Requerimientos de nacionalidad para controlar las entradas y salidas de España
El pasado mes de mayo se debatieron temas relacionados con el nuevo proceso de nacionalidad española, en el II Congreso de Nacionalidad Española, en el cual participaron como ponentes, especialistas de este ámbito.
Durante los días de Congreso, se trataron temas de diversa índole, resaltando el proceso de solicitud de nacionalidad española por residencia, tanto del antiguo como del nuevo procedimiento. Se analizaron y cuestionaron las distintas causas del retraso en las resoluciones de los expedientes de 2015, de igual forma se habló sobre el incumplimiento del plazo establecido con el nuevo proceso de solicitud de nacionalidad.
Uno de los temas tratados se relaciona al requisito exigido de “buena conducta cívica”, la tenencia o no de antecedentes penales, se controlará a lo largo de todo el proceso. Esto quiere decir, que no solo previamente a la presentación de la solicitud, sino de forma continuada hasta resolución del expediente.
El requisito de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior. Y más en concreto, en relación con la continuidad de la residencia. Fue el tema más controvertido.
La residencia en España deberá ser legal y continuada, controlando las salidas del interesado fuera del país para verificar que el interesado realmente reside en España.
Con los Nuevos Requerimientos se puede comprobar el control de estas salidas:
- Pasaportes del solicitante desde su llegada a España, con sellado de entrada y salida de desplazamientos, legibles.
- Certificado de Movimiento Migratorio expedido, en su caso, por el Organismo Nacional competente de su país de origen
- Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, contratos de trabajo, escolarización de hijos, alquileres, pago de recibos, y/o cualquier otro documento que permita comprobar la residencia efectiva en territorio nacional desde su llegada a España.
La solicitud de este tipo de datos, a aportar por el interesado, pone de manifiesto la puesta en práctica por parte del Ministerio de Justicia, de un mayor control de las entradas y salidas de España del solicitante de nacionalidad, para así, comprobar que su residencia en España no sólo sea legal, sino real. Es decir, corroborar la continuidad de dicha residencia.
El cumplir el requisito de “residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud”, así como el mantenimiento de este durante todo el proceso de nacionalidad, es un requisito fundamental, y el Ministerio de Justicia no procederá a resolver sin que antes, quede debidamente acreditado.
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Hola nesecito moveminto de salida i entrada pero yo vivo en lleida