Tarjetas de Residencia: larga duración y larga duración Comunitaria Europea

Tarjetas de Residencia: larga duración y larga duración Comunitaria Europea

Tarjetas de residencia larga duración y larga duración comunitaria europea

Estos tipos de tarjetas de residencia que existen en España actualmente tienen ciertas diferencias, las cuales serán aclaradas en este artículo.

La Reforma de la Ley de Extranjería, cambió el nombre de las autorizaciones de “residencia permanente” a “residencia de larga duración”, por lo que son iguales a todos los efectos. Posibilitan a su poseedor residir y trabajar en España indefinidamente, en las iguales condiciones que un ciudadano español, y se deben renovar cada 5 años. Hoy en día solo se expiden autorizaciones bajo la nueva denominación, tarjeta de residencia de larga duración.

Tarjeta Residencia Larga Duración

La tarjeta de residencia de larga duración, permite a su poseedor residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que un ciudadano español.

Tienen derecho a una autorización de residencia de larga duración los extranjeros que hayan residido en España durante cinco años de forma continuada y que además reúnan las condiciones requeridas legalmente. La regulación relativa a la residencia continuada contempla la posibilidad de disfrutar ciertos periodos en el extranjero de un máximo de 6 meses consecutivos, por vacaciones o por otros motivos, que no pueden exceder una duración total máxima de 1 año en los 5 años de residencia.

Entre los requisitos para obtener esta tarjeta están:

  • Ser beneficiario de una pensión de jubilación, en su modalidad contributiva.
  • Ser beneficiario de pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, en su modalidad contributiva, o de prestaciones análogas.
  • Haber nacido en España y, al llegar a la mayoría de edad, acreditar residencia legal y continuada durante, al menos, los últimos tres años.
  • Ser originariamente español y haber perdido la nacionalidad española.
  • Haber estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores a obtener la mayoría de edad.
  • Apátridas o refugiados reconocidos por España como tales.
  • Haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior.

Tarjeta Larga Duración Comunitaria Europea (CE)

La residencia de larga duración-CE  facilita a los poseedores los mismos derechos que otros ciudadanos europeos y así facilitar su circulación dentro de la Unión Europea.

La residencia de larga duración comunitaria europea autoriza a la persona extranjera a residir y trabajar en un estado de la Unión Europea indefinidamente, recibir el mismo trato que los nacionales de la Unión Europea en muchos ámbitos socio-económicos, y contar con una protección reforzada frente a la expulsión.

Además garantiza al poseedor libertad de circulación hasta por 90 días (cuando se viaja por turismo) y de establecimiento y trabajo en otro estado miembro de la UE siempre que se cumplan determinados requisitos (fundamentalmente, haber solicitado al estado en cuyo territorio se quiere establecer la persona el reconocimiento como segundo estado del estatuto de residente de larga duración).

Para optar por este tipo de tarjeta, los extranjeros con autorización de residencia temporal en España que soliciten por primera vez la residencia de larga duración-CE deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Residencia legal y continuada en España durante cinco años, teniendo en cuenta que, el tiempo de permanencia en situación de estancia por estudios, intercambio de alumnos o prácticas no laborales se cuenta al 50% de su duración, la ausencia de España no afecta negativamente a la residencia continuada, siempre que sea inferior a 12 meses consecutivos, no excediendo el total de 18 meses dentro de los cinco años.
  • Acreditar recursos fijos y regulares, suficientes para su manutención y, en su caso, la de su familia, sin tener que recurrir al sistema de asistencia social español.
  • Tener un seguro público o privado de enfermedad que cubra los riesgos normales.

Si el extranjero ya es poseedor de una tarjeta de residencia de larga duración, el cambio a la modalidad CE se puede realizar en el momento que caduca su tarjeta, o en cualquier momento anterior durante la vigencia de la tarjeta de residencia de larga duración. Los requisitos que se aplican son los mismos que para los poseedores de una autorización de residencia temporal en España.

 

 

 

 

Comentarios

  1. Josefina Granillo dice:

    Hola! Soy argentina, viví en España durante el 2017 y 2018. En 2018 volví a Argentina.
    Tengo la tarjeta de residencia, dado que hice la unión convivencial con mi pareja que tiene la ciudadanía Italiana. La residencia vence en 2023, y tengo la intención de volver a España en el 2022. Qué trámite debo realizar en este caso?
    Ggracias saludos!

  2. Carolina dice:

    Buenas ,me divorcie de mi pareja hace 7 años aprox ,tenemos un niño ,me dejaron la tarjeta comunitaria y al caducarme después de 5 años me la renovaron por la comunitaria permanente . Mi pregunta es si puedo irme a vivir y trabajar en otro país con esta tarjeta ya que al estar divorciada no me iré con el. En mi tarjeta nueva ya no aparece su nombre . Gracias

  3. Rosana Arregin dice:

    Buenos días:
    Tengo tarjeta de residencia permanente en españa hace 8 años, puefo solicitar la comunitaria que me permita residir en otro pais? Y cuales serian los requisitos?. Muchas gracias

    • gestion_machelin dice:

      Estimada Rosana,

      La tarjeta de residencia que te permite residir y trabajar en otro país es la tarjete de larga duración UE, la tarjeta comunitaria es si te vas con un familiar ciudadano de la unión.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,

    • Cindy dice:

      Greetings! I have a community card of 5 years which will expire next year.
      Can I request for a long-term card EU when I renew it next year?
      And what are the requirements?

      • Máchelin Díaz dice:

        Dear Cindy,

        You can request your long-term card. EU now or wait for the expiration of your card, according to your preference.

        For more information, you can call us at 910 601 978/608 807 336 or write to us at consult@machelindiaz.com or whatsapp +34608807336, to arrange an appointment for an online consultation (by whatsapp or by skype). Our schedule is from 9:00 a.m. to 9:00 p.m. from Monday to Friday.

        Greetings,
        Máchelin.

    • Samir dice:

      Hola,buenas noches. Mi tarjeta es de larga duración permanente, que era las de antes. Mi pregunta es que beneficio tiene la permanente comunitaria??? Tengo que renovar dentro de 3 meses.. y si hay posibilidad de presentar la nacionalidad Española a persona con dificultad de escribir en castellano.
      Gracias

  4. Ashok Panwar dice:

    Llevo casi 5años y medio en España y sigo casado, ahora voy a obtener la targeta comunitaria de europea de10años,

    Con esta targeta puedo trabajar fuera de España en los países europeos?

    Q puedo hacer para trabajar en otro pais de Europa?

    Tengo derecho a solocitar la targeta de larga duración para trabajar de UE?

    Espero a vuestro comentario.

    Un saludo

    • gestion_machelin dice:

      Buenos días Ashok,
      Las Tarjeta de de Residencia de España, no valen para trabajar en otro país.
      Sólo autoriza a trabajar y residir en España, la Tarjeta de Larga duración-UE la única que permitiría trabajar en otro país de la UE
      Esta debes solicitarla después de tener la Tarjeta permanente en Régimen Comunitario. https://www.machelindiaz.com/diferencia-la-tarjeta-larga-duracion-la-tarjeta-permanente/
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp 608807336, para concertar una cita. Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. Nuestro despacho se encuentra ubicado en Calle Juan de Olias 1, planta 1, oficina 1, 28020- Madrid
      Gracias
      Un saludo

  5. Harpreet dice:

    Hola,

    Estoy intersado a obtener UE- de larga duracion. me puedes poner en contact via email o mobil.

    Gracias
    Harpreet Singh Batra
    634010383
    harry.s.batra@gmail.com

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