Se retoman las citas presenciales en la Oficina de Extranjería de Madrid

Se retoman las citas presenciales en la Oficina de Extranjería de Madrid

 

Hace unos días dimos a conocer por nuestras redes sociales que la Comunidad de Madrid ya habilitó citas presenciales para trámites ante la Oficina de Extranjería, así como ya están disponibles las citas para información.

 

Esta noticia es muy importante porque antes de la Pandemia era posible hacer citas para iniciar una solicitud ante la Oficina de Extranjería sin necesidad de contar con un certificado digital, gestor o abogado por lo que las personas en situación administrativa irregular que quisieran realizar su trámite sin ningun apoyo podían hacerlo. No obstante, el Estado de Alarma por la COVID-19 trajo consigo la imposibilidad de llevar a cabo esto aunque por otra parte permitió que todos los trámites pudieran ser agilizados de forma telemática.

 

Ahora bien, aunque la automatización de los procesos es objetivo de esta Administración, aún hay muchos aspectos a mejorar y es verdad que quienes carecen de un permiso para residir, trabajar o estudiar en España no tenían fácil el acceso a regularizar su situación o al menos informarse adecuadamente de cómo realizar el proceso.

 

Hoy en día la Oficina de Extranjería en Madrid ya se los permite y a continuación transcribimos la información colgada en la web de la Administración:

 

«TRÁMITES DE LA OFICINA DE EXTRANJERÍA EN MADRID

 

Para evitar desplazamientos innecesarios, lea atentamente antes de solicitar una cita:

NOTA 1: Al objeto de agilizar la tramitación de las solicitudes y de reducir de los tiempos de espera, recuerde que está a su disposición y se recomienda la presentación electrónica a través de la plataforma MERCURIO (necesario certificado electrónico). Si ya ha hecho su presentación electrónica, por favor, no solicite cita presencial. Debe esperar a la resolución de la solicitud ya presentada.

NOTA 2: La cita previa para la presentación de estas solicitudes es exclusivamente para los ciudadanos particulares que no pudiesen acceder a presentar dichas solicitudes por la plataforma MERCURIO y que reglamentariamente se les exige la personación en la Oficina de Extranjería. En otros supuestos sería causa de inadmisión.

NOTA 3: No se debería solicitar cita previa hasta que no disponga de la totalidad de la documentación necesaria para su solicitud, de lo contrario podría incurrir en causa de inadmisión.

NOTA 4: A la hora de rellenar su modelo de solicitud, tenga en cuenta que la opción de “comunicación y notificación por medios electrónicos”, situada en la parte inferior del impreso, requiere disponer de un certificado electrónico asociado al DNI o NIE que figure en el apartado “domicilio a efecto de notificaciones”. No es suficiente disponer de correo electrónico.

NOTA 5: Si la solicitud que pretende presentar no está en la lista de trámites disponibles de la Oficina de Extranjería (como por ejemplo, prórrogas, renovaciones, familiar comunitario permanente,…) significa que NO se presenta con esta cita previa presencial. Por el bien de todos, no solicite una cita que no le corresponde.

NOTA 6: Toda la información sobre trámites de extranjería puede encontrarla en la página web del Portal de Inmigración

Para solicitar duplicados de resoluciones y requerimientos no recibidos, recuerde que está a su disposición el correo electrónico informacionextranjeria.madrid@correo.gob.es adjuntando una copia de su identificación e indicando en el asunto del mensaje la palabra DUPLICADO.

NOTA 7: Puede consultar directamente el estado de tramitación de expedientes grabados en Extranjería:

  1. En esta web: https://sede.administracionespublicas.gob.es/infoext2/jsp/indexnie.jsp
  2. En el teléfono 902 022 222 o en el 060
  3. Mediante un SMS al 600 124 377:
  • con la palabra NIE, seguido de un espacio, y su número de NIE (8 dígitos) o

  • con la palabra EXPE, seguida de un espacio, y su nº de expediente (15 dígitos)»

 

Información obtenida del portal web de la Administración 

 


 

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