Nuevos Criterios: Recursos económicos para la autorización de residencia en España (Ley 14/2013)

Nuevos Criterios: Recursos económicos para la autorización de residencia en España (Ley 14/2013)

El pasado 22 de abril se publicó una circular donde se detalla de manera especifica cuales son los criterios que tiene en cuenta la Unidad de Grandes Empresas a la hora de resolver de manera favorable los expedientes de residencia en España por la ley de emprendedores (Ley 14/2013)

Este circular establece de manera textual en el criterio número tres las cuantías exactas de los recursos económicos que se tienen que demostrar a la hora de la solicitud. Aplica para la residencia de inversionistas, altamente cualificados, emprendedores, investigadores, y trabajadores que efectúen traslados interempresariales:

Criterio 3.

Recursos económicos de los titulares

Estos tipos de residencia la suelen aprobar por 24 meses, por ello, es necesario aportar estas cuantías multiplicadas por 24 meses. En este despacho de abogados solemos aportar solo 12 meses de ahorros. en lugar de 24 meses.

Los titulares de los visados y autorizaciones de residencia contemplados en la ley 14/2013 (mejor conocida como ley de emprendedor) deberán acreditar que cuentan con recursos económicos para su sostenimiento de acuerdo con las siguientes cuantías;

  • Titulares de las autorizaciones de emprendedores: Cantidad que represente mensualmente el 100% del IPREM.  Aproximadamente 538 euros mensual, (12.912 euros 24 meses)
  • Titulares de visados o autorizaciones de residencia para inversores deberán acreditar para su sostenimiento en España con una cantidad que represente mensualmente el 400% del IPREM. Aproximadamente 2.100 euros mensual, (50.400 euros, 24 meses)

Recursos económicos para reagrupación Familiar:

Para el sostenimiento de los familiares que estén a su cargo, los titulares de las autorizaciones contempladas en la ley deberán contar con medios económicos de acuerdo con las siguientes cuantías:

  • Emprendedores, altamente cualificados, investigadores, y trabajadores que efectúen traslados interempresariales:

Unidades familiares que incluyan dos personas contando al titular y a la persona reagrupada: al menos 150% del IPREM Aproximadamente 807 euros mensual, (19.368 euros 24 meses)

Unidades familiares que incluyan al titular y a mas de dos personas: cantidad que represente el 50% del IPREM por cada miembro adicional.  Aproximadamente 269 euros mensual (6.456 euros 24 meses)

  • Inversores: por cada uno de los familiares a su cargo, el 100% del IPREM, que sería 538 euros aproximadamente por cada miembro familiar, mensualmente.   (12.912 euros 24 meses)

¿Cómo se puede acreditar los medios económicos?

Para la acreditación de las cantidades señaladas se podrá emplear cualquier medio de prueba y se efectuará un análisis individualizado.  Por ejemplo: Cuenta Bancarias en España y en el extranjero, otros fondos de inversión, etc.

Si deseas descargar los criterios completos haz clic en el siguiente enlace http://www.mitramiss.gob.es/ficheros/ministerio/CriteriosAplicacionLey14-2013Sellado.pdf



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Comentarios

  1. Martina dice:

    Muy buen articulo. Gracias por compartirlo.

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