Edad:
0-13 años: 3.737
14-17 años: 948
18-34 años: 14.745
35-64 años: 8.710
65 + años: 542
País de origen:
Venezuela: 11.266
Colombia: 7.631
Perú: 1.993
Marruecos: 1.067
Mali: 925
Lugar de presentación de la petición:
Territorio nacional: 27.198
Puesto fronterizo: 1.257
C.I.E.: 204
Embajada* (solicitudes de extensión familiar): 23
Provincia:
Madrid: 11.621
Melilla: 1.486
Barcelona: 1.480
Murcia: 1.048
Valencia: 1.041Comunidad Autónoma:
Madrid, Comunidad de: 11.621
Andalucía: 2.662
Cataluña: 2.119
Comunitat Valenciana: 1.850
Canarias: 1.509—
PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN´´
FAVORABLES
Estatuto de refugiado
1.980
Protección subsidiaria (PS)
575País de origen
Afganistán: 619
Siria: 480
Mali: 410
Colombia: 142
Nicaragua: 129DESFAVORABLES
11.505
País de origen
Colombia: 3.024
Venezuela: 1.458
Marruecos: 969
Honduras: 841
Nicaragua: 425Cese de Estatuto de refugiado:
10RAZONES HUMANITARIAS
3.232
País de origen
Venezuela: 3.073
Colombia: 123
Perú: 10
Armenia: 5
Albania: 5ARCHIVOS:
1.023TASA DE RECONOCIMIENTO
Eritrea: 100,00 %
Afganistán: 99,36 %
Siria: 91,43 %
Sudán: 87,39 %
Mali: 83,84 %
TOTAL: 14,78 %TASA DE PROTECCIÓN
Eritrea: 100,00 %
Afganistán: 99,36 %
Siria: 91,43 %
Sudán: 87,39 %
Mali: 83,84 %
TOTAL: 33,47 %
ASPECTOS A CONSIDERAR EN LOS DATOS SOBRE LAS SOLICITUDES DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL:
Tengan presente que, los desgloses por país de origen, provincia y comunidad autónoma sólo presentan las cinco categorías con valores más altos. Asimismo, en los desgloses por provincia y comunidad autónoma no se contabilizan las solicitudes presentadas en embajadas ni las de reasentamientos.
De igual forma, en los desgloses por país de origen se presentan las cinco categorías con valores más altos. En el caso del cálculo de la tasa de reconocimiento y la tasa de protección (considerando las autorizaciones de estancia o residencia en España por razones humanitarias), tampoco se incluyen aquellos países para los que se han adoptado menos de diez resoluciones a propuesta por la CIAR.
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