Reconocimiento de Títulos entre España y Chile Sin Homologación

Reconocimiento de Títulos entre España y Chile Sin Homologación

 

¡Así es! De acuerdo al Boletín Oficial de Estado núm.119 del 16 de mayo de 2018, se estableció un Acuerdo de reconocimiento mutuo de títulos profesionales y grados académicos de educación superior universitaria entre el Reino de España y la República de Chile, hecho en Santiago de Chile el 23 de junio de 2017.

 

Por el cual, los títulos universitarios de Chile tienen validez en España sin necesidad de homologación, detallando que tendrán validez en España los títulos profesionales y grados académicos de licenciatura, magister y doctorado, todos ellos obtenidos en universidades chilenas con reconocimiento oficial del Ministerio de Educación de la República de Chile. Por su parte, en el país latinoamericano serán reconocidos los títulos, diplomas y grados académicos oficiales de educación superior universitaria, otorgados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España o por las Universidades españolas autorizadas oficialmente.

 

No obstante, en el acuerdo se precisa que “el reconocimiento de los títulos y grados procederá siempre que cuenten con acreditación o verificación por las respectivas agencias u órganos de acreditación”. Es decir, por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) en el caso de los estudios cursados en Chile y del Consejo de Universidades e informe de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) para aquellos realizados en España.

 

Además, cada parte puede exigir que dichos títulos y grados guarden equivalencia, en cuanto al nivel académico, contenidos, duración y carga horaria, con los planes de enseñanza vigentes en la parte que otorgue el reconocimiento.

 

En el caso de títulos que estén vinculados al ejercicio de profesiones reguladas, será necesario cumplir, además, con los requisitos que cada país exige a sus respectivos títulos oficiales, incluidos los no académicos, de acuerdo con las normas legales aplicables a cada profesión. Dichas normas no podrán exigir requisitos mayores a los titulados en universidades de la otra parte, que a los titulados en las propias universidades.

 

Asimismo, el BOE indica que “El Acuerdo entrará en vigor sesenta días después de la fecha de la última comunicación por la que las Partes se notifiquen recíprocamente, por vía diplomática, el cumplimiento de los procedimientos jurídicos internos necesarios para su entrada en vigor”, no obstante, este acuerdo está en vigor desde el 24 de junio de 2018. Asimismo, se aclaró que “tendrá una duración indefinida, pudiendo denunciarlo cualquiera de las Partes mediante vía diplomática. La denuncia surtirá efecto un año después de la notificación respectiva”.

 

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Comentarios

  1. Natalia Ordenes dice:

    Hola, quisiera saber cual es el precio por el servicio de gestionar el trámite de la validación de titulo universitario chileno en España, Muchas gracias.

  2. Dayana Aguirre dice:

    Quería consultar que pasa con los títulos también profesionales chilenos pero obtenido en un instituto profesional y que también es reconocido por el ministerio de educación. Puedes optar a este beneficio

  3. Maria José Noya Fernández dice:

    Quería preguntar que si en España es obligatorio realizar el master de profesorado para dar clase a Secundaria y Bachillerato, y en Chile no; si viene a España, es obligatorio sacar el máster para dar clase? aunque en su país no es necesario?

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