Arraigo Familiar ¿Qué tipos existen?

Arraigo Familiar ¿Qué tipos existen?

 

¿Existen varios tipos de Arraigo Familiar? ¿Si tengo un hijo nacido acá puedo pedir el Arraigo Familiar? ¿Mi mamá se nacionalizó puedo pedir el Arraigo Familiar? Estas son algunas de las inquietudes más frecuentes que recibimos en nuestro despacho, por lo tanto, hoy vamos a explicar brevemente en qué consiste el Arraigo Familiar y quienes pueden aplicar a él.

 

El Arraigo Familiar es una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, la cual tiene una duración de un año y el titular de esta tarjeta tiene derecho a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

 

TIPOS DE ARRAIGO FAMILIAR

 

Actualmente hay dos vías diferentes para poder solicitar este tipo de permiso en España:

 

  1. Cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española, siempre que el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paternofiliales respecto al mismo.
  2. Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

 

SER PADRE DE UN NIÑO ESPAÑOL

 

Ser padre de un menor de edad española, es una de las dos vías a través de las cuales puedes conseguir una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, por Arraigo Familiar.

 

Para poder hacer la solicitud por esta vía necesitaras entre otros requisitos acreditar:

 

  • o bien convivir con el menor español o comunitario en España.
  • Si no se convive con el menor español, debemos acreditar que estamos al corriente de nuestras obligaciones como padres, es decir, que cumplimos con nuestro régimen de visitas, pago de pensión de alimentos, etc.

 

Aunque la normativa española solamente habla de un niño español, (concretamente queda todo recogido en el artículo 124 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril) este permiso también es extensible a aquellos supuestos, en los que tienen un hijo comunitario.

 

Sin embargo, este supuesto está dejando de ser utilizado en el caso de los padres ya que, desde el pasado mes de Septiembre se dió a conocer una nueva Instrucción de la Secretaria de Estado de Migraciones donde se establecía un nuevo procedimiento para que los padres de menores españoles puedan obtener un permiso de residencia y trabajo de cinco años.

 

SER HIJO DE UN ESPAÑOL DE ORIGEN

 

Como comentamos al inicio, la segunda de las vías que tienes para poder tramitar y conseguir un Arraigo familiar, es cuando eres hijo de padre o madre que hubiera sido originariamente español. Acá deberás acreditar que tu madre o padre han sido o son españoles y además lo son o lo han sido de origen.

 

En este sentido, es importante que antes de hacer una solicitud de un Arraigo Familiar, te asegures que tu madre o tu padre, es o era español y además que lo era de origen.

 

¿Cómo puedo comprobar que mi madre o padre son españoles y además lo son de origen? La forma que tienes de acreditar que la nacionalidad de tu padre o madre es de origen, es a través del Certificado de Nacimiento de tu padre o madre. También podrás acreditar estar dentro de este supuesto a través de un certificado del Registro Civil que acredite dicha condición.

 

RENOVAR EL ARRAIGO FAMILIAR

 

Este tipo de Autorización en España tiene una validez de un año, y llegado su vencimiento se debe modificar a una Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena, por Cuenta Propia o acreditando disponer de recursos económicos propios.

 

Quienes han tramitado este tipo de permiso o piensan hacerlo, deben ser conscientes que llegado el momento, tendrán que modificar o renovar este permiso y que la Oficina de Extranjería correspondiente les exigirá ciertos requisitos.

 


 

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