¿Qué nacionales pueden entrar a España sin visa?
Como indicamos al principio de esta noticia hay determinados nacionales que no necesitan visado para entrar a nuestro país. Lo que quiere decir que podrán directamente organizar su viaje y cumplir con todos los requisitos de entrada una vez lleguen a España, en los puestos fronterizos habilitados al efectos.
ALBANIA, ANDORRA, ANTIGUA Y BARBUDA, ARGENTINA, AUSTRALIA, BAHAMAS, BARBADOS, BOSNIA Y HERZEGOVINA, BRASIL, BRUNÉI, CANADÁ, CHILE, COLOMBIA, COREA DEL SUR, COSTA RICA, DOMINICA, EL SALVADOR, EMIRATOS ÁRABES UNIDOS, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, GEORGIA, GRANADA, GUATEMALA, HONDURAS, ISRAEL, JAPÓN, KIRIBATI, MACEDONIA, ANTIGUA REPÚBLICA YUGOSLAVA DE, MALASIA MARSHALL, ISLAS MAURICIO, MÉXICO, MICRONESIA, MOLDAVIA, MÓNACO, MONTENEGRO, NICARAGUA, NUEVA ZELANDA, PALAOS, PANAMÁ, PARAGUAY, PERÚ, SALOMÓN, ISLAS SAMOA, SAN CRISTÓBAL Y NIEVES SAN MARINO, SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS, SANTA LUCÍA, SANTA SEDE (ESTADO DE LA CIUDAD DEL VATICANO), SERBIA, SEYCHELLES, SINGAPUR, TIMOR ORIENTAL, TONGA, TRINIDAD Y TOBAGO, TUVALU, UCRANIA, URUGUAY, VANUATU, VENEZUELA.
¿Qué requisitos tengo que cumplir para entrar a España sin necesidad de tramitar un visado?
En este caso el hecho de que no necesites visado para entrar a España no quiere decir que no tengas que cumplir una serie de requisitos y puedas hacer tu viaje sin más.
Una vez llegues al control fronterizo deberás llevar contigo:
- Pasaporte biométrico o de lectura mecánica vigente, cuya fecha de vencimiento sea superior a tres meses de la finalización de la estancia.
- Billete de ida-vuelta confirmado no superior a 90 días.
- Justificación de alojamiento:
- En caso de alojarse en la residencia privada de familiares o amigos residentes en España, deben aportar una carta de invitación que debe tramitar la persona que invita en España ante cualquier comisaría de policía del Cuerpo Nacional de Policía en España de acuerdo a Orden PRE/1283/2007, de 10 de mayo, por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado.
- En caso de estancia en hoteles, presentar reservas activas de alojamiento de los mismos.
- Recursos económicos suficientes para el periodo de estancia en España
- Seguro de viaje que cubra gastos médicos por 30.000 euros y repatriaciones.
- Contar con la pauta completa de vacunación frente a la covid-19 al menos 14 días antes de su llegada (Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Janssen, Sinopharm y Sinovac-Coronavac) si vienen del Espacio Schengen, también accederán sin problema con una prueba diagnóstica con resultado negativo (PCR o antígenos) en las 48 horas previas al viaje, o si pueden demostrar haber pasado la enfermedad en los últimos seis meses y haberse recuperado, presentando además el certificado original de infección con la prueba que diera positivo en su día.
- Los menores de doce años no tienen que presentar certificación.
¿Me pedirán todos los documentos en el momento de hacer la entrada a España?
Todo dependerá del control que te hagan en el momento de hacer la entrada en España. Es decir, que el policía de frontera puede pedirte toda la documentación o parte de ella.
Por tanto, podemos ver a personas que solamente le piden que acrediten medios económicos y nada más, y podemos ver a otras personas que le pidan mostrar alojamiento y medios económicos.
¿Es posible que me denieguen la entrada en algún momento?
Si vienes a España y no traes toda la documentación correcta, o no acreditas correctamente que vas a regresar a tu país de origen o procedencia puede ser que se produzca una denegación de tu entrada.
En resumen si un extranjero que no necesita visa para la entra a España y no cumple alguno de estos requisitos, la entrada a España y al Espacio Schengen puede ser denegada.
¿Qué países requieren visado para poder entrar a España?
Os dejamos también el listado de todos aquellos nacionales de los países que requieren visado para entrar a España:
AFGANISTÁN, ANGOLA, ARABIA SAUDÍ, ARGELIA, ARMENIA, AZERBAIYÁN BANGLADESH, BAHREIN, BELICE, BENÍN, BIELORRUSIA, BIRMANIA/MYANMAR, BOLIVIA, BOTSUANA, BURKINA FASO, BURUNDI, BUTÁN, CABO VERDE, CAMBOYA, CAMERÚN, CENTROAFRICANA, REPÚBLICA CHAD, CHINA, COMORAS, CONGO CONGO, REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL COREA DEL NORTE, COSTA DE MARFIL, CUBA DOMINICANA REPÚBLICA, ECUADOR, EGIPTO, ERITREA, ESUATINI, ETIOPÍA, FILIPINAS, FIYI, GABÓN, GAMBIA, GHANA, GUINEA, GUINEA-BISÁU, GUINEA ECUATORIAL, GUYANA, HAITÍ, INDIA, INDONESIA, IRAK, IRÁN, JAMAICA, JORDANIA, KAZAJISTÁN, KENIA, KIRGUISTÁN, KUWAIT, LAOS, LESOTO, LÍBANO, LIBERIA, LIBIA, MADAGASCA,R MALAUI ,MALDIVAS, MALI, MARRUECOS, MAURITANIA, MONGOLIA, MOZAMBIQUE NAMIBIA, NEPAL, NÍGER, NIGERIA, OMÁN, PAKISTÁN, PAPÚA NUEVA GUINEA, QATAR, RUANDA, RUSIA, SANTO TOMÉ Y PRÍNCIPE, SENEGAL, SIERRA LEONA, SIRIA, SOMALIA, SRI LANKA ,SUDÁFRIC,A SUDÁN, SUDÁN DEL SUR, SURINAM, TAILANDIA, TANZANIA, TAYIKISTÁN, TOGO, TÚNEZ ,TURKMENISTÁN, TURQUÍA, UGANDA, UZBEKISTÁN, VIETNAM, YEMEN, YIBUTI, ZAMBIA, ZIMBABUE.
Por tanto si eres nacional de algunos de estos países, tendrás antes de nada que gestionar el correspondiente visado de corta duración en el Consulado de España en tu país de origen o el Consulado de España que te corresponda en función de la demarcación del país donde residas legalmente.