Regularización - Consigue tus papeles

CÓMO CONSEGUIR PAPELES EN ESPAÑA

Una de las preguntas que más recibimos a través de consultas y a través de nuestras redes sociales es ¿cómo puedo conseguir papeles en España? Actualmente son muchas las personas que se encuentran en España de forma irregular, bien porque nunca han podido acceder a un permiso de residencia y/o trabajo o porque el permiso que tenían no han podido renovarlo y por tanto han quedado de forma irregular.

Una vez que estás en España en situación irregular, las vías para conseguir autorización de residencia o de trabajo y residencia se reducen a que estés en un supuesto de “residencia por causas excepcionales”.

Estas causas excepcionales pueden ser de dos tipos:

Arraigo (Social, Laboral o Familiar porque tu madre o padre hubiera sido originariamente español o por ser padre o madre de menor de nacionalidad española.).

Razones Humanitarias (por ser víctima de violencia de género o contra los derechos de los trabajadores con la agravante de racismo y xenofobia, porque sufras una enfermedad sobrevenida y grave de la que no puedas ser tratado en tu país, porque puedas acreditar que el traslado a tu país supone un riesgo para tu seguridad o la de tu familia, por colaboración con la Administración de Justicia o por Interés Público).

A continuación, podemos encontrar las vías y forma más rápida y sencilla para poder documentarse en nuestro país.

Consigue tus papeles: Estudiamos y analizamos tu caso para buscar una manera de que puedas regularizar tu situación.

Puedes solicitar este tipo de residencia excepcional si acreditas llevar tres años al menos en España, al solicitar este trámite tienes que estar en condición irregular.

Nuestro equipo puede tramitar la solicitud de autorización de residencia por arraigo social cuando el empleador es empresa, el trámite tendrá un costo de MIL DOSCIENTOS EUROS (1200€), además se debe considerar el coste de la tasa (37,15€) y tasa de informe (30,60€).

Cualquier otro gasto adicional que no se incluye en los costos de nuestros honorarios. Asimismo, el coste puede variar de acuerdo a la complejidad del trámite, por lo tanto, aconsejamos comunicarse con nuestro equipo antes de efectuar algún paso.

Este trámite incluye:

⦁ Envío del listado de los documentos necesarios para hacer la solicitud.
⦁ Estudio del caso.
⦁ Asesoría en la consecución de los documentos que deban recaudarse.
⦁ Revisión de los documentos y verificación de que los mismos cumplieran con lo requerido para la solicitud.
⦁ Asesoría para realizar la solicitud.
⦁ Asesoría y asistencia a la empresa o el autónomo con quien se tiene el contrato.
⦁ Seguimiento de las acciones y consecución de documentos por parte de la empresa o el autónomo contratante.
⦁ Organización de documentos.
⦁ Presentación de la solicitud ante la administración española.
⦁ Consecución de la resolución que resuelve la solicitud.
⦁ Solicitud de informes correspondientes.

Documentación requerida:

Los documentos que deben reunirse por parte de la solicitante serán:

Documentos personales:

1.       Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor TODAS LAS PÁGINAS.
2.       Documentación que acredite que el solicitante ha tenido una permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años:

-Citas médicas
-Historial abono de transporte
-Empadronamiento histórico
-Inscripción consular
-Facturas con tu nombre
-Movimientos de cuenta bancarias en España
-Justificantes de envíos de dinero
– Justificantes médicos
-Certificados de cursos o estudios realizados acá.

3.       Certificado de antecedentes penales expedido por el país de origen del solicitante. Legalizado y apostillado, según el caso
4.       Documentación que demuestre los vínculos familiares según sea el caso o el informe de inserción social emitido por la Comunidad Autónoma del domicilio habitual del solicitante
5.       La titulación del profesional que lo acredite para ejercer el cargo.
6.       Informe de inserción social.

Documentos sobre la empresa:

1.       Copia del NIF de la empresa solicitante.
2.       Copia del documento público que acredite que el firmante de la solicitud de autorización ostenta la representación legal de la empresa y que tiene la facultad para firmar las solicitudes.
3.       Copia del DNI, NIE del representante legal de la empresa.
4.       Copia del contrato de trabajo o de la acreditación de la relación profesional con fecha anterior a la presentación de la solicitud, que deben estar firmadas por ambas partes. De mínimo 40 horas y de jornada completa.
5.       Descripción del perfil del cargo que ocupará el profesional, debe indicarse las funciones y las tareas que desarrollará el profesional.
6.     Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia económica.

Puedes solicitar este tipo de residencia excepcional si acreditas llevar tres años al menos en España, al solicitar este trámite tienes que estar en condición irregular.

Nuestro equipo puede tramitar la solicitud de autorización de residencia por arraigo social cuando el empleador es autónomo, el trámite tendrá un costo de MIL EUROS (1000€) + Tasa (37,52€).

Cualquier otro gasto adicional que no se incluye en los costos de nuestros honorarios. Asimismo, el coste puede variar de acuerdo a la complejidad del trámite, por lo tanto, aconsejamos comunicarse con nuestro equipo antes de efectuar algún paso.

Este trámite incluye:
⦁ Envío del listado de los documentos necesarios para hacer la solicitud.
⦁ Estudio del caso.
⦁ Asesoría en la consecución de los documentos que deban recaudarse.
⦁ Revisión de los documentos y verificación de que los mismos cumplieran con lo requerido para la solicitud.
⦁ Asesoría para realizar la solicitud.
⦁ Asesoría y asistencia a la empresa o el autónomo con quien se tiene el contrato.
⦁ Seguimiento de las acciones y consecución de documentos por parte de la empresa o el autónomo contratante.
⦁ Organización de documentos.
⦁ Presentación de la solicitud ante la administración española.
⦁ Consecución de la resolución que resuelve la solicitud.
⦁ Solicitud de informes correspondientes.

Los documentos que deben reunirse por parte de la solicitante serán:

Documentos personales:
⦁ Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor
⦁ Documentación que acredite que el solicitante ha tenido una permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años
⦁ Certificado de antecedentes penales expedido por el país de origen del solicitante. Legalizado y apostillado, según el caso
⦁ Documentación que demuestre los vínculos familiares según sea el caso o el informe de inserción social emitido por la Comunidad Autónoma del domicilio habitual del solicitante
⦁ La titulación del profesional que lo acredite para ejercer el cargo.
⦁ Informe de inserción social

Documentos sobre el empleador autónomo:
⦁ Copia del DNI/NIE el empleador
⦁ Certificado de hacienda y seguridad social de estar al corriente de pago
⦁ Modelo 036 de Hacienda de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
⦁ Modelo 390 de la declaración del IVA más reciente.
⦁ Modelo 303 de la declaración del IVA del año actual.
⦁ Declaración anual del IRPF más reciente.
⦁ Modelo 102 (si tuviera)
⦁ Modelo 130 (si tuviera)

Puedes solicitar este tipo de residencia excepcional si acreditas llevar tres años al menos en España, al solicitar este trámite tienes que estar en condición irregular.

Nuestro equipo puede tramitar la solicitud de autorización de residencia por arraigo social – empleada doméstica, por la suma de OCHOCIENTOS EUROS (800€), además se debe considerar el coste de la tasa (37,52€).

Cualquier otro gasto adicional que no se incluye en los costos de nuestros honorarios. Asimismo, el coste puede variar de acuerdo a la complejidad del trámite, por lo tanto, aconsejamos comunicarse con nuestro equipo antes de efectuar algún paso.

Este trámite incluye:
⦁ Envío del listado de los documentos necesarios para hacer la solicitud.
⦁ Estudio del caso.
⦁ Asesoría en la consecución de los documentos que deban recaudarse.
⦁ Revisión de los documentos y verificación de que los mismos cumplieran con lo requerido para la solicitud.
⦁ Asesoría para realizar la solicitud.
⦁ Asesoría y asistencia a la empresa o el autónomo con quien se tiene el contrato.
⦁ Seguimiento de las acciones y consecución de documentos por parte de la empresa o el autónomo contratante.
⦁ Organización de documentos.
⦁ Presentación de la solicitud ante la administración española.
⦁ Consecución de la resolución que resuelve la solicitud.
⦁ Solicitud de informes correspondientes.

Documentación:

Por parte del empleador:

1.       Contrato de Trabajo firmado. Las condiciones del contrato son: Jornada completa, Un año de duración como mínimo), lo redactamos nosotros, enviamos para su firma.
2.       Copia de la última declaración del IRPF, IVA del empleador/ Su contrato de trabajo y tres últimas nóminas.
3.       Certificaciones de estar al corriente con las obligaciones de la seguridad social y hacienda.
4.       Documentación acreditativa de los medios de vida: últimas nóminas o certificado bancario que acredite la solvencia del empleador para contratar al trabajador, o última declaración de la Renta / Cuenta bancaria con saldo de 12.000€
5.       Copia del D.N.I. del empleador.
6.       Documento de inscripción del empleador en el régimen especial de empleados del hogar. TA6.
7.       Memoria descriptiva el puesto vacante (Lo hacemos nosotros)

De la/el Empleada/o:

1.       Copia del Pasaporte completo en Vigor
2.       Currículum vitae
3.       Empadronamiento histórico y otra documentación que acredite la permanencia continuada en España durante tres años (abono transporte, citas médicas, etc.)
4.       Documentación acreditativa de los títulos que figuren en el currículum.
5.       Documentación acreditativa de la experiencia en la realización de las funciones indicadas en el currículum, y/o de haber ocupado puestos de trabajo similares con indicación y justificación de los períodos y empresas.
6.       Certificado de antecedentes penales expedido por el país de origen del solicitante. Legalizado y apostillado, según el caso
Informe de inserción social

Puedes solicitar este tipo de residencia excepcional si acreditas llevar dos años al menos en España, y que al menos uno de ellos has estado trabajando.
Para probar la existencia de esa relación laboral de un año, será necesario que así lo haga constar un Acta de la Inspección de Trabajo o una Resolución Judicial.

Nuestro equipo puede tramitar la solicitud de autorización de residencia por arraigo social, si el empleador es un autónomo el trámite tendrá un costo de SEISCIENTOS EUROS (600€) + Tasa (37,52).
Cualquier otro gasto adicional que no se incluye en los costos de nuestros honorarios. Asimismo, el coste puede variar de acuerdo a la complejidad del trámite, por lo tanto, aconsejamos comunicarse con nuestro equipo antes de efectuar algún paso

Este trámite incluye:

⦁ Envío del listado de los documentos necesarios para hacer la solicitud.
⦁ Estudio del caso.
⦁ Asesoría en la consecución de los documentos que deban recaudarse.
⦁ Revisión de los documentos y verificación de que los mismos cumplieran con lo requerido para la solicitud.
⦁ Asesoría para realizar la solicitud.
⦁ Asesoría y asistencia a la empresa o el autónomo con quien se tiene el contrato.
⦁ Seguimiento de las acciones y consecución de documentos por parte de la empresa o el autónomo contratante.
⦁ Organización de documentos.
⦁ Presentación de la solicitud ante la administración española.
⦁ Consecución de la resolución que resuelve la solicitud.
⦁ Solicitud de informes correspondientes.

Documentación requerida:

⦁ Fotocopia completa y original de pasaporte en vigor
⦁ Empadronamiento histórico
⦁ Además, cualquier otra documentación que compruebe la permanencia continuada en España durante dos años: consultas médicas, abono transporte, etc.
⦁ Certificado de antecedentes penales, legalizado, apostillado y traducido de ser necesario
⦁ Sentencia o resolución administrativa que reconozca la situación de irregularidad laboral.

Existe un tercer tipo de Arraigo familiar, que está pensado para los/as hijos/as de madre o padre que originariamente hubieran sido españoles o para los padres o madres que tengan un menor de nacionalidad española.

Arraigo Familiar

Pueden solicitar autorización de residencia bajo este supuesto aquellos extranjeros que acrediten ser:
El padre o la madre de un niño español (nacido en España) menor de edad. En este grupo, los padres de hijos comunitarios también podrían solicitar el arraigo. Eso significa que no importa si eres padre o madre de un niño español, italiano o francés; podrás familiarizar tu arraigo en España sin problemas. De ahí que ⦁ muchos extranjeros tienen su hijo en España para que éste adopte la nacionalidad, pudiendo así lograr la residencia después.
Hijos de ciudadanos españoles de origen. Esto se refiere a aquellos ciudadanos extranjeros que son descendientes directos de españoles que ⦁ obtuvieron su nacionalidad debido a la ley de memoria histórica o porque eran hijos de ciudadanos españoles.

Nuestro equipo puede tramitar la solicitud de autorización de residencia por arraigo familiar por el costo de QUINIENTOS EUROS (500€) + Tasa (37.15€).

Cualquier otro gasto adicional que no se incluye en los costos de nuestros honorarios. Asimismo, el coste puede variar de acuerdo a la complejidad del trámite, por lo tanto, aconsejamos comunicarse con nuestro equipo antes de efectuar algún paso.

Este trámite incluye:
⦁ Envío del listado de los documentos necesarios para hacer la solicitud.
⦁ Estudio del caso.
⦁ Asesoría en la consecución de los documentos que deban recaudarse.
⦁ Revisión de los documentos y verificación de que los mismos cumplieran con lo requerido para la solicitud.
⦁ Asesoría para realizar la solicitud.
⦁ Organización de documentos.
⦁ Relleno de formulación.
⦁ Presentación de la solicitud ante la administración española.
⦁ Contestación de requerimientos y solicitudes que haga la administración española sobre el trámite.
⦁ Consecución de la resolución que resuelve la solicitud.
⦁ Solicitud de informes correspondientes.

Documentos requeridos:
⦁ Fotocopia de pasaporte completo y original
⦁ Certificado de antecedentes penales legalizados y apostillados
⦁ Certificado de nacimiento tuyo legalizado y apostillado.
⦁ Certificado de nacimiento español de tu padre original reciente.

AUTORIZACIÓN RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR RAZONES HUMANITARIAS.

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder por razones humanitarias.

Existen ciertas situaciones sociales que pueden considerarse razones suficientes para solicitar la residencia en España; se contemplan las siguientes:

Ser víctima de delito tipificado.
Ser víctima de delitos en los que haya concurrido la circunstancia agravante.
Ser víctima de delitos por conductas violentas ejercidas en el entorno familiar.
Sufrir una enfermedad sobrevenida de carácter grave que requiera asistencia sanitaria especializada.
Que su traslado al país del que son originario procedente, a efectos de solicitar el visado que corresponda, implique un peligro para su seguridad o la de su familia

Muchas personas no saben que existe este tipo de trámite ya que no es tan común dentro de las solicitudes de residencia, por miedo o desconocimiento acuden a este despacho con muchas dudas.

Nuestro equipo puede tramitar la solicitud de autorización de residencia por arraigo por razones humanitarias – según la ley de extranjería. El trámite tendrá un costo de OCHOCIENTOS EUROS (800€).
 
Cualquier otro gasto adicional que no se incluye en los costos de nuestros honorarios. Asimismo, el coste puede variar de acuerdo a la complejidad del trámite, por lo tanto, aconsejamos comunicarse con nuestro equipo antes de efectuar algún paso.

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES DE MUJERES EXTRANJERAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
 
Actualmente en España la Violencia de Género es considerada como uno de los problemas principales de la sociedad, tanto así, que el Estado ha dictado varias Leyes en protección a la mujer, condenando este tipo de agresiones. Hoy en día, existen múltiples organismos públicos a los cuales las mujeres con este problema pueden acudir para recibir ayuda tanto psicológica, económica como jurídica. En este artículo, presentamos el procedimiento legal que pueden seguir las mujeres extranjeras para adquirir la residencia legal dentro del territorio español y que forman parte de la comunidad de víctimas que han sufrido estas agresiones, además señalamos que no importa si te encuentras en situación irregular.

Es una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales que podrán obtener las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género que se encuentren en España en situación irregular.

Los hijos menores de edad o con discapacidad que se encuentren en España en el momento de la denuncia podrán obtener autorización de residencia o de residencia y trabajo en el supuesto de ser mayores de dieciséis años.

Nuestro equipo puede tramitar la solicitud de autorización de residencia por arraigo por razones humanitarias – según la ley de extranjería. El trámite tendrá un costo de OCHOCIENTOS EUROS (800€).
 
Cualquier otro gasto adicional que no se incluye en los costos de nuestros honorarios. Asimismo, el coste puede variar de acuerdo a la complejidad del trámite, por lo tanto, aconsejamos comunicarse con nuestro equipo antes de efectuar algún paso.

RENOVACIÓN DE PERMISOS DE RESIDENCIA Y TRABAJO

La renovación DE PERMISOS DE RESIDENCIA Y TRABAJO, de conformidad con las previsiones del Reglamento de la Ley, debe solicitarse durante los sesenta (60) días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de esta, así como dentro de los noventa (90) días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización.

Nuestro equipo puede tramitar la solicitud de Renovación del permiso que conserves y dependiendo éste los requisitos pueden variar, entre los que renovamos están los siguientes:

Renovación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia.
Renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
Renovación de las autorizaciones de residencia en virtud de reagrupación familiar.

Este trámite incluye:

Envío del listado de los documentos necesarios para hacer la solicitud.
Estudio del caso.
Asesoría en la consecución de los documentos que deban recaudarse.
Revisión de los documentos y verificación de que los mismos cumplieran con lo requerido para la solicitud.
Asesoría para realizar la solicitud.
Asesoría y asistencia a la empresa o el autónomo con quien se tiene el contrato.
Seguimiento de las acciones y consecución de documentos por parte de la empresa o el autónomo contratante.
Organización de documentos.
Presentación de la solicitud ante la administración española.
Consecución de la resolución que resuelve la solicitud.
Solicitud de informes correspondientes.

MODIFICACIÓN DE AUTORIZACIONES EN MATERIA DE EXTRANJERÍA

La situación de los extranjeros en España no tiene por qué ser o mantenerse siempre igual, sino que cabe la posibilidad de modificar las autorizaciones de las que son titulares.
Cuando un extranjero quiere que esto ocurra, por ejemplo, modificar su situación de estancia por estudios a residencia, debe realizar los trámites establecidos normativamente para ello, lo que incluye el salir de España para poder realizar la solicitud o para recoger el visado.
Nuestro equipo puede tramitar la solicitud de modificación del permiso que conserves y dependiendo este los requisitos pueden variar. A continuación, enunciamos las Modificaciones de autorizaciones en materia de extranjería, de la situación de residencia a residencia y trabajo.

• De residencia a trabajo por cuenta ajena.
• De residencia a trabajo por cuenta propia.
• De residencia a residencia con exceptuación de la autorización de trabajo.
• De residencia a residencia y trabajo para la investigación.
• De residencia a residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.

Modificación Autorizaciones en materia de extranjería: De régimen comunitario a régimen general. Supuestos nulidad, divorcio o cancelación y supuestos de cese como ciudadano de la Unión Europea o cese como titular de una tarjeta de residencia de familiar comunitario.

• Modificación de régimen comunitario a residencia no lucrativa.
• Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo por cuenta ajena.
• Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo por cuenta propia.
• Modificación de régimen comunitario a residencia con exceptuación de la autorización de trabajo.
• Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo para investigación.
• Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.

Modificación Autorizaciones en materia de extranjería: De la situación de residencia por circunstancias excepcionales a alguna de estas autorizaciones:

•A residencia (sin autorización de trabajo).
•A trabajo por cuenta ajena cuando ya estuviera habilitado para trabajar.
•A trabajo por cuenta ajena cuando no estuviera habilitado para trabajar.
•A trabajo por cuenta propia.
•Modificación de residencia por circunstancias excepcionales a residencia con exceptuación de la autorización de trabajo.
•Modificación de residencia por circunstancias excepcionales a residencia y trabajo para investigación.
•Modificación de residencia por circunstancias excepcionales a residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.

Este trámite incluye:

Envío del listado de los documentos necesarios para hacer la solicitud.
Estudio del caso.
Asesoría en la consecución de los documentos que deban recaudarse.
Revisión de los documentos y verificación de que los mismos cumplieran con lo requerido para la solicitud.
Asesoría para realizar la solicitud.
Asesoría y asistencia a la empresa o el autónomo con quien se tiene el contrato.
Seguimiento de las acciones y consecución de documentos por parte de la empresa o el autónomo contratante.
Organización de documentos.
Presentación de la solicitud ante la administración española.
Consecución de la resolución que resuelve la solicitud.
Solicitud de informes correspondientes.

 

Si quieres modificar tu residencia y no sabes como hacerlo de manera telemática, te puedes poner en contacto con nosotros.

Recuerda que puedes realizar una consulta online de manera gratuita a través de nuestro formulario:

Las consultas son respondidas por orden de llegada, si te urge tramitar tu consulta de manera rápida, puedes llamarnos de forma gratuita al teléfono +34 910 601 978 y solicitar una cita con nuestra abogada, para las personas en el extranjero, podemos agendar un consulta online, también puedes solicitar tu cita previa al correo consulta@machelindiaz.com.