El pasado 4 de junio, se publico en el BOE, (Boletín oficial del Estado), una nueva enmienda de gestión por la que se firma la colaboración del Registro de la propiedad al Ministerio de Justicia para que se encargue de la resolución de los expedientes de nacionalidad española por residencia presentados con el antiguo proceso desde el año 2016 al año 2019.
Con fecha 25 de abril de 2019 se ha suscrito la Encomienda de Gestión del Ministerio de Justicia al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para la tramitación de expedientes de nacionalidad por residencia del periodo 2016-2019
La encomienda cita lo siguiente:
“El Ministerio de Justicia encomienda al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España la realización por medios electrónicos de las actividades destinadas a la tramitación de los expedientes de nacionalidad por residencia según se concretan en la cláusula segunda de este instrumento, hasta el momento inmediatamente anterior a aquel en que la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil eleve el preceptivo informe-propuesta de resolución al órgano competente, conforme al artículo 367 del Reglamento del Registro Civil”
BOE
Cómo ya saben, desde el 15 de octubre de 2015, con la entrada en vigor de la reforma del proceso de solicitud de la Nacionalidad española por residencia, se contempla la posibilidad de presentar las solicitudes de Nacionalidad española por la vía telemática a través de la plataforma del Ministerio de Justicia.
Este PIN es una prórroga de los Planes intensivos anteriores, los que han firmado desde el año 2012 y que solo abarca los expedientes presentados en formato papel en los Registros civiles antes del 15 de octubre del año 2015 y que han tenido entrada al Ministerio de Justicia durante los años 2016, 2017, 2018 y 2019.
Para las solicitudes de nacionalidad que fueron entregadas en los Registros Civiles es necesario recordar que la fecha de entrada que se toma en cuenta es la fecha que el expediente tuvo entrada en el Ministerio de Justicia, no la fecha en que lo entregamos en el Registro Civil.
La cifra es menor a los planes anteriores se calcula que el total de expedientes que están bajo esta condición son alrededor de unos 50.000 expedientes.
¡Atención!
Este plan no afecta a los expedientes presentados de manera telemática. De momento, hemos vistos expedientes resueltos del año 2015 y del año 2016 pero en su mayoría son expediente que han interpuesto recursos contenciosos.
En nuestra opinión debería crearse un mecanismo para agilizar la resolución de los expedientes presentados de manera telemática. Hace meses anunciaron un plan de choque, seguimos esperando este plan de choque y la contratación del personal necesario por parte del Ministerio de Justicia para dar frente a la demanda de solicitudes
Puedes descargar la publicación del BOE https://www.boe.es/boe/dias/2019/06/04/pdfs/BOE-A-2019-8298.pdf
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Denegado el recurso de casación pero mi Expediente de Nacionalidad española del año 2012 Enmarcada dentro del Citado Plan Intensivo
Casi 20años continuada que estoy residiendo legal en España
Necesito obtener la Nacionalidad Española por residencia con este plazo del Citado Plan Intensivo
Estoy esperando vuestra información
Muy Amable
Casi 20 años continuada que estoy residiendo legal en España y mi Expediente de Nacionalidad Española del año 2012 Enmarcada dentro del Citado Plan Intensivo pero denegada con recurso de casación sin penal
Necesito solicitar el recurso de plan intensivo
Estoy esperando vuestra respuesta
Atentamente gracias
Estimada Hassan,
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Un saludo,
Machelin
Hola tengo un hijo de 10 años de edad que tiene nacionalidad española y desde sus tres años vivimos en bolivia quiero saber si por parte de mi hijo me puden dar la nacionalidad española
Estimado Edmer,
Lamentablemente la nacionalidad española no se puede transmitir de hijos a padres. En ese caso, tu te podrías beneficiar de solicitar un arraigo familiar por ser madre/ padre de un menor de edad de nacionalidad española.
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