¿QUIERES COLOCAR UNA DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO?

¿QUIERES COLOCAR UNA DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO?

¿QUIERES COLOCAR UNA DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO?

A continuación, te presentamos toda la información que debes saber si deseas realizar una denuncia formal ante la inspección del trabajo. Cada vez somos más las personas que nos sentimos perjudicadas por la mala gestión o mala administración de un empresario o empleador. Si bien es cierto, que hoy en día existen múltiples mecanismos de seguimientos a estos empleadores, también es bien sabido que aún aparecen muchos que siguen infringiendo la Ley, quitándole el dinero a muchos extranjeros que, por miedo, no son capaces de denunciarlos. Te presento el proceso que debes seguir para que combatamos juntos a estas personas.

 

Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. A estos efectos se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social. Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves y se sancionan a propuesta de la Inspección de Trabajo, previa instrucción del oportuno expediente y conforme al procedimiento administrativo especial establecido en el Real Decreto 928/1998, por el que se aprueba el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social. Real Decreto 928/199

 

Dichos servicios se deben solicitar a través de denuncia por escrito en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social. En ningún caso se admiten denuncias presentadas mediante el correo electrónico de esta web.

 

Requisitos de la denuncia:

  • La denuncia se deberá presentar de manera escrita
  • Deberá incluir los datos de la persona denunciante y firma, además del teléfono de contacto
  • Fecha y lugar de esos hechos, es necesaria su localización exacta
  • Identificación de los responsables, señalando el empresario que se denuncia.
  • Demás circunstancias que sean relevantes, acompañando si procede la documentación correspondiente.

 

Modelo de denuncia

Se nos ofrece el siguiente modelo que puedes descargar Aquí

 

 ¿Cómo se presenta la denuncia?

Hay 3 formas: telemática, presencial y por vía postal.

Presencial: personándose en los registros de las sedes de la Inspección de Trabajo ubicadas en las capitales de provincia.

Telemática: a través de la Sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, siempre que disponga de DNI o de firma electrónica.

Vía postal: dirigidas a la dirección de la correspondiente sede de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Pero hay que tener en cuenta que si no se presenta directamente el denunciante deberá acompañar el DNI, o en su caso autorización expresa de éste para que la Inspección pueda presentar sus datos.

 

Hay que resaltar que la persona que denuncie estos hechos no tendrá la consideración de interesado en esta fase del procedimiento previo, sin perjuicio de que se tenga tal condición en los términos del art. 31 de la Ley 30/1992 que regula la condición de interesado en un procedimiento administrativo una vez que se inicie el expediente sancionador o liquidatario.

Una vez recibida la denuncia, la Inspección de Trabajo podrá abrir un periodo de información previa para averiguar las circunstancias del caso y la conveniencia o no de iniciar la acción inspectora.

El resultado de esa actuación inspectora será notificado por escrito al denunciante.

Cabe destacar que no se van a admitir hechos o denuncias que traten sobre materias ajenas a la Inspección de Trabajo, las que carezcan de fundamento, sean inteligibles, ni las que coincidan con asuntos que ya estén siendo tratados por un órgano judicial, por supuesto tampoco se van a admitir las denuncias hechas por correo electrónico a la web de la Inspección.

 

Se recuerda que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y S.S. ha puesto a disposición de todos los ciudadanos un «Buzón de lucha contra el Fraude Laboral», donde podrán comunicar a la ITSS cualquier irregularidad laboral que conozcan.

«Buzón de lucha contra el Fraude Laboral»

En este caso el comunicante no tendrá que aportar ningún dato personal y el buzón solo recogerá información sobre las presuntas irregularidades de las que se tenga conocimiento.

Fuente: Inspección Del Trabajo Y Seguridad Social.

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