¿Qué requisitos exigen para la Carta De Invitación en la Comisaría de Tetuán / Madrid?

¿Qué requisitos exigen para la Carta De Invitación en la Comisaría de Tetuán / Madrid?

Si estas interesado en solicitar una carta de invitación para que un familiar o amigo venga a España. A continuación, te explicamos cuales son los requisitos y que debes hacer para llevar a cabo este trámite.

Te recordamos, que la carta de invitación solo acredita el hospedaje de la persona invitada, se tendrá que justificar además la solvencia económica y seguro de viaje.

Este trámite se realiza de manera presencial.

Horarios:

De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 y de 14:00 a 20:00 horas

 

Requisitos:

1.- Ser residente en el distrito correspondiente a la comisaria donde se va a solicitar.

2.- Para residentes en el distrito de Tetuán pedir cita en el teléfono 91 322 11 17

3.- Se recomienda solicitar la cita con tiempo suficiente para la correcta realización de la carta y los tramites que ello conlleve.

 

Documentos que se deben presentar por parte de la persona invitante.

1.- DNI o Tarjeta de Residencia en vigor (original y fotocopia)

2.- Si la vivienda es en propiedad: Escritura publica o copia simple (originales y fotocopia)

–  Si la vivienda es en alquiler: Contrato de arrendamiento (original y fotocopia)

– Si tanto en la escritura de propiedad como en el contrato de alquiler figuran más de un propietario o arrendamiento se deberá aportar la fotocopia de los DNI o NIE de los mismos, junto con una autorización formada por ellos, de que están de acuerdo en la tramitación de dicha Carta de Invitación.

  1. Padrón Colectivo. (Documento en el cual figuran todas las personas empadronadas en el domicilio)
  2. tasa Modelo 790 COD 012, que será impresa por el solicitante en la página web:

https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/ImpresoRellenar

Modelo 790 COD 012 (esta tasa se pagará una vez revisada la documentación en la oficina, en ningún caso con anterioridad)

4.  Solicitud Carta de Invitación

 

Nota: La carta de invitación que se expida figurara únicamente con los datos aportados por la persona invitante en la solicitud. No haciéndose responsable el departamento de cartas de invitación de los errores por la mala cumplimentación de la solicitud.

Solo si la persona invitante desea evitar cualquier posible error involuntario a la hora de la cumplimentación de la carta, podrá aportar la primera hoja de pasaporte del invitado (Fax o correo ordinario) no siendo obligatorio la presentación de la misma.

 

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