Tarjeta Azul-UE expedida en otro Estado de la Unión Europea

Tarjeta Azul-UE expedida en otro Estado de la Unión Europea

Requisitos y Documentación que debe presentarse para la Movilidad de los trabajadores titulares de una Tarjeta Azul-UE expedida en otro Estado de la Unión Europea

 

La Movilidad de los trabajadores titulares de una Tarjeta Azul-UE es una autorización de residencia y trabajo que habilita a ejercer un empleo cualificado en España, aunque se haya expedido en otro Estado de la Unión Europea.

 

Requisitos:

 

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse irregularmenteen territorio español.
  • Carecer de antecedentes penalesen España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Haber residido dieciocho meses como titular de tarjeta Azul-UE en otro Estado de la Unión Europea.
  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación. Lo permite si:
    • La ocupación que va a desempeñar el trabajador en la empresa está incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura que el Servicio Público de Empleo Estatal publica trimestralmente.
    • La Oficina de Extranjería competente considere que no se ha podido cubrir el puesto de trabajo a tenor del certificado que el Servicio Público de Empleo emite sobre la gestión de la oferta de empleo.
    • La autorización va dirigida a nacionales de Estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales (Chile y Perú).
    • Es un supuesto recogido en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000.
  • Presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar. La fecha deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
  • Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente, y el salario bruto anual deberá ser, al menos, 1,5 veces el salario anual bruto medio. No obstante, el salario podrá ser 1,2 veces el salario bruto anual en aquellas profesiones en las que haya una necesidad particular y pertenezcan a grupos 1 y 2 de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones, CIUO
  • El empleador solicitante deberá estar inscrito en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • El empleador deberá contar con medios económicos, materiales o personalessuficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.

Si el empleador es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo .

Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200% . Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50 % del IPREM por cada miembro adicional .

  • Poseer la capacitacióny, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

 

Documentación Exigible

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–05) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por la empresa
  • Copia completa del pasaporteo título de viaje en vigor
  • Copia de la capacitación exigidapara el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada.
  • Documentación acreditativa de ser Titular de Tarjeta Azul-UEexpedida en otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • Documentación que identifique a la empresa:
    • Si se trata de un empresario individual: copia del NIF ó NIE, o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia.
    • Si se trata de una persona jurídica(S.A, S.L., Cooperativa, etc.):
      • Copia del NIF de la empresacopia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
      • Copia del documento públicoque acredite que el firmante del contrato ostenta la representación legal de la empresa.
      • Copia del NIF o NIEo consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia del firmante de la solicitud o contrato.
    • Contrato de trabajo firmado.
    • En su caso, documentación acreditativa de no tener en cuenta la situación nacional de empleo.
    • Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia necesaria, a través de: la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa (VILE), referido a los últimos tres años. Asimismo, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
    • Certificado de antecedentes penalesexpedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
    • Certificado médico.

 

 

Tasa que debes pagar:

  • Las tasas de residencia y de trabajo: se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles, son:
    • Modelo 790 Código 052 epígrafe 2.1 autorización inicialde residencia temporal a abonar por el trabajador extranjero
    • Modelo 790 Código 062 a abonar por el empleador, si la vigencia de la autorización esigual o superior a seis meses:
      • retribución inferior a 2 vecesel SMI, epígrafe 1.3 por cuenta ajena de profesionales altamente cualificados titulares de Tarjeta azul-UE
      • retribución igual o superior a 2 vecesel SMI, epígrafe 1.8 por cuenta ajena de profesionales altamente cualificados titulares de Tarjeta azul-UE

 

Artículos relacionados:

 

Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario Consulta Online Gratuita, las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida debes llamarnos al teléfono +34 910 601 978, 608 807 336 y solicitar una cita con nuestra abogada,

 

Para las personas en el extranjero, podemos agendar una consulta online vía SKYPE, puedes solicitar tu cita previa al correo consulta@machelindiaz.com

 

Comentar

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies