El Tribunal Constitucional avala las devoluciones en caliente

El Tribunal Constitucional avala las devoluciones en caliente

 

El pasado 19 de Noviembre los profesionales del área de Extranjería y Asilo, conocimos que el Tribunal Constitucional avalaba la Ley de Seguridad Ciudadana prácticamente en todos sus extremos, incluidas las expulsiones en caliente de inmigrantes que intenten saltar las vallas de Ceuta y Melilla para entrar en territorio español. La sentencia, aprobada por nueve votos a favor y dos en contra, sólo elimina por inconstitucional un inciso del artículo 36 de la conocida como ley mordaza, que perseguía el uso “no autorizado” de grabaciones en las que aparecieran miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

 

Por lo tanto, ahora el Ministerio del Interior posee el respaldo del Alto Tribunal para mantener así el rechazo en la frontera de Ceuta y Melilla e impedir de esta forma la entrada de ciudadanos extranjeros de forma irregular.

 

¿Qué salvedades existirán a esas devoluciones en caliente?

 

Estas devoluciones en caliente se podrán realizar a todos los ciudadanos que intenten entrar en España de forma irregular salvo:

 

  • Menores de edad
  • Mujeres embarazadas
  • Personas de avanzada edad

 

Asimismo, el tribunal de garantías quiso dejar claro, en ese momento, que su decisión se ajusta a la doctrina de la sentencia que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó en febrero pasado. En dicho fallo, el Tribunal de Estrasburgo dio la razón al Estado español en relación con la expulsión inmediata de dos inmigrantes, de Mali y Costa de Marfil, respectivamente, que saltaron la valla fronteriza de Melilla en agosto de 2014.

 


 

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