Me han aprobado la Residencia para Búsqueda de Empleo en España. ¿Puedo trabajar? ¿Qué debo hacer?

Me han aprobado la Residencia para Búsqueda de Empleo en España. ¿Puedo trabajar? ¿Qué debo hacer?

Como ya les hemos hablado en artículos anteriores, las personas que se encuentran en España con una autorización de estancia de estudiante y ya han alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo con el Marco Europeo de Cualificaciones., pueden modificar esta estancia a una residencia para buscar trabajo.

 

Las personas que le han aprobado este tipo de residencia tienen la duda de si pueden trabajar o no y cuánto tiempo deben esperar para cambiar este tipo de autorización a residencia y trabajo por cuenta ajena o cuenta propia.

 

Hemos decidido escribir este articulo porque hay mucha confusión en el colectivo de estudiantes extranjeros, todos piensan que solo deben hacer la modificación a la residencia para búsqueda de empleo y que, ya una vez aprobada, solo tendrán que hacer el alta en la Seguridad Social y empezar a trabajar.

 

Ahora bien, Esto no es así.

 

Una vez aprobada la solicitud, el solicitante tendrá que poner huella en la Comisaria policial más cercana a su domicilio actual

 

Durante la vigencia de esta autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, su titular estará autorizado a buscar empleo adecuado al nivel de estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial. El SOLICITANTE NO ESTA AUTORIZADO DURANTE EL AÑO QUE LE HAN APROBADO ESTA RESIDENCIA A TRABAJAR.

 

Una vez concedida la autorización correspondiente y durante su vigencia, en caso de encontrar un empleo adecuado en relación con el nivel de estudios finalizados, o de haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá solicitar la autorización correspondiente de entre las reguladas en la Ley Orgánica 4/2000 o en la Ley 14/2013. No se exigirá, en ningún caso, la obtención del visado.

 

En caso de que se solicite una autorización de residencia de las reguladas en la Ley orgánica 4/2000 y su Reglamento, deberá darse cumplimiento a lo previsto en el artículo 200 del Reglamento. Por tanto, para la no aplicación de la situación nacional de empleo se exige que los extranjeros se hayan encontrado en España durante al menos un año en situación de residencia; si bien, ese plazo podrá ser menor, excepcionalmente, si el extranjero acredita una necesidad de trabajar por circunstancias sobrevenidas para garantizar su subsistencia o si el extranjero solicita autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.

 

En caso, de que la autorización de residencia se solicite por cuenta propia para emprender, NO se tomará en cuenta la situación nacional de empleo y podrá solicitarse antes del año de este tipo de autorización. 

 

En resumidas cuentas, los estudiantes que opten por esta residencia tendrán que esperar tener UN AÑO con este tipo de autorización (Se ha asimilado a la Residencia No Lucrativa) para poder modificar a la Residencia y Trabajo por cuenta ajena.

 

Si esta persona encontrase un empleo antes de este año, se le tomará en cuenta la Situación Nacional de empleo y la oferta laboral tendrá que estar dentro del Catálogo de Difícil Cobertura en España.

 

En casos excepcionales, donde el solicitante necesite trabajar para garantizar su subsistencia, este podrá solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o cuenta ajena, acreditando que no tiene medios para vivir.

 

Si durante la vigencia de esta autorización o transcurridos los doce meses no ha encontrado trabajo, puede solicitar de nuevo una autorización de estudios siempre que cumpla los requisitos establecidos para ello.



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Comentarios

  1. CEsar dice:

    Hola, mi NIE venció en marzo y en abril conseguí unas prácticas la escuela donde estudiaba el Master oficial me dio un certificado indicando que tenia plazo hasta el 31 de enero de 2022 para presentar mi TFM, con ese certificado envié mis papeles para renovar el NIE de estudiante, pero nunca salió resolución ni nada solo tengo el resguardo cuando entro a la web a hacer seguimiento no hay nada. Ahora en el mes de setiembre acabo de presentar mi TFM con lo cual indica que ya culminé mis estudios, y quiero presentarme a la visa de búsqueda de empleo, lo puedo hacer con el resguardo del NIE en trámite?

  2. Michelle Bustos Mazenett dice:

    Hola Machelin,

    Ya tengo mi residencia para búsqueda de empleo. Ahora mismo tengo una empresa que está dispuesta a contratarme pero tengo una duda acerca del procedimiento porque si bien dices que pasados los 12 meses no tendría problema en realizar el procedimiento y así mismo no se tomará en cuenta la situación nacional de empleo. Pero cómo debo realizar el procedimiento? En 2 semanas cumplo los 12 meses de residir con esta autorización.
    Gracias

    • Daniela dice:

      Hola Machelin tengo una duda, hice el procedimiento para la solicitar la residencia para la búsqueda de empleo y me notificaron que me han concedido el permiso, en ese caso tengo que pedir cita para la toma de huellas? Y me segunda interrogante es que en un apartado menciona que una de la documentación que debo presentar para la toma de huellas es darme de alta en la seguridad social, así que no sé cómo podría estar dada de alta si no tengo un trabajo, espero puedas responder mi interrogante

    • Ana dice:

      Hola,

      Te han podido responder? La empresa te ha contratado? como realizaron la tramitación?

  3. Katherine Nieto dice:

    Hola Máchelin,

    Viendo las respuestas y comentarios que ya se han hecho me surge una duda. Antes te cuento que mi situación es igual que muchos de aquí:

    Tengo un permiso de residencia para búsqueda de empleo. Una empresa me quiere contratar, para que no se tenga en cuenta la situación nacional de empleo (pues soy de Colombia) ¿Debo esperar el año entero, los 365 días, para aplicar a permiso por cuenta ajena o puedo un mes antes de que se me venza el permiso por búsqueda de empleo aplicar a cuenta ajena?

    El puesto de trabajo sería un contrato normal, no es altamente cualificado.

    ¿Por qué te enfatizo en la misma pregunta que te han hecho otros antes? Porque he hablado con muchos y unos me dicen que debo cumplir los 365 días y otros dicen que si puedo 30 días antes de que se me venza el permiso de búsqueda de empleo. Así que no se cual es la respuesta correcta. ¿Sobre que articulo o documento dice que si puedo o no aplicar 30 días antes?

    Agradezco de antemano tu respuesta.

  4. Andrea Guamo dice:

    Hola estimada Mácheline, terminé un máster oficial en Diciembre del año pasado y deseo seguir estudiando y/o buscar trabajo, por lo cual la opción que me queda es aplicar a residencia para búsqueda de empleo, mi duda es si no encuentro trabajo y deseo apuntarme a un doctorado ahora en Julio puedo hacerlo con la residencia no lucrativa sin ningun problema?

  5. Javier dice:

    Hola Llevo 2 años como estudiante de maestría, ya voy a finalizarla y tengo una oferta de trabajo pero no aplica para profesional altamente calificado por el valor, qué tipo de visa tendría que utilizar o puedo hacer?

  6. Lucia dice:

    Estimados:
    Mi Nie vencerá el 21.12.2020. Renovaré el Nie para la Búsqueda de Empleo el 1.2.2021 (puede hacer hasta 90 días después de la caducidad).
    Así la fecha de caducidad del Nie nuevo es 21.12.2021 (1 año desde la fecha de vencimiento) o 1.2.2022 (1 año desde la fecha de presentación) o 1 año desde la fecha de aprobación de la solicitud?
    Muchas gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola,
      Entiendo tu preocupación. Lamentablemente la residencia para búsqueda de empleo no puede renovarse. Este permiso es concedido solo 1 año. Para el caso de las modificaciones de residencia para búsqueda de empleo, deben hacerse dentro de los 30 días anteriores a la caducidad. En todo caso, pudieras volver a estancia por estudios. Seria importante valorar tu caso.
      Te recomiendo puedas ponerte en contacto con nuestro Despacho para que podamos conocer con mas detalle tu caso y brindarte una asesoría más personalizada-
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      Un saludo,
      Machelin 

  7. Mohamed dice:

    Hola, Llevo viviendo en España casi 4 años con tarjeta de estudiante. Actualmente tengo «Residencia temporal no lucrativa inicial titular de estancia por estudios superiores que cesa para búsqueda de empleo».

    Mi pregunta es la siguiente: ¿puedo cambiar o modificar este tipo de residencia no lucrativa a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena (arraigo social) en caso de encontrar un contrato de trabajo o sólo una oferta en ALTA en el periodo temporal (en el campo por ejemplo) que NO TIENE RELACION con el nivel de los estudios finalizados, dado que tengo más de tres años residiendo legalmente en España? Y, en este caso, ¿los años de residencia del estudiante se calculan a la mitad?

    Gracias

  8. Laura Caballero dice:

    Hola Machelin, muchas gracias por el post y por atender a las consultas 🙂
    Mi caso es el siguiente. Estoy cursando un master oficial de la universidad de Sevilla el cual tengo pendiente únicamente el TFM, el cual defiendo a inicios del mes de diciembre. Actualmente mi Visado de estudios se encuentra prorrogado automáticamente hasta el 21 de diciembre por el COVID, por lo que no he hecho ningún procedimiento de prorroga.

    Quiero solicitar el visado de búsqueda de empleo una vez culmine totalmente el master, estar con la prorroga automática de estudios me permite realizarlo? y cuanto es lo recomendable demostrar de solvencia económica para tener resultado favorable?

    Un saludo!

  9. Juan Q. dice:

    Hola Buenas tardes,

    Mi consulta particular es sobre el proceso de residencia para busqueda de empleo.
    He estudiado un Master propio de la Universidad politécnica de Madrid(está por finalizar este mes).
    Quería saber si con ese máster propio puedo aplicar al permiso o solo es posible a través de un máster oficial?

    Saludos.

  10. Braulio dice:

    Hola Máchelin, quisiera saber:
    una vez obtenido el permiso para Búsqueda de Empleo, ¿es posible postular y optar a puestos bajo un Contrato de Prácticas (sin convenio con universidad/centro educativo) y realizar una modificación a un permiso de Residencia para Prácticas?

    O ¿únicamente se puede modificar este permiso a una Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena/Propia? (cumpliendo los requisitos acordes a cuál sea que opte, claro).

    Gracias y un saludo

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola,

      La modificación puede ser por con contrato de trabajo prácticas de un año, nosotros hemos realizado modificación con este tipo de contrato. Y seria por cuenta ajena, el trabajo tiene que ser relacionado con los estudios. Directamente en la modificación a residencia prácticas profesionales existe una laguna porque el criterio es solo modificación a cuenta ajena o propia y estudios.
      Todos estos cambios durante la vigencia los 30 días anteriores a la caducidad si es cuenta ajena, Cuenta propia durante la vigencia. Y para estudios el plazo es durante los 60 días anteriores a la caducidad.
      A practicas no es criterio de extranjería, se tendría que judicializar.
      Espero haberte ayudado. Si aun tienes dudas estaremos encantados de valorar tu caso.
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      Un saludo,
      Machelin

  11. JAYME dice:

    Hola, Machelin, muy buen dia. Tengo duas preguntas sobre el proceso de obtención de un visado para la búsqueda de trabajo. En primer lugar, ¿cuánto costaría llevar a cabo el procedimiento?. En segun lugar ¿Cómo debo proceder para demostrar mis ingresos? Actualmente no tengo trabajo y recibo ayuda financiera de mis padres. Si es así, ¿qué tipo de documentación debo adjuntar a mi solicitud? cuánto costaría realizar el trámite. Muchas gracias

  12. Pablo Guevara dice:

    Hola Máchelin, buenas tardes
    Tengo una duda con respecto a esta autorización.
    En junio terminé de estudiar un Master Propio (No Oficial) en una escuela privada.
    Este tipo de Máster aplica para la solicitud para esta autorización? o cómo puedo certificar que el máster corresponde a un nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones.

    Gracias de antemano por tu ayuda.

  13. Alejandro dice:

    Hola Buenas Tardes,

    Aplicando a la residencia de búsqueda de empleo y en dado caso que sea favorable,

    – ¿El tiempo de residencia con la tarjeta computa para la nacionalidad?

    – Entiendo que para cambiar el status a trabajo por cuenta ajena se necesita presentar la oferta laboral (relacionada a mis estudios) hasta que se cumpla el año que da la residencia por búsqueda de empleo. ¿Esto es correcto? y ¿aquí no entraría la situación nacional de desempleo?, es decir, puede ser un trabajo normal, no altamente cualificado.
    – Para cambiar el status antes del año, solo se podría con una oferta laboral como altamente cualificado ¿cierto?

    Y en dado caso… Si tengo dos años de estudiante, y aplico a esta residencia, y no presento para cambiar el status a trabajo por cuenta ajena, ¿podría aplicar a residencia por arraigo social? Ya que llevaría tres años en España, pero 2 serian de estancia y 1 de residencia

    Saludos

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola,

      En relación a tu primera inquietud: si, esta residencia te computa para la nacionalidad.

      Conforme a tus demás inquietudes, te explico que aquí el primer paso será encontrar una oferta de trabajo de una empresa dispuesta a contratarte. Es importante que el trabajo que encuentres esté relacionado con tus estudios previos, y que requiera las habilidades que corresponden a tu nivel de educación.

      Aquí tiene dos opciones: como trabajador altamente cualificado (si tu salario es superior a 40.000 euros al año y estamos hablando de un puesto técnico o de directivo) o solicitar un permiso de trabajo regular. En el primer caso la Ley de Emprendedores será la aplicable, y en el segundo la Ley General de Extranjería, esta última, si es aplicable, entonces se tendrá en cuenta la situación nacional de desempleo.

      Espero haberte ayudado. Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.
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      Un saludo,
      Machelin 

  14. Cesar Rubio Calderón dice:

    Hola Máchelin.
    Acabo de culminar un Master Propio (No Oficial) de la UPM.
    Este tipo de Máster aplica para la solicitud de Permisos de Residencia para búsqueda de trabajo?.
    Cuanto cuesta el tramite de realizarlo a traves de Uds.
    Gracias

  15. Daniela dice:

    Buenas tardes, Mache.
    te escribo para preguntarte lo siguiente:
    A mi esposo le salió como inadmitido a trámite (permiso de residencia por búsqueda de empleo) a mi me admitieron… yo pediré permiso de estudios ahora…

    ¿Es posible pedir como acompañante a un familiar que no tiene papeles en regla? (a mi esposo)

    gracias.

  16. Camila dice:

    Buenas! Tengo una pregunta, dónde debo solicitar este permiso de residencia para búsqueda de empleo???

  17. David dice:

    Hola muy buen dia, mi duda es, cuando entro a al registro electrónico para realizar la residencia por búsqueda de empleo, en el formulario me poner – ASUNTO,EXPONE y SOLICITA- ¿Que es lo que se tiene que poner realmente en ese apartado? ¿Hay que poner algo en especifico? un cordial saludo

  18. Andrea dice:

    Hola, quisiera saber si hay alguna alternativa a mi situación.
    Soy argentina, termine un master en Madrid en septiembre 2019 y expiró mi NIE.
    El 8 de octubre presenté telemàticamente todos los papeles para solicitar el permiso de residencia para búsqueda de empleo no lucrativa, la cual resultó favorable recién en abril 2020 y vence en octubre 2020.
    Yo viajé a Argentina en octubre de 2019 y tenía billete de avión en marzo 2020 pero sucedió lo del COVID, no pude regresar. Mi duda es:
    – En qué me perjudica haberme ausentado tanto tiempo de España a la hora de querer cambiar ese permiso a uno de trabajo por cuenta propia?
    – ¿Qué me aconsejan para continuar con el procedimiento y realmente poder buscar un trabajo en España o en su defecto darme de alta como autónoma

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Andrea,
      Entiendo tu preocupación. Ahora bien, respecto a tu primera pregunta debes tener en cuenta que no pasa nada el tiempo que hayas estado fuera de España, lo importante es tener un contrato de trabajo o poder modificar a cuenta propia, por tanto, esto ya dependerá de ti.
      Ahora bien, si necesitas que te demos información adicional o necesitas una consulta personalizada ponte en contacto con nosotros:

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      Un saludo

  19. María José dice:

    Hola llevo dos años como estudiante, quiero aplicar a la residencia para Búsqueda de empleo.
    Al terminar el año de la residencia para Búsqueda de empleo cumpliría 3 años continuados en España, podría al terminar este período optar por pedir Arraigo social? y con esto tener ya permiso de trabajo y residencia? Obtendría la primera tarjeta?
    No quisiera volver a estancia de estudiante, Gracias!

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Maria
      Claro que si, si puedes demostrar la permanencia continuada en España de los TRES AÑOS y dispones de un contrato de trabajo, puedes solicitar el arraigo social sin problema.
      La permanencia en España se puede demostrar de muchas formas, los sellos del pasaporte y el empadronamiento son primordiales, pero también se puede probar con otros documentos, más que nada por que una persona que realmente vive en España durante 3 años, debe integrarse en la sociedad que le rodea.

      Otros documentos pueden ser:
      1. Recibo de pagos de abono transporte
      2. Citas médicas/informes médicos
      3. Contrato de alquiler
      4. Relación de envíos de dinero
      5. Todos los cursos que hayas realizado
      6. Declaración jurada de compañeros de piso o vecinos
      7. Certificado de titularidad de cuenta bancaria
      8. Contratos móviles y facturas móviles
      9. Contrato de gym etc.

      Te dejo un link sobre el arraigo para que revises el resto de requisitos necesarios: https://www.machelindiaz.com/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales-arraigo-social/
      Espero haberte ayudado
      Un saludo
      Máchelin

  20. Lina dice:

    Hola, Machelin

    Te escribo porque me pasó algo raro. Yo apliqué para permiso de residencia por búsqueda de empleo y hace unos días salió en la resolución RESUELTO FAVORABLE . Lo que me parece raro es que dice en el tipo de autorización: Estancia por estudios, investigación , formación, practicas no laborales o servicios de voluntariado prorrogada… Es igual una buena noticia, se me va a cumplir el año pronto y quisiera saber si puedo de nuevo pedir una autorización por estudios por un año, os i tengo la opción de pedir una residencia de empleo por cuenta ajena.

    gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Lina
      Entiendo tu preocupación. Ahora bien, con respecto a tu consulta debes tener en cuenta que probablemente la búsqueda de empleo no este ni siquiera grabada, por tanto por eso se te ha realizado ese tramite. De toda formas, nos gustaría ayudarte para ello te recomiendes que realices una cita conmigo dado que el tramite no esta bien hecho.
      Te dejo mis números de contacto, estaré encantada de ayudarte

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      Un saludo
      máchelin

  21. José Gómez dice:

    Buenas tardes,Máchelin… gracias de antemano.

    Te cuento mi caso: Vi en la plataforma una notificación que dice que quedé INADMITIDO A TRÄMITE (de permiso de residencia por búsqueda de empleo) eso fue el 11 de febrero. Veinte días después fui a información porque no me había llegado al correo postal la notificación. Allá me dijeron que debía seguir esperando veinte días más o volver…pues te cuento que la notificación nunca llegó al correo y no pude volver a tomar cita con extranjería por el COVID.

    ésta es la hora que sigo esperando e intentando pedir cita para saber la razón por la cual quedé inadmitido a trámite. Me siento impotente, además porque quiero presentar un RECURSO, pero sin saber la razón, es imposible ..¿qué me aconsejas hacer?

    Gracias.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Jose
      Lamento mucho tu situación.
      Pero debes de tener en cuenta que cuando te han inadmitido a tramite no cabe recurso alguno. Ahora bien, esto puede ser porque has iniciado la solicitud fuera de plazo o algo has hecho mal.
      Me encantaría ayudarte pero necesito saber mejor tu caso, por tanto, mi recomendación es que realices una cita conmigo

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      Un saludo.

  22. Andrea dice:

    Machelin, buenas tardes.
    Te escribo para preguntarte lo siguiente: Hace tres días me respondieron FAVORABLE en el permiso de residencia por búsqueda de empleo. Esta respuesta fue dada 9 MESES después de haber enviado los papeles…Mi NIE vence el 30 de junio de 2019 ..en ese caso,¿tengo permiso de residencia hasta el 30 de junio de este año? En ese caso me quedarían 19 días para que se termine mi permiso de residencia por busqueda de empleo… Teniendo en cuenta esto, ¿debo hacer lo de las huellas? ¿sabes si están dando cita para ello? ¿o primero debo esperar la notificación por correo ? ¿tengo tres meses más después de el 30 de junio para aplicar a otro tipo de figura?

    ¡Mil gracias!

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Andrea,

      Entiendo tu preocupación. Ahora bien, lo que te ocurre es algo normal. Lamentablemente en Madrid cuando se solicita la tarjeta de búsqueda de empleo, la resolución suele salir a los 6 meses, y al se consume casi todo el tiempo, por tanto no queda muy poco con la tarjeta de residencia de búsqueda de empleo. Según lo que me cuenta, entiendo que ni siquiera tienes la resolución favorable de tu expediente y calculando un poco por encima las fechas, se entiende que tu NIE de búsqueda de empleo vence el 01/07/2020, te queda muy pocos días para que caduque, por tanto no es necesario que pongas las huellas.
      Dado que no se expedirá TIE cuando el permiso al que esté asociado sea inferior a 6 meses, ni en el caso de que la vigencia de la misma sea inferior a 30 días (como es tu caso).
      Por tanto, mi recomendación es que empieces a realizar la modificación, si necesitas información adicional ponte en contacto conmigo.

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      Un saludo.
      Máchelin

  23. Anna dice:

    Buenas, Máchelin! Gracias por contestar las dudas de los estudiantes extranjeros.
    Estoy a unas prácticas curriculares y tfg de terminar mi grado y obtener el diploma. Mi estancia por estudios está en el proceso de prórroga, que se extendió por el covid. Para lo que me falta de grado, puedo solicitar la residencia para la búsqueda del trabajo, aún siendo la estudiante matriculada en la universidad? O si no, puedo entonces solicitar la residencia de prácticas?

  24. Pamela dice:

    Buenas Sra. Abogada Diaz,

    Mi pregunta es si la residencia para búsqueda de empleo me cuenta para en un futuro solicitar la ciudadania española, y si la respuesta es si, que tiempo debo dudar con esta residencia para poder solicitar la nacionalidad.

    gracias de ante mano por su respuesta.

    Un abrazo!!

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Pamela,
      Efectivamente, la residencia de búsqueda de empleo te computa para la nacionalidad.
      Ahora bien, debes tener en cuenta , que si eres de uno de los países iberoamericanos, debes de tener años de residencia legal en España.

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      RECUERDA QUE LAS CONSULTAS SERÁN RESPONDIDAS POR ORDEN DE LLEGADA

      Un saludo,
      Máchelin

  25. Francisco dice:

    buenas Tardes abogada, en primer lugar agradecerle por la respuesta a nuestras inquietudes.
    yo tengo una «residencia para búsqueda de empleo» que se vence en agosto/2020, con toda esta situación del coronavirus las personas que me iban a contratar se han hecho para atras y no tengo el contrato de trabajo y como esta la situación del país se complica un poco.
    ¿Existe alguna opción para permanecer en España de forma legal, ya que no tengo contrato de trabajo?, o ¿Si existe la posibilidad de renovar esta residencia?
    gracias

  26. JUAN ESTEBAN PERÉZ dice:

    Hola, espero te encuentres bien Machelin. Estoy pensando en hacer un máster en España con la posibilidad de quedarme al termino de los estudios, la residencia de búsqueda de empleo es la opción que mencionas, pero me surge una duda ¿Qué sucede si me deniegan esas residencia de búsqueda de empleo? ¿Me toca abandonar inmediatamente España?
    Gracias por la información que me puedas brindar.

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Juan,
      NO, podriamos valorar otra opciones.
      Solo se tiene que abandonar inmediatamente España cuando te abren un proceso de expulsión.
      Si necesitas que te asesoremos antes de que vengas a España, puedes ponerte en contacto conmigo, para darte una mejor atención y asesorarte conforme a a tu situación
      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.
      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

      Un saludo,

      Máchelin.

  27. Perla dice:

    Hola, tuve que viajar a mi país y dejé ese proceso pero con el coronavirus cerraron los aeropuertos y no pude regresar, ya me salió la resolución, quiero saber si con ella puedo regresar a España y que debe hacer luego para cambiar la residencia por una de trabajo?

    • Alberto López dice:

      Buen dia, después de leer todos los comentarios me surge una duda.
      Una vez me conceden el permiso por búsqueda de empleo si o si tengo que tenerlo un año, es decir, no podré cambiar a residencia por cuenta ajena si surge un empleo en Ese año?

      Si me sale trabajo y me hacen el contrato y quiero hacer la modificación por ej. teniendo sólo dos meses el de búsqueda de empleo, lo puedo hacer o sólo se puede modificar 3 meses antes de su vencimiento?

      Un saludo y mil gracias por vuestra ayuda

      • Máchelin Díaz dice:

        Hola Alberto,

        Cuando tienes una oferta de trabajo, pero tienes una tarjeta de búsqueda de empleo, tienes que hacer varias cosas:
        – Tienes que realizar la modificación de régimen, es decir, tienes que hacer un residencia y trabajo temporal por cuenta ajena.
        – Para ello debes de cumplir con los requisitos que se necesita para dicho tramite (Contrato de trabajo, solvencia de la empresa y demás documentos que exige la ley).
        – Este procedimiento administrativo se tiene que realizar 30 días antes de que se te venza la residencia de búsqueda de empleo para que no se te tenga en cuenta la SNE, a excepción de ser peruano o chileno que es independiente, pues estos pueden realizarlo en cualquier momento.
        – Para que pueda trabajar tiene que esperar que le den la resolución (favorable).

        Por tanto, la respuesta a tu pregunta es si, debes de modificar 30 días antes de que se venza tu residencia de búsqueda de empleo.
        Espero haberte podido ayudar,

        Suscríbete en nuestro canal de YouTube:
        https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1
        Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
        https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services
        Un saludo,

        Máchelin.

  28. Luisa dice:

    Buenos dias, tengo una residencia de busqueda de empleo, me la asignaron en alicante, conseguí trabajo en Madrid, quisiera saber si puedo trabajar en madrid o solo puede ser en alicante?
    Ademas, la residencia de busqueda de empleo me la otorgaron hace 2 meses, y a la empresa le urge que empiece a trabajar, quisiera saber si mientras se cumple el año con esta resdiencia puedo hacer contrato en practicas con la empresa?
    Gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Luisa buenas tardes
      la residencia que te asignaron es una residencia no lucrativa, los únicos casos que hemos visto que dejan trabajar es como becaria en una empresa con un convenio de beca de colaboración entre la empresa y tu universidad
      Para mas información llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.

      Un saludo,

      Máchelin.

  29. Rodrigo Díaz dice:

    Máchelin, buenas tardes.

    Luego de obtener una resolución favorable de residencia temporal para búsqueda de empleo, se debe solicitar cita en policía para toma de huellas y obtener una TIE nueva de residencia temporal? (entendiendo que la TIE anterior de estudiante ya está caducada)

    De antemano, muchas gracias

  30. Jose dice:

    Machelin, buenas noches. Te escribo porque quiero preguntarte lo siguiente:
    Mientras estaba en espera de la respuesta de mi trámite, saqué una autorización de regreso. Está vigente hasta abril, el problema es que me llegó una notificación al Correo electrónico que dice que me negaron la visa.
    Ahora estoy preocupado,porque estoy fuera, regreso a España con autorización de regreso vigente ,pero ya con la respuesta denegada. Crees que tenga problema a la entrada? Muchas gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Jose,

      La denegación de tu visa no NO revocan ni invalida la autorización de regreso, puedes entrar a España sin ningún problema con la autorizacion de regreso siempre y cuando esta este vigente. Una vez te encuentres en España podrás realizar tu respectivo recurso en el tramite de tu visa.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 18:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  31. Elizabeth dice:

    Buenos días Machelin,

    Tengo una duda sobre mi situación y no se cual sería la solución.
    Tengo ya mi tarjeta de Permiso de búsqueda de empleo y residencia la cual caduca el 04 de Mayo.
    Tengo una oferta de empleo en puerta y es para cubrir el puesto en la primera semana de Marzo.
    mi pregunta es ¿Puedo empezar a trabajar a partir de Marzo o tengo que esperar hasta Mayo para poder trabajar?
    En caso de esperar hasta Mayo, ¿Podrías ayudarme para saber cual sería la solución mas apta para plantearlo a la empresa que me esta ofreciendo el empleo? ¡Muchas gracias!

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Elizabeth,

      Al ser titular de una residencia de búsqueda de empleo no puedes trabajar,antes de hacerlo tienes que tener en cuenta varias cosas:

      – Tienes que realizar la modificación de régimen, es decir, tienes que hacer un residencia y trabajo temporal por cuenta ajena.
      – Para ello debes de cumplir con los requisitos que se necesita para dicho tramite (Contrato de trabajo, solvencia de la empresa y demás documentos que exige la ley).
      – Este procedimiento administrativo se tiene que realizar 30 días antes de que se te venza la residencia de búsqueda de empleo para que no se te tenga en cuenta la SNE, a excepción de ser peruano o chileno que es independiente, pues estos pueden realizarlo en cualquier momento.
      – Para que pueda trabajar tiene que esperar que le den la resolución (favorable).

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

      • Helena dice:

        Hola, buenas tardes.
        Me negaron visa de búsqueda de empleo por estudios, porque no envié los documentos vía telemática. Ahora pienso regresar a mi país Colombia, saliendo de España en estado regular. Puedo volver a entrar a España dentro de un mes como turista? Mil gracias

        • Máchelin Díaz dice:

          Estimada Helena,

          Debe tener en cuenta que la entrada como turista en el Espacio Schengen se autoriza por un máximo de TRES MESES EN UN PERIODO DE SEIS MESES. Por tanto, no se puede agotar el periodo de tres meses, salir del Espacio Schengen y reingresar inmediatamente, sino que deberá esperar 90 días en un periodo de 180 días para volver a ingresar.

          Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 18:00 horas española de lunes a viernes.
          Un saludo,
          Máchelin.

  32. Isabel dice:

    Buenas tardes!Para solicitar el permiso de residencia temporal por búsqueda de empleo, es obligatorio contratar un seguro medico privado si tengo la tarjeta sanitaria de la seguridad social?

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Isabel,

      Efectivamente, para este tipo de residencia «búsqueda de empleo» debes de tener contratado un seguro medico privado, salvo que tengas a alguno de tus padres que te de el derecho por ser menor de 26 años.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  33. HAMID dice:

    Hola,
    Antes de todo, les agradezco por dedicar tiempo aclarando nuestras dudas.
    sabiendo que mi situación legal es residencia para búsqueda de empleo, cuales son las etapas que tengo que seguir en el caso de encontrar una oferta de trabajo relacionada con mis estudios.
    saludos cordiales

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Hamid,

      Debes tener en cuenta que cuando tienes una residencia de búsqueda de empleo no puedes trabajar, en el caso de que te ofrezcan una oferta de trabajo debes tener en cuenta varias cosas:
      – Tienes que realizar la modificación de régimen, es decir, tienes que hacer un residencia y trabajo temporal por cuenta ajena.
      – Para ello debes de cumplir con los requisitos que se necesita para dicho tramite (Contrato de trabajo, solvencia de la empresa y demás documentos que exige la ley).
      – Este procedimiento administrativo se tiene que realizar 30 días antes de que se te venza la residencia de búsqueda de empleo para que no se te tenga en cuenta la SNE, a excepción de ser peruano o chileno que es independiente, pues estos pueden realizarlo en cualquier momento.
      – Para que pueda trabajar tiene que esperar que le den la resolución (favorable)

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  34. Katia dice:

    Buenos dias,
    He presentado mi solicitud de busqueda de empleo el dia 13/12/2019 Pero aun no me han enviado nada, eso es normal?
    Muchas gracais

    • Máchelin Díaz dice:

      Buenos días Katia,
      El plazo de resolución para la búsqueda son de 20 días hábiles, en caso de que la Administración no se pronuncie al respecto se entenderá estimada por silencio positivo, para ello hay que solicitarlo mediante un escrito.
      Si necesitas que te ayudemos en tu tramite puedes concretar una cita conmigo y estaré encantada de ayudarte. Te dejo mis números de teléfonos:
      +34 910 601 978 WhatsApp +034 608 807 336,
      Un saludo,

  35. Luisa Velasquez dice:

    Hola Machelin, en mi caso mi año de residencia por búsqueda de empleo se cumple finalizado Marzo y ya encontré una empresa que me quiere contratar. Para no acogerme a la situación de empleo Nacional, tengo que esperar el año, pero es posible sacar la cita por lo menos un mes antes para la presentación de documentos? o tendría obligatoriamente que esperar pasado el año, es decir después de Marzo?

    Gracias!

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Luisa,

      Cuando tienes una oferta de trabajo, pero tienes una tarjeta de búsqueda de empleo, tienes que hacer varias cosas:
      – Tienes que realizar la modificación de régimen, es decir, tienes que hacer un residencia y trabajo temporal por cuenta ajena.
      – Para ello debes de cumplir con los requisitos que se necesita para dicho tramite (Contrato de trabajo, solvencia de la empresa y demás documentos que exige la ley).
      – Este procedimiento administrativo se tiene que realizar 30 días antes de que se te venza la residencia de búsqueda de empleo para que no se te tenga en cuenta la SNE, a excepción de ser peruano o chileno que es independiente, pues estos pueden realizarlo en cualquier momento.
      – Para que pueda trabajar tiene que esperar que le den la resolución (favorable).

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  36. Luisa dice:

    hola buenos días,

    He sido estudiante de máster durante dos años en la Universidad de Valladolid. Solicité la residencia para búsqueda de empleo que me fue concedida rápidamente. Ahora he encontrado un contrato de prácticas laborales de 6 meses a media jornada, en temas relacionados con mi nivel de estudios. He ido a extranjería a solicitar el cambio y me han dicho varias cosas:
    1. Que el contrato que me debe ofrecer la empresa debe ser por al menos un año.
    2. Que el salario a devengar debe ser superior a 40 mil euros al año (realmente absurdo, yo creo que ningún español clase media devenga dicho salario)
    3. Que debo subsistir con mis fondos hasta dos meses antes de la caducidad.
    4. Que la empresa debe solicitar ante la UGE la disponibilidad (pero que están completamente seguros que va hacer denegado)

    Cuando me asesoré para solicitar este permiso me habían dicho que tan solo con el contrato laboral con un empleo relacionado con mi titulación y especialidad podría cambiar mi TR. ¿Quisiera saber si lo que me han comentado es cierto?

  37. Dayana dice:

    Si mi esposo y yo tenemos residencia para búsqueda de empleo ( yo titular y el acompañante) si el consigue una oferta de trabajo puede cambiar su estatus para poder trabajar?

  38. Evelyn dice:

    Hola! En teoría tengo aprobada la residencia en busqueda de empleo por Silencio Administrativo, mientras me dan la resolución puedo ir postulando a empleos? En caso de que me seleccionen antes de la resolución, es posible solicitar la autorización de empleo?

  39. Carolina dice:

    Buenos días, si me aprueban la Residencia para la búsqueda de empleo y consigo un trabajo que tiene el certificado de la Oficina Nacional de Empleo donde considera que no se ha podido cubrir el puesto de trabajo. Procedería mi tramite al solicitar Autorización para trabajar sin tener que esperar el año correspondiente? Gracias

  40. Lena dice:

    Les agradecería de antemano, si podrían asesorarme en lo siguiente. mi pregunta es bastante similar a la publicada en una entrada anterior. En caso de haber cumplido 10 años con una estancia de estudios, y disponer de una residencia para búsqueda de empleo, se puede optar por la larga duración UE?

  41. Lina dice:

    Hola, buenas tardes. Apliqué al Permiso de residencia por búsqueda de empleo personalmente. Llevé los documentos a la oficina de extranjería y pasaron los veinte días hábiles, luego fui al ayuntamiento más cercano y presenté la carta debida de silencio positivo. El problema es que han pasado un mes desde que envié este último documento y no he tenido respuesta, ni he podido averiguar en qué estado está mi proceso, porque no tampoco me dieron el número de expediente, es decir el de quince dígitos. ¿Es normal que la respuesta por correo se demore tanto tiempo? ¿Sabes dónde puedo averiguar el estado de mi proceso? ¡Muchas gracias!

  42. Moha dice:

    Hello,
    I’ve been studying here for one year (PhD) and I’ve participated in a Practice fellowship for 6 months and now the company wants to contract me as full time and for this, as I read, it is necessary to change my permit type from “Estancia po Estudios” to “Residencia y trabajo por cuenta ajena”, I would appreciate your help if there is any way to do this.

    Kind regards

  43. Angela dice:

    Hola Machelin,

    Con este estuatus tengo dos dudas:

    1) Puedo estudiar?? y si estudio, puedo hacer un convenio de prácticas curriculares? correspondientes al pensum

    2) Se que debe pasar un año para que no se tome la situación nacional de empleo, pero al año se vence el NIE. Sí consigo un empleador que quiera contratarme, con cuanto tiempo tengo que esperar entre que pueda solicitarme (nuevamente, sin tomar en cuenta la SNE) y antes de se caduque el NIE?

    3)En el TIE el estatus como aparece, bajo búsqueda de empleo o como residencia no lucrativa??

    Muchas gracias

  44. Greta Julian dice:

    Tengo residencia no lucrativa desde junio del 2018,ya realicé la primera renovación que se me concede residencia legal por 2 años mas,hasta junio del 2021,me ha salido una oferta de trabajo de administrativa en una concesionaria de coches usados. Puedo trabajar de lo que me oferten como a cualquier español nativo o debo entrar en los supuestos de solicitud de mano de obra cualificada de la región donde vivo?

  45. Carla dice:

    Hola, Actualmente estoy terminando de realizar un Master en Valencia (He realizado renovación de TIE por estancia de estudio), he venido con mi esposo, y él tiene tarjeta roja por solicitud de Asilo, (ya tiene 1 año y medio). Mi inquietud es como continuar, tengo varias inquietudes con respecto al tema, estoy buscando una opción que se adapte a nuestra situación y que no nos haga gastar mucho dinero:
    Inquietud 1:
    Puedo solicitar Residencia para Búsqueda de Empleo en España, pero de igual manera esperar 1 año para trabajar por cuenta ajena. Si llego a encontrar un empleo, ¿en que momento hago el contrato? ¿Si no llego a encontrar empleo, ¿debo solicitar otra vez la visa de estudio?, ¿ese año de residencia lo perdería? ¿El tipo de estudio debería ser otro master similar al que actualmente estoy realizando?
    Inquietud 2:
    Puedo realizar otro master y extender la visa de estudio y esperar cumplir los 3 años para cambiar el tipo de residencia una vez cumplido el tiempo. (Actualmente tengo 1 año con visa de estudio, mi master dura año y medio dependiendo de la entrega del TFM, me preocupa es el gasto de realizar un nuevo master), una vez finalizado ¿tendría algún impedimento al cambiar a residencia por cuenta ajena? ¿puede adaptarse cualquier tipo de contrato o solo uno que se ajuste a mi carrera?
    Inquietud 3:
    Puedo esperar a que mi esposo cambie de situación legal y solicite la visa de residencia por arraigo laboral (Le falta esperar 1 año para realizar el cambio), una vez aprobado su caso, podría solicitarme por arraigo social. ¿Es viable esta opción? ¿en caso de que se pueda, podría solicitar Residencia para Búsqueda de Empleo en España, y luego cambiar el tipo de solicitud?
    ¿Puedo solicitar Residencia para Búsqueda de Empleo en España, teniendo mi esposo el solicitar arraigo laboral, y tener una residencia estable podría omitir «el catálogo de ocupación de difícil cobertura» y trabajar directamente?
    No se si he sido clara, espero que me puedan orientar, muchas gracias por la atención.

  46. Rhana dice:

    Buenas noches. Hoy hace 3 meses que solicité la permiso de residencia para busquéda de empleonpara y aún no me han contestado. Yo Sé que en este caso el silencio administrativo es positivo pero o que debo hacer para obtener una respuesta de la extranjeria y obter mi nuevo NIE? Gracias!

  47. BRENDA dice:

    Buenos dias, quisiera saber cuales son los requisitos para presentar los papeles por medio electrónico (Red Sara), necesito un certificado digital

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Brenda,

      Para poder presentar por red sara necesitar el certificado digital y descargar la autofirma, para poder tener certificado debes de solicitar el certificado en la FNMT y luego acreditar tu identidad en hacienda, seguridad social, ayuntamiento.

      Los documentos para realizar la solicitud de búsqueda de empleo.

      La documentación de necesaria.
      1. Títulos del máster que has realizado en España o de los títulos de los estudios que tienes
      2. Medios económico de una cuenta yo recomiendo 12 mil euros, el mínimo son 6 mil euros.
      3. Seguro Médico, o fotocopia de la tarjeta sanitaria
      4. Empadronamiento reciente

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      Un saludo,

  48. bnn dice:

    Hola,

    Soy un estudiante extranjero de argelia (no tenido una beca) , llevo mas de 4 años en España renovando cada año mi tarjeta de estancia por estudios, yo fui a mi pais cada ano y me quedo 4 meses.He obtenido mi título universitario (Master) año pasado , y este año me matriculé en doctorado.

    Por favor, yo quiero preguntar si registrarme
    para renovar la tarjeta de estudiante ano qui viene podria solicitar una autorización de estancia para busqueda de empleo?.

    ¿puedo solicitar la tarjeta de residencia larga duración despues completir 10 anos de estancia de estudinate?.

    gracias por su atencion.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Bnn,

      Puedes solicitar una residencia para Búsqueda de Empleo en España te podemos asesorar en todo el proceso. Lo que no puedes es acceder a una autorización de residencia de larga duración porque como estudiante has tenido estancia y no residencia. Los periodos en situación de estancia por estudios, movilidad de alumnos o prácticas no laborales computan en el 50% de la duración de los mismos, siempre que en el momento de la solicitud se encuentre en situación de residencia en España para la residencia de Larga Duración UE.

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      Un saludo,

      Machelin

    • lex dice:

      En resumidas cuentas, los estudiantes que opten por esta residencia tendrán que esperar tener UN AÑO con este tipo de autorización (Se ha asimilado a la Residencia No Lucrativa) para poder modificar a la Residencia y Trabajo por cuenta ajena.
      Esto no es asi,
      el estudiante que al que le otorgaron una residencia para busqueda de empleo está autorizado a buscar empleo y si durante el transcurso de la vigencia de la autorización encuentra un empleador que lo quiere contratar, puede pedir la residencia y trabajo por cuenta ajena, lo que le tendrán en cuenta la situación nacional de empleo
      INSTRUCCIONES DGM 1/2018 SOBRE LA TRANSPOSICIÓN AL ORDENAMIENTO
      JURÍDICO ESPAÑOL DE LA DIRECTIVA 2016/801/UEi
      : AUTORIZACIÓN DE
      RESIDENCIA AL ESTUDIANTE PARA LA BÚSQUEDA DE EMPLEO O PARA
      EMPRENDER UN PROYECTO EMPRESARIAL.
      TERCERA: Procedimiento.
      6. Una vez finalizados los estudios, si el extranjero ya contara con la posibilidad de
      iniciar una actividad por cuenta ajena o propia, se solicitará directamente la autorización
      que corresponda de conformidad con los requisitos y procedimientos previstos bien en la
      Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento, bien en la Ley 14/2013 (en función del tipo de
      autorización que proceda), sin necesidad de solicitar previamente esta autorización de
      búsqueda que tiene carácter potestativo.

      SÉPTIMA: Modificaciones.
      2. Una vez concedida la autorización correspondiente y durante su vigencia, en
      caso de encontrar un empleo adecuado en relación al nivel de estudios finalizados, o de
      haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá solicitar la autorización
      correspondiente de entre las reguladas en la Ley Orgánica 4/2000 o en la Ley 14/2013.
      No se exigirá, en ningún caso, la obtención del visado.

    • Hector Mejia dice:

      Al tener esta residencia, puedo solicitar un arraigo social?

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