Empadronamiento en Barcelona sin domicilio Fijo ¿Es Posible?

Empadronamiento en Barcelona sin domicilio Fijo ¿Es Posible?

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La respuesta es sí, cualquier persona que resida en Barcelona, tenga o no tenga un domicilio fijo puede realizar el empadronamiento en este municipio. El ayuntamiento ha habilitado un procedimiento para que las personas indigentes, pobres, que no tienen donde vivir. O aquellas, que viven en autocaravanas puedan registrar su domicilio en este ayuntamiento.

Recordemos que toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Y el ayuntamiento a su vez deberá practicar la inscripción presentación de los documentos correspondientes.

El artículo 3.3 de la Resolución de 16 de marzo de 2015 del Ministerio de la Presidencia nos ofrece una alternativa para el empadronamiento sin domicilio.  Y es que los servicios sociales del ayuntamiento realicen una visita al sitio que tu indiques como vivienda, comprueben que efectivamente vives allí y presenten un informe al respecto.

Aunque no se resida de forma continuada en una vivienda de Barcelona y, por tanto, no se pueda acreditar ningún tipo de documentación relativa al domicilio, debe garantizarse igualmente el empadronamiento de la persona y de su núcleo familiar.

En este caso, antes de formalizar el empadronamiento, debe solicitarse Informe de Conocimiento de Residencia en el municipio de Barcelona (ICR)

¿Qué es el Informe de Conocimiento de Residencia en el municipio de Barcelona (ICR)?

Documento que hay que solicitar cuando un ciudadano quiere empadronarse, pero no reside de manera continuada en la misma vivienda de Barcelona (aunque resida en el municipio la mayor parte del año) y, por tanto, no puede acreditar ningún tipo de documentación relativa al domicilio.

Una vez concedido el informe de conocimiento de residencia ya se podrá tramitar el empadronamiento, por lo tanto, la obtención del ICR es un paso previo que el ciudadano tiene que realizar.

Se ha de tener en cuenta que:

1. La validez del ICR es de un mes desde su fecha de emisión, por lo tanto, el ciudadano dispone de este tiempo para poder empadronarse.

2. El ciudadano quedará empadronado en una dirección de la ciudad de Barcelona que corresponde a un Centro de Servicios Sociales municipal.

¿Cómo se realiza el trámite?

1. Rellene la instancia específica y fírmela. Es importante tener en cuenta que:

  • es necesario llenar y firmar una instancia por cada miembro de la unidad familiar. En el caso de menores de edad, la solicitud la tiene que hacer el representante legal.
  • la dirección que hay que consignar en la instancia es la dirección donde el ciudadano declara residir y servirá para hacer las comprobaciones necesarias y para recibir notificaciones.

2. Deberá  concertar cita previa mediante el trámite Cita con el Ayuntamiento de Barcelona. 

3. El día de la cita, diríjase a la oficina de atención ciudadana escogida y entregue la instancia.

Y después…

  • El Instituto Municipal de Servicios Sociales, comprobados todos los supuestos y hechas las inspecciones necesarias, emite las notificaciones certificadas de aprobación de emisión del ICR, donde consta el plazo, lugar y el horario de recogida del informe.
  • Una vez recogido el ICR, el ciudadano dispone de un mes para formalizar el empadronamiento, de manera presencial en una oficina de atención ciudadana (OAC). Para hacerlo es necesario concertar cita previa mediante el trámite Cita con el Ayuntamiento de Barcelona.
  • El día de la cita hay que dirigirse a la OAC escogida con la documentación de identificación personal necesaria para efectuar la tramitación. Consulte el apartado “Documentación” del trámite Alta en el Padrón Municipal de Habitantes de la Ciudad de Barcelona.
  • El ciudadano (y si procede, su unidad familiar) quedará empadronado en una dirección que corresponde a un Centro de Servicios Sociales municipal.

¿Qué documentación es necesaria para realizar el empadronamiento?

  • Solicitud debidamente rellena y firmada. Se ha de cumplimentar y firmar una instancia por peticionario.

Será necesario mostrar el documento de identificación de la persona mayor de edad que efectúe la solicitud:

  • Personas españolas: DNI, pasaporte o permiso de conducir.
  • Personas de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein: tarjeta de residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen.  (En el caso de aportar Certificado NIE este deberá ir acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen).
  • Personas originarias del resto de países: tarjeta de residencia o pasaporte

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Comentarios

  1. Yessenia Lissette Chacon Juárez dice:

    Empadronamiento sin domicilio

  2. Rina dice:

    Hola tú puedes tramitarme el padrón sin domicilio fijo

  3. Elsi Rodas dice:

    Hola no tengo un domicilio fijo y quiero enpadronarme

  4. giovanna dice:

    buenas tardes como puedo hacer para empadronarme sin domicilio fijo y que requisitos piden ?

  5. Victor dice:

    Cómo puedo realizar el empadronamiento sin domicilio cómo obtengo la planilla icr

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