10 consejos a tomar en cuenta para el trámite de Familia Extensa

10 consejos a tomar en cuenta para el trámite de Familia Extensa

 

Si estás considerando hacer la solicitud de la Residencia de Familiar Comunitario bajo el concepto de Familia Extensa, es importante que entiendas que, a pesar de ser un trámite complejo ya que, es difícil demostrar la situación a cargo de un familiar, si lo argumentas bien y si te asesoras legalmente puedes lograrlo.

 

Por ello hoy, queremos compartirte 10 consejos a considerar al momento de solicitar la Residencia de Familiar comunitario bajo el concepto de Familia Extensa:

 

  1. TEN UN EXPEDIENTE SÓLIDO: Una de las cosas que le gusta a las Oficinas de Extranjería es que los expedientes estén bien argumentados y tengan suficiente documentación, que se demuestre el vínculo y que la persona a reagrupar dependa económicamente del familiar comunitario. Debes trabajar mucho en construir el caso, demostrar el vínculo y aportar mucha documentación de que el sustento económico depende del personal comunitario.
  2. EN CASO DE MENORES DE EDAD: Para la solicitud de familia extensa, se tiene que demostrar donde están los padres del menor o que ha pasado con sus padres. Por ejemplo, si están muertos, el acta de defunción. Además, se debe demostrar la guarda y custodia del menor que este a nombre de ciudadano español.
  3. EN CASO DE MAYORES DE EDAD: Si está estudiando se puede demostrar que los estudios se los paga el ciudadano español, o si tiene alguna incapacidad se tiene que demostrar a través de certificados médicos, informes médicos, carnet de discapacidad del país origen, entre otros.
  4. EN CASO DE PERSONAS MAYORES (tíos, hermanos, sobrinos, nietos): Para la solicitud de familia extensa, se tiene que demostrar que no perciben ningún tipo de ingresos, a través de certificados como, por ejemplo: Certificado de no cotizar en la Seguridad Social, Certificado de no estar dado de alta en la Seguridad Social, Vida laboral del país de origen, etc.
  5. QUE QUIEN SE DESEA REAGRUPAR NO TENGA FAMILIARES A SU CARGO: Es decir, que no este casado/a, ni en pareja de hecho y muy importante que no tenga hijos. Este documento puede ser una carta de soltería.
  6. LA SITUACIÓN «A CARGO»: Debe ser por 24 meses como mínimo, siendo demostrada por medio de envíos de dinero, y a través de certificados sellados por el organismo que has usado para el envío.
  7. ACTA DE MANIFESTACIÓN: En caso de que en el país de origen existan otros familiares, como por ejemplo: padres, tíos, abuelos, primos, se tiene que demostrar y puede ser a través de un acta de manifestaciones el por qué estos familiares no se hacen cargo de la persona que sea deseas reagrupar y porque es obligatorio traerlo a España.
  8. PAREJA NO REGISTRADA: Podrás demostrar la convivencia familiar que han tenido, a través de una constancia de empadronamiento histórico en el país de origen, Certificado de Pareja de hecho en el país de origen, Contrato de alquiler en común, Cuentas Bancarias en común, Acta de Nacimiento del hijo / hija.
  9. ¿CUÁNTO DINERO DEBO ENVIAR?: Esto no es exacto ni existe realmente un monto pautado, sin embargo, si sabemos que depende de cada país, por lo general es el 51% del PIB per cápita. Nosotros recomendamos enviar desde 200 euros hasta 500 euros mensuales.
  10.  HAZ UN ESCRITO EXPLICATIVO: Nosotros recomendamos hacer un escrito explicativo de la situación tanto del reagrupado en el país de origen, como de la persona reagrupante en España. De esta forma, se podrá verificar el estado o situación de necesidad para reagrupar al familiar. Además, es importante demostrar el vínculo sanguíneo con todos los certificados de nacimientos legalizados y apostillados de los familiares implicados:  padres, madres, sobrinos, tíos, hermanos.

 

IMPORTANTE: Recuerda que las actas de manifestaciones o declaraciones juradas tienen que firmarse a través de un notario público.

 


 

 

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