No expulsión de extranjero por antecedentes penales

No expulsión de extranjero por antecedentes penales

No expulsión de extranjero por antecedentes penales

El tema sobre la expulsión de un extranjero extracomunitario con antecedentes penales se encuentra sobre el tapete, y en espera de que en un par de meses el Tribunal de la Unión Europea emita sentencia sobre dicho tema.

Al tratarse de un asunto en el que se ven implicadas personas, la resolución podría adelantarse, y de que esta sea favorable para los extranjeros.

Resulta que existen dos casos por los cuales se ha traído el tema a colación, y es la situación de un ciudadano colombiano y de una mujer marroquí. Marín de Colombia el cual tiene dos hijos, uno de nacionalidad española y otra polaca. Y en el caso de la señora marroquí C.S, que tiene la custodia exclusiva de su hijo de nacionalidad británica.

Ambos padres se encontraron con la situación de que las autoridades de España y Reino Unido no quisieron emitir permiso de residencia en 2014, al momento de presentar la solicitud, por los antecedentes penales de estos.

Para que estos extranjeros se queden en los Estados miembros es necesario que se cumplan una serie de requisitos, y es que deben tener la custodia de un menor de edad de cualquiera de las 28 nacionalidades de la Unión Europea, y residir en un país comunitario del que no son nacionales. Ambos padres cumplen con estos preceptos, según el propio Tribunal.

Por eso se espera, que ambos padres no sean expulsados y que se les otorgue el permiso de residencia. Estos al no ser una grave amenaza para la UE, ni encontrarse la seguridad pública vulnerada por estos, no deberían ser expulsados ni denegárseles la residencia.

Es sabido que al tratarse de temas en los cuales se vean implicados menores de edad, las autoridades dan un manejo distinto a este tipo de situaciones, pues se pone en tela de juicio que el Estado vulnere los derechos de ese menor, al privarlos de la libertad con que pueden moverse por ser europeos.

De tal manera creemos que la sentencia será a favor de los padres extranjeros, cuyos hijos menores de edad son miembros de la UE, y que en tal caso no sería a los padres a los cuales se les causara un perjuicio, sino a los menores que al ser miembros de la UE tendrían obligatoriamente que irse con sus padres a sus países de origen, o fuera del territorio europeo. Y sus derechos como miembros de la UE quedarían aplastados al no poder estos menores, disfrutar de manera libre de estos derechos.

 

 

Comentarios

  1. Paola dice:

    Buenísimo el post. Saludos.

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