¿Quieres trabajar con tu Residencia No Lucrativa?

¿Quieres trabajar con tu Residencia No Lucrativa?

 

Como ya hemos comentado en otros artículos y vídeos la Autorización de Residencia No Lucrativa, es un permiso que permite vivir en España acreditando, eso sí, que se tienen medios económicos suficientes.

 

RESIDENCIA NO LUCRATIVA

 

Como decimos la Autorización de Residencia no Lucrativa se otorga a aquellas personas que pueden vivir en España sin necesidad de desarrollar en nuestro país ningún tipo de actividad laboral.

Para poder conseguir esta autorización, el principal requisito que hay que cumplir es acreditar que tienes medios económicos suficientes para eso, para vivir en España sin trabajar.

Aquí la normativa de extranjería es clara y define muy bien, cuando tienes medios económicos suficientes y para ello utiliza el IPREM.

 

El IPREM es un Indicar de Público de Renta a Efectos Múltiples y se exige concretamente disponer del 400% del IPREM de forma mensual (lo que equivale a 2259,60 euros) A esta cantidad debes añadirle el 100% del IPREM por cada familiar que quieras traer contigo (lo que supone 564,90 euros adicionales).

 

Además de este requisitos, debes cumplir con otros como :

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Tener medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM, .
  • Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM .
  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.

 

TRABAJAR CON LA RESIDENCIA NO LUCRATIVA

 

Las personas que finalmente acceden a este tipo de permiso de residencia en España muchas veces nos preguntan si pueden trabajar en España.

A priori la respuesta es No. Con la Autorización de Residencia no Lucrativa no podemos trabajar en España, ni por cuenta ajena ni por cuenta propia.

Este tipo de residencia solamente lleva aparejada la autorización para residir y no la autorización para trabajar.

IMPORTANTE: Eso no quiere decir que fuera de España no puedas desarrollar una actividad laboral. Es decir, la normativa te exige que si tienes una Autorización de residencia no lucrativa no realices trabajo alguno en España, pero sí podrás hacerlo por ejemplo en tu país de origen.

Podrás por tanto tener negocios en tu país de origen que te proporcionen ingresos y rentas suficientes para vivir de ellos sin necesidad de tener actividad laboral en tu país, ni una presencia continuada en tu país de procedencia para dirigir tus negocios. El hecho de que te desplaces de forma periódica a tu país de origen para atender tu negocio carece de trascendencia, siempre y cuando se mantenga en España la residencia efectiva y continuada.

 

MODIFICAR LA RESIDENCIA NO LUCRATIVA

 

Como cualquier otra autorización de residencia en España la podrás modificar. Para ello y una vez lleves en España un año, en el momento de realizar la renovación de permiso, podrás modificarla y solicitar alguna de estas opciones:

  • Autorización de Residencia y trabajo por cuenta ajena
  • o una Autorización de Residencia y trabajo por cuenta propia.

 

¿Siempre debemos esperar ese año antes de modificar la tarjeta?

Sí, salvo:

  • Que acredites una necesidad imperiosa de trabajar por circunstancias sobrevenidas para garantizar tu subsistencia
  • o que accedas a cualquiera de las autorizaciones de residencia y trabajo de la Ley de Emprendedores, como puede ser la Autorización de Residencia como Profesional Altamente Cualificado o la Autorización como Emprendedor.

 


 

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