¿Cómo solicitar la Tarjeta Azul de la Unión Europea?

¿Cómo solicitar la Tarjeta Azul de la Unión Europea?

La tarjeta Azul, puede otorgarse a cualquier extranjero que se encuentre en España y cuente con una cualificación profesional especial.

Este tipo de tarjeta toma en cuenta el catalogo de difícil cobertura en España  y se solicita en las oficinas de extranjería de la delegación de gobierno.

Pueden obtener una autorización de residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados los extranjeros no comunitarios
que vayan a realizar una actividad laboral para la que se requiera una cualificación de enseñanza superior.

También, excepcionalmente, los que acrediten un mínimo de cinco años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación, relacionada con la actividad para la que se conceda la autorización.

¿Qué se entiende por cualificación de enseñanza superior?
La derivada de una formación de enseñanza superior, de duración mínima de 3 años y que proporcione el nivel de cualificación necesario para ejercer una profesión que exija un alto nivel de capacitación o para ingresar en un programa de investigación avanzada.

Procedimiento
El empleador que pretenda contratar a un trabajador extranjero no residente en España deberá presentar personalmente,  o a través de su represente legal empresarial, la solicitud de autorización inicial (que puede encontrar en http//extranjeros.mtin.es) ante el órgano competente de la provincia donde vaya a ejercer la actividad.

Documentación a presentar junto con la solicitud:

  • NIF y, en el caso de que la empresa esté constituida como persona jurídica, documento público de representación legal en favor de la persona física que formule la solicitud. Si el empleador fuera persona física, no se le exigirá la presentación del NIF si accede a la verificación de sus datos a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
  • Contrato de trabajo, en el modelo oficial establecido
  • Documentos acreditativos de los medios económicos, materiales o personales para su proyecto empresarial y para hacer frente a dichas obligaciones.
  • Copia del pasaporte completo, o documento de viaje en vigor del extranjero.
  • Acreditación de la capacitación y, en su caso, cualificaciónprofesional para el ejercicio de la profesión.
  • En su caso, certificado del Servicio Público de Empleo sobre la insuficiencia de demandantes de empleo para cubrir el puesto de trabajo.

Visado
Si se concede la autorización, en el plazo de un mes desde que se le notifique al empleador, el extranjero deberá solicitar personalmente (salvo excepciones) el visado en la Misión diplomática u Oficina consular en cuya demarcación resida.

 

Documentación a presentar con la solicitud de visado:

  • Pasaporte ordinario o título de viaje reconocido como válido en España, con una vigencia mínima de 4 meses.
  • Certificado de carecer antecedentes penales por delitos previstos en el ordenamiento español, expedido por las autoridades del país de origen o países de residencia en los últimos 5 años.
  • Certificado médico de no padecer ninguna de las enfermedades previstas en el Reglamento Sanitario Internacional.
  • Copia del contrato de trabajo sellada por la Oficina de Extranjería.
  • Deberá abonar además la tasa por tramitación del procedimiento.

Una vez notificada la concesión del visado, el trabajador deberá recogerlo personalmente en el plazo de un mes. De no hacerlo se entenderá que ha renunciado y se archivará el expediente.

Entrada en España
Una vez obtenido el visado el extranjero deberá entrar en España y, en el plazo de 3 meses desde su entrada, debe
realizarse su alta en Seguridad Social.

En el plazo de un mes desde el alta en Seguridad Social, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o comisaría de policía correspondiente.

Si transcurrido el plazo establecido no se procede al alta en Seguridad Social, el extranjero quedará obligado a salir del territorio nacional, incurriendo en caso contrario en infracción grave por encontrarse irregularmente en España.

¿Se puede renovar la autorización?
Sí. La autorización inicial tiene una duración de un año, si cumple los requisitos exigibles para la concesión inicial. El plazo de presentación será de 60 días naturales previos a la caducidad (admitiéndose también en los 90 días posteriores a la misma, sin perjuicio de la imposición de la correspondiente sanción de multa).

Concedida la renovación el extranjero deberá solicitar, en el plazo de un mes, una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Familiares
Se podrá solicitar una autorización de residencia temporal a favor de los miembros de su familia que desee reagrupar, simultáneamente a la presentación de la solicitud de autorización.
La solicitud puede ser presentada tanto por el empleador como por el extranjero.

La autorización será concedida si se cumplen los requisitos reglamentariamente previstos en relación con la reagrupación familiar.

Movilidad en la Unión Europea
Los extranjeros titulares de una Tarjeta azul-UE expedida por otro Estado miembro de la Unión Europea, una vez transcurridos 18 meses desde su expedición, tendrán derecho a trasladarse a España con el fin de ejercer un empleo altamente cualificado.

El empleador que desee contratar al extranjero o el propio extranjero, deberán solicitar la correspondiente autorización con anterioridad a la entrada en España del extranjero, como máximo, en el plazo de un mes desde su entrada.

Deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos y presentar la documentación indicada para la concesión de una autorización inicial. No será necesaria la obtención de visado, por lo que deberá presentarse junto con la solicitud la documentación indicada anteriormente en relación con el visado.

Si la resolución es favorable, deberá realizarse el alta en Seguridad Social, en el plazo de un mes desde la notificación y, en el plazo de un mes desde el alta, el extranjero deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Si transcurrido el plazo establecido no se procede al alta en Seguridad Social, el extranjero quedará obligado a salir del territorio nacional, incurriendo en caso contrario en infracción grave por encontrarse irregularmente en España.

Se podrá solicitar, simultáneamente, una autorización de residencia a favor de los miembros de su familia que ya se encontrase constituida en el anterior Estado miembro de residencia.

Deberá ser presentada con anterioridad a la entrada en España del extranjero o, como máximo, en el plazo de un mes desde su entrada, acompañada de la siguiente documentación:
• Copia del pasaporte completo, o documento de viaje, en vigor, de cada miembro de la familia.
• Copia del permiso de residencia en el anterior Estado miembro y prueba de haber residido como miembros de la familia del titular.
• Prueba de que el titular dispone de un alojamiento adecuado para los miembros de la familia y los recursos para su sostenimiento exigidos para la reagrupación familiar.

En el caso de que el titular de la Tarjeta azul-UE quisiera reagrupar a miembros de su familia que no formasen parte de la familia ya constituida en el anterior Estado miembro de residencia deberá solicitarlo de acuerdo con lo que se ha indicado anteriormente en el apartado “Familiares”.

Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestra web https://www.machelindiaz.com/cita-abogado-online/ las consultas son respondidas por orden de llegada. Si te urge tramitar tu consulta de manera rápida debes hacer una cita llamándonos al teléfono gratuito +34 910 601 978, 608 807 336 y solicitar una cita con nuestra abogada.

Para las personas en el extranjero, podemos agendar una consulta online vía SKYPE, puedes solicitar tu cita previa al correo consulta@machelindiaz.com.

 

Comentarios

  1. Anais Gomez dice:

    Hola! Tengo Tarjeta azul de la Union Europea emitida en Polonia y ya tengo una oferta en España, el proceso se maneja con la empresa por Unidad de Grandes Empresas o por oficina de extranjería?

  2. Juan dice:

    Buenos días
    Soy Argentino, No tengo nacionalidad Europea y deseo conseguir un contrato de trabajo para trabajar. Sigo en mi país de origen.
    Sabes como puedo hacer para conseguirlo?

    Muchas gracias!

  3. Matias dice:

    Buen dia, tengo una tarjeta azul y estoy residiendo en Francia hace mas de 18 meses.
    Qusiera ir a trabajar y vivir en España. Mi pregunta es quien debe iniciar el proceso, si yo desde Francia o mi nuevo empleador en España.
    Muchas gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Hola Matias,
      depende de tu nacionalidad de origen, pero si es con la misma tarjeta azul debe ser tu empleador.
      Para mas información llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hora española.

      Un saludo,

      Máchelin.

  4. Alberto dice:

    Hola! Tengo una tarjeta azul para laborar en Alemania y contrato con una organización con sede en Alemania. Por razones personales, estaría interesado en residir en España y no en Alemania. Es posible residir en España con la tarjeta azul obtenida en Alemania aunque mi relación laboral sea con la entidad Alemana?

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Alberto

      Necesitas tener un contrato de trabajo en España o debemos valorar tu caso de manera más detalla para saber si puedes o no. Dependiendo de cuanto tiempo tienes residiendo en Alemania

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +341 910 601 978/ +34 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por WhatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Mácheli

  5. Sara dice:

    Hola, soy titular de un permiso de residencia para profesionales altamente cualificados, Ley 14/2013. Me podrian orientar para poder conseguir la tarjeta blue-UE?

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Sara,

      Claro que sí Sara, puede hacerse y podemos ayudarte, si lo deseas podemos darte cita recuerda que el precio de la cita se deducirá del coste del servicio que contrates con nosotros, ahí en la cita te orientaremos para obtener la tarjeta azul, escríbenos por whatsapp al 608 807 336 y te daremos la información para la cita previa.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 0034608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Máchelin.

  6. Christian Veizaga dice:

    Buenos días, actualmente resido en España, trabajando como profesional altamente cualificado con mi segunda Autorización inicial: ¿Qué diferencias existen con la tarjeta azul?, ¿Cuál me conviene más? y ¿Puedo solicitarla dado que ya resido en España?

    Muchas Gracias y Saludos Cordiales,

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Christian,

      La diferencia es que esa te da movilidad por toda la Unión Europea, te permite pedir autorizaciones en la UE. Si estás interesado en esto te convendrá más la tarjeta azul. Puedes solicitarla estando en España, nosotros podemos ayudarte con el trámite si lo deseas.

      Para más información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978 ó 608807336.

      Muchas gracias,
      Un saludo.

  7. Evelina Saponjic Jovanovic dice:

    Buenos días, soy serbia y vivo en España desde 2009. Tengo la tarjeta de residencia con permiso de trabajo de larga duración (5 años) que caduca en enero de 2023. Trabajo como profesora de inglés en una academia desde el año 2013, con el contrato indefinido.
    La tarjeta en cuestión me permite trabajar y residir en España pero no se trata de tarjeta azul UE. ¿Cómo podría modificarla para que sea tarjeta azul?
    En el artículo he visto la documentación que se requiere pero en la sede electrónica online no veo opción para pedir cita para tal modificación, puesto que la tarjeta de larga duración y la tarjeta azul UE están listadas en el mismo apartado.
    ¿Dónde habría que presentar la documentación y cómo puedo pedir la cita?
    Un saludo cordial,
    Muchas gracias con antelación.

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Everlina,
      Tienes que solicitar la Tarjeta de Larga duración UE.

      El trámite es presencial y se pide cita en esta web, https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustiem/citar

      Para poder ayudarte de forma personalizada, os ruego hagas una cita para poder responder todas tus preguntas y estudiar mejor tu caso.

      Nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Un saludo

  8. José Luis Otero dice:

    Buen día, tengo una pregunta rápida, soy venezolano actualmente viviendo y trabajando en España con una visa de profesional altamente cualificado, entiendo que este es efectivamente la Tarjeta Azul.

    Mi pregunta es, esta tarjeta me permitiría viajar por turismo unos pocos días al Reino Unido? O por tendría que solicitar Visa de visitante por mi nacionalidad?

    Muchas gracias.

    • gestion_machelin dice:

      Estimado Jose, es cierto que tienes una residencia pero tu pasaporte sigue siendo venezolano
      A los venezolanos le piden visa para ir a Reino Unido.
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Gracias
      Un saludo

  9. Ekaterina dice:

    Hello,

    I am a foreign highly qualified employee in Spain (moved to Barcelona 4 months ago) and I am holding a 2-years «permiso de residencia» para «Inicial Altamente Cualificado». My questions are very general, in patricular:
    1. Is it possible to obtain Tarjeta Azul in Spain or is it only a German system?
    2. What benefits can Tarjeta Azul provide compared to «Inicial Altamente Cualificado»?
    3. Is it possible to obtain Tarjeta Azul after the expiration of my «permiso de residencia»?

    I will be highly grateful for your comments!
    Kind regards,
    Ekaterina

    • gestion_machelin dice:

      Hello,
      Your card currently is the Tarjeta Azul UE (Blue Bard UE) this card give you a rights to get another blue card of another country, but it depends on the country that you want to travel. – The blue card give you a permission to travel to all UE. – And you cant get the blue card after date expiration of your «permiso de residencia», you should ask for it before of date expiration, and if it is expired already you have to ask for a renovation.
      Dear, You should ask for an appointment with Machelin Diaz, our lawyer, for get the best option or answer of your question. The appointment could be by phone, at the office or skype. You could call us (+34) 608807336 or write us by whatsapp to the same number. Thanks.

  10. belkis amión dice:

    Soy cubana graduada de ingeniera Quimica e ingeniera en telecomunicaciones, y estoy interesada en vivir y trabajar en europa , me podrian orientar para poder conseguir un contrato de trabajo en europa.

    gracias por su atención

    saludos belkis amión

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Belkis,
      Entiendo que quieres venir a España y estar de manera legal, motivo por el cual podemos estudiar todos los tipos de estancia que pueden darte la oportunidad para residir en España, como por ejemplo: de estudiante, de emprendedor, de trabajo altamente cualificado, o residencia no lucrativa.
      Para mayor información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978.
      Muchas gracias
      un saludo

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