El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó la Recomendación (UE) 2020/1052 del Consejo de 16 de julio de 2020 por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción, mediante la que se suprimen de la lista publicada anteriormente, Serbia y Montenegro debido a diversos debates suscitados en el seno del Consejo.
Por lo tanto, se expresa que la recomendación asumida es que:
“«1. A partir del 16 de julio de 2020 los Estados miembros deberán levantar gradualmente la restricción temporal para los viajes no esenciales a la UE de manera coordinada para los residentes de los terceros países que figuran en el anexo I.».
2) El anexo I de la Recomendación se sustituye por el texto siguiente:
«ANEXO I
Terceros países cuyos residentes no deben verse afectados por la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE a través de las fronteras exteriores
- ARGELIA
- AUSTRALIA
- CANADÁ
- GEORGIA
- JAPÓN
- MARRUECOS
- NUEVA ZELANDA
- RUANDA
- COREA DEL SUR
- TAILANDIA
- TÚNEZ
- URUGUAY
- CHINA (*)»
(*) a reserva de confirmación de reciprocidad»»
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