¿QUÉ ES EL ASILO? ¿QUÉ PROCEDIMIENTO DEBE SEGUIR? ¿VENTAJAS? ¿DESVENTAJAS?

¿QUÉ ES EL ASILO? ¿QUÉ PROCEDIMIENTO DEBE SEGUIR? ¿VENTAJAS? ¿DESVENTAJAS?

Asilo en España:

Atención a todos los amigos extranjeros que se encuentren interesados en presentar una solicitud de asilo en España, te presentamos el siguiente articulo para que este enterado de toda la información referente a esto. Es bien sabido para todos, que muchos extranjeros ven esta opción como la mejor opción a corto plazo para lograr un permiso de trabajo, pero como todo, también tienen sus contras, te informamos de las desventajas de este procedimiento.

La Ley reguladora del Derecho de Asilo y la Protección Subsidiaria, configura el asilo, reconocido en el artículo 13.4 de la Constitución Española, como la protección dispensada por España a los nacionales no comunitarios o a los apátridas a quienes se reconozca la condición de Refugiado de acuerdo con esta Ley, con la Convención de Ginebra de 1951 y el Protocolo de Nueva York de 1967.

Por una parte, se concede el derecho de asilo a los que ostenten la condición de refugiados, es decir, a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país, o al apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos temores, no quiere regresar a él.

De otra, el derecho a la protección subsidiaria es el dispensado a las personas de otros países y a los apátridas que, sin reunir los requisitos para obtener el asilo o ser reconocidas como refugiadas, pero respecto de las cuales se den motivos fundados para creer que si regresasen a su país de origen en el caso de los nacionales o, al de su anterior residencia habitual en el caso de los apátridas, se enfrentarían a un riesgo real de sufrir alguno de los daños graves previstos, y que no pueden o, a causa de dicho riesgo, no quieren, acogerse a la protección del país de que se trate.

¿Dónde debes solicitar el Asilo?

El extranjero no comunitario y el apátrida que desee solicitar protección internacional en España, presentará su solicitud ante cualquiera de las siguientes dependencias:

  • Oficina de Asilo y Refugio.
  • Puestos fronterizos de entrada al territorio español.
  • Oficinas de Extranjeros.
  • Comisarías de Policía autorizadas.
  • Centros de Internamiento de Extranjeros.

¿Cuándo debo presentarlo?

La comparecencia del interesado para la solicitud de protección internacional deberá realizarse sin demora y en todo caso en el plazo máximo de un mes desde la entrada en el territorio español o desde que se produzcan los acontecimientos que justifiquen el temor fundado de persecución o daños graves.

Ventajas:

  • Los solicitantes de protección internacional presentes en territorio nacional tendrán derecho a asistencia sanitaria y a asistencia jurídica gratuita, que se extenderá a la formalización de la solicitud y a toda la tramitación del procedimiento, así como derecho a intérprete.
  • La presentación de la solicitud conllevará la valoración de las circunstancias determinantes del reconocimiento de la condición de refugiado, así como de la concesión de la protección subsidiaria.
  • Pueden permanecer en España hasta que se resuelva su solicitud, salvo reclamación de otro país de la Unión Europea o de un Tribunal Penal Internacional;
  • Serán como solicitante de protección internacional.
  • Podrás disfrutar de asistencia jurídica, gratuita en caso necesario.
  • Podrás recibir prestaciones sociales específicas.
  • Permite residir y trabajar

Desventajas:

  • El porcentaje de aprobaciones es mínimo, puedes consultar aquí los datos del Ministerio de Interior. Ministerio de Interior
  • Las aprobaciones están ordenadas por prioridades recibiendo mayor índice de aprobaciones los países que se encuentran en conflicto de guerra, Siria, Afganistán o Ucrania.
  • Demora de los trámites, este trámite suele demorarse mucho, motivo por el cual, hoy en día es usado como una forma de estar legal en España hasta que se pueda solicitar el Arraigo.
  • Retirada de pasaporte
  • Al pedir asilo, se está en obligación de permanecer en España y se entrega el pasaporte al Ministerio de Interior.

Fuente: Ministerio de Interior

Comentarios

  1. Como tendria que hacer ? dice:

    Buenas tardes, soy asilado con mi mujer y tenemos la tarjeta roja. ya vamos a cumplir los 3 aňos. en estos momebtos yo estoy trabajando con contrato pero no mi mujer. podria comenzar a tramitar las residencias por arraigo social solo con mi contrato. a ella la tengo asegurada por la seguridad social.

  2. Mara dice:

    Hola doctora buenos días, tengo cita con Extranjería para presentar la solicitud recién en febrero del 2021, conseguí quien me haga un contrato laboral hasta ese entonces pero nose si me ayuda o beneficia de alguna manera y si tengo posibilidad de poder llevarlo a cabo.
    De todas maneras estoy interesada en tener una cita para que me ayude a formular mi solicitud de asilo por lo que estaría interesada en que me pase presupuesto de lo mismo! Desde ya muchísimas gracias

  3. Mileidy dice:

    Hola doctora soy solicitante de asilos, se me entrego una carta blanca con mi foto por segunda vez con mis huella y tuve que ir a la policia cientifics para las huellas debo regresar el 21 de septiembre para un cuño y luego en febrero esa hoja tiene un numero de NIE y me dieron el pasaporte mio. Pregunto ya estoy aprobada para la target roja con ese documento que dice resguardo y desde que tenga la tsrgeta roja puedo traer a mi edposo y hijos.

  4. Paula dice:

    Gracias por tu post. Un cordial saludo.

  5. Arturo dice:

    hola buenas, soy colombiano y llevo 7 meses en España presente la solicitud de asilo y en este momento se encuentra en tramite, tengo el documento blanco con numero de NIE, en esta condición puedo canjear mi permiso de conducir de Colombia por el español para poder conducir o debo esperar a que se me entregue la tarjeta roja ?

    muchas gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Arturo,
      Para poder canjear tu carnet de conducir debes de tener la tarjeta roja, con la hoja blanca no puedes realizar el canje, ya que para este tramite se necesita tener una autorización de permiso de trabajo.
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos +34910 601 978/ +34608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por WhatsApp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsApp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas española de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  6. Mynor dice:

    Hola una persona que acaba de solicitar asilo, la cual no le han retirado el pasaporte y aún tiene días de visado para estar en España puede viajar a otro país de Europa y reforestar a España en ese tiempo disponible

  7. marina dice:

    hola abogada quisiera hacerle una consulta yo solicite asilo político pues en la segunda hoja blanca que me dieron me pusieron un NIE pero ese NIE no funciona para ningún tramite algo tan sencillo que ni para la t16 de mi hija no me la aceptaron pues no la acepta el sistema y ya lo he probado en varias ocasiones y tampoco y ademas no me retiraron el pasaporte en el cual no entiendo entonces porque tendría dos identidades mi pasaporte y el NIE y tengo cita hasta el dos de febrero del 2020 en el cual se supone me tendrían que dar la tercera pero no se si va ser una hija blanca o una tarjeta roja es normal que pase o tendría que preocuparme ?

  8. Juluio dice:

    Hola buenas tengo una duda un amigo perdió el pasaporte y esta en tramite de asilo pero fue a la embajada de su país y le dijeron que si el sacaba el pasaporte nuevo estaría retirando el asilo automáticamente que me dice de eso gracias….

  9. Laura dice:

    Buen día Dra Máchelin, existe algún inconveniente para trabajar en algunas empresas de España con tarjeta roja “autoriza a trabajar” ? Lo pregunto porque me presenté a una empresa financiera me aceptaron, empezaba a trabajar al otro día y cuando me pidieron el documento me rechazaron, obviamente la explicación que me dieron fue diferente pero no coherente.

  10. Vivi gomez dice:

    Si ya tengo la tarjeta roja y decido retirarme para pedir arraigo. Podria salir del pais y volver a ingresar?

  11. Magda dice:

    Buenas tardes,
    Tengo una consulta. Que tipo de procedimiento se ejecutaría en una persona que ha pedido un asilo para viajar de Colombia a España, pero que en realidad nunca lo necesito? Me explico. Es un asilo falso, solo para salir del país, sin correr ningún peligro y que en España, esta persona comenzara a trabajar con, «por ejemplo» una persona con un negocio ilegal y por ende peligroso para las personas que rodean a quien vino de Colombia, por esa labor?

    Gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Magda,

      Si esta persona esta en tramite de asilo, no puede regresar a su país de origen dado a que la solicitud de asilo se le podría archivar.

      Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

      El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

      Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1

      Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
      https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services

      Un saludo,

      Machelin

      • Lala dice:

        Tengo dos hijos el mayor de 15 y el menor de 5, son de diferente papá, me separé del primero por ser violento, ahora tengo otra pareja con el cual tengo un hijo de 5 años… al pasar del tiempo la primera pareja volvió y quiere quitarme a mi hijo mayor, por lo cual tengo miedo que nos pueda hacer algo, mi actual pareja dice que salgamos del país, yo puedo pero mi hijo mayor nesecita del permiso del papá el cual sabemos que no lo dará, aún así puedo irme sola pedir asilo político y pedir a mi familia? , ya que esa persona es violenta y consumidora de drogas…

  12. Nixon dice:

    Buen día.
    Doctora yo soy víctima de desplazamiento forzoso en Colombia y tengo un documento donde el gobierno me reconoce como víctima estoy en España hace 1 semana y quisiera pedir asilo que tan viable es? Gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Nixon,
      La viabilidad es posible, eso lo tiene que decidir el Organismo competente, tendrá que pasar una entrevista, donde podrá relatar los hechos por lo qye teme permanecer en Colombia,y aportar la máxima prueba documental posible.
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp
      0034608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  13. anonimo dice:

    hola doctora
    en mi país he sido extorsionado por grupos armados y amenazado
    mis opciones por seguridad y por temor que me maten a mi o le hagan daño a mis hijos he pensado en solicitar asilo,la pregunta es mejor pedir asilo yo solo y despues enviar por mis hijos o viajar con ellos(me da temor dejarlos solos a ellos y mi señora)o es mejor solicitarlo con todos ellos
    muchas gracias

    • Máchelin Díaz dice:

      Buenos días,

      Dadas sus circunstancias usted y su familia puede solicitar asilo, tanto en el Consulado de España de su país de origen, como en España,en la Oficina de Asilo y Refugio, puestos fronterizos de entrada al territorio español, oficinas de Extranjeros, comisarías Provinciales de Policía del Ministerio del Interior, Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares españolas en el extranjero, a efectos prácticos si ustedes son de un país que no necesita visado para entrar a España, como Colombia, Perú , Venezuela y otros, es mejor solicitar el asilo estando en España, todos a la vez, por el peligro que estáis expuestos.
      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp
      0034608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 19:00 horas de lunes a viernes.
      Un saludo,
      Máchelin.

  14. Jose dice:

    Buenas tardes soy venezolano una pregunta por salud me podran dar asilo

  15. Carolina dice:

    Hola buenas tardes soy venezolana casada con un peruano quisiera pedir asilo en Espana.

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Carolina,

      Para ser beneficiario del asilo, deben existir motivos fundados de que de continuar en su país tendría un riesgo real de sufrir tortura o tratos inhumanos o degradantes, amenazas graves contra la vida y la integridad física y psíquica a consecuencia de situaciones de violencia indiscriminada, o incluso condena de muerte.

      Para solicitar el asilo, deberás traer todas las pruebas e informes que acrediten la situación por la que han pasado y todas las pruebas como denuncias, amenazas, testimonios (declaración jurada), noticias de periódicos, etc. Cuando estés entrando a España, deberás tener todos los documentos a mano para poder presentarlos a la policía de inmigración o ante el CEAR en el caso que te pregunten cuál es tu finalidad de viaje, tendrás que decir que es para hacer asilo.

      Debe haber pruebas: copias de denuncias (policía, defensoría del pueblo, procuraduría, policía judicial, organizaciones de derechos humanos), fotografías de lesiones físicas, de daños ocurridos en la vivienda, el lugar del trabajo, recortes de prensa, artículos en la Web, imágenes de vídeo, televisión… en fin, algo que demuestre que ha habido daño emocional o físico.

      También puede argumentar el caso con copias de las amenazas, sufragios (esquelas de pésame que se envían cuando hay difuntos), audios de llamadas, declaraciones de testigos, volantes distribuidos en la comunidad, imágenes de pintadas en las paredes (Nunca entregue los originales, solo las copias).

      Puedes solicitar el asilo al momento de la entrada en España (en el aeropuerto, NO TE LO RECOMIENDO) o ante el CEAR o ante OAR. No obstante me gustaría adelantarte que el porcentaje de aprobaciones es mínimo.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Máchelin.

    • Sebastian dice:

      Doctora buenas tardes soy colombiano llegue hace 7 meses a españa con mi mujer por motivo de amenazas de muerte ya que vimos como una banda de delicuentes mataron a un joven de la comunidad, anterior mente no habiamos solicitado asilo por que muchas personas nos decian que nos devolvian a nuestro pais y por temor a ello no realizamos la solicitud con anterioridad, en este tiempo podemos realizar la solicitud?? muchas gracias

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimado Sebastian,

        Las solicitudes de asilo en territorio español se deben presentar en el plazo de un mes a contar desde la entrada en el mismo, salvo en los supuestos en que el extranjero disfrute de un período de estancia legal superior al citado por ejemplo de tres meses de estancia por turismo, en cuyo caso podrá presentarse antes de la expiración del mismo. Cuando las circunstancias que justifiquen una solicitud de asilo se deban a una causa sobrevenida en el país de origen se computará el plazo de un mes a partir del momento en que hayan acontecido los hechos que justifiquen su temor de persecución. Para valorar tus circunstnacias te sugerimos que te pongas en contacto con nosotros.
        Llámanos o escríbenos al 910 601 978 /+34608807336 (whatsapp) para realizar una cita para una consulta@machelindiaz.com indicando la hora y el día. Trabajamos de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hora española.

        El costo de la consulta es de 35€ por 35 minutos de consulta o 50€ por una hora de consulta. Si al finalizar la consulta quieres contratar nuestros servicios, el costo de la consulta será abonado al trámite que contrate.

        Suscríbete en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/c/M%C3%A1chelinD%C3%ADazAbogadaExtranjer%C3%ADa?sub_confirmation=1

        Si tienes más dudas, debes de realizar una cita para una consulta online o presencial accediendo a este link:
        https://www.vcita.com/v/itcodkq67tq1xtb6/online_scheduling?o=bGl2ZXNpdGVfbWFpbl9hY3Rpb24%3D&redirect=close#/services

        Un saludo,

        Machelin

  16. Carolina dice:

    buenas al pedir asilo mi esposo tambien estaria cubierto a pesar de no tener la misma nacionalidad

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimada Carolina,

      Si puede solicitar asilo y en momento de la entrevista indicar que se une a tu solicitud por extensión familiar.

      Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

      Un saludo,
      Máchelin.

    • Yorbi dice:

      Doctora me dieron la primerq carta roja, pero no me retenieron el pasaporte eso tendra alguna consecuencia a futuros.

      • Máchelin Díaz dice:

        Estimado Yorbi,

        Ninguna repercusión.

        Para mayor información, nos puedes llamar a los teléfonos 910 601 978/ 608 807 336 o escribirnos a consulta@machelindiaz.com o por whatsapp +34608807336, para concertar una cita para una consulta online (por whatsapp o por skype). Nuestro horario es de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.

        Un saludo,
        Máchelin.

  17. Jairo Duque dice:

    Buenas tardes Doctora , solicité asilo y me dieron un documento para poder estar en España hasta que me hagan la entrevista, la cita es el 12 marzo 2019 , mi pregunta es , se puede hacer algo para obtener un permiso de trabajo c8n ese documento ?
    Tengo una oferta de trabajo

    • Máchelin Díaz dice:

      Estimado Jairo,

      Podrías decirme dónde solicitaste la cita? Lamento decirte que con ese documento no podrás trabajar de manera legal en España, debes esperar a que te den la segunda tarjeta roja, la primera tampoco te permite esta opción.

      Para más información, puedes realizar una cita telefónica, Online o presencial indicándonos la fecha y hora en que de seas la cita a través de consulta@machelindiaz.com llámanos 910 601 978 ó 608807336.

      Muchas graciaS

  18. Glardette dice:

    Doctora pedí asilo en España.. bien si me lo dan es cierto que no puedo regresar a mi país fe origen nunca más?
    Tengo mi familia ayi mi bebé

  19. Sergio Pabon dice:

    Doctora buenas noches,llevo mes y medio de llegar a España procendente de Colombia,tengo derecho a solicitar Asilo,siendo asi debo permanecer por un tiempo determinado en espña como obligacion?

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