El gobierno catalán no quiere conceder subvenciones a favor de la integración de personas inmigrantes.
Una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón al gobierno catalán y ha anulado una convocatoria del Ministerio de Trabajo e Inmigración para conceder subvenciones a entes locales en materia de inmigración.
En la sentencia, que lleva fecha del 9 de diciembre, el TSJM estima el recurso interpuesto por la Generalitat a instancias del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia contra la Resolución de 6 de julio de 2009 de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes del Ministerio de Trabajo e Inmigración por considerar que invade competencias autonómicas.
Mediante esta resolución, la administración del Estado convocó la concesión de subvenciones a entes locales y comarcales para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de personas inmigrantes, cofinanciados por el Fondo Europeo de Integración.
Según ha informado la Generalitat, la sentencia anula la convocatoria y condena la Administración General del Estado al pago de las costas procesales.
Fuentes del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias han explicado que el TSJM hace suya y aplica la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) en las convocatorias de subvenciones en materia de integración de las personas inmigradas.
La sentencia reproduce la doctrina contenida en varias sentencias del TC de 2012, 2013 y 2014 que sitúan las disposiciones reguladoras de las subvenciones sobre esta materia en el título competencial de servicios sociales, que corresponde a la Generalitat de Cataluña en virtud del artículo 166 del Estatuto.
Las mismas fuentes han recordado que de acuerdo con el artículo 138 del Estatuto, la Generalitat tiene asumida, en materia de inmigración, la competencia sobre la primera acogida de los inmigrantes, el desarrollo de la política de integración, así como el establecimiento y regulación de las medidas necesarias para su integración social y económica y su participación social.
Esta sentencia se suma a las resueltas anteriormente por el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y el TSJM que han estimado los recursos interpuestos por la Generalitat de Cataluña anulando las convocatorias de subvenciones estatales en este ámbito. EFE
Fuente original: La Vanguardia
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